SAP Madrid 134/2005, 23 de Febrero de 2005
Ponente | JUAN LUIS GORDILLO ALVAREZ-VALDES |
ECLI | ES:APM:2005:1833 |
Número de Recurso | 134/2004 |
Número de Resolución | 134/2005 |
Fecha de Resolución | 23 de Febrero de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 10ª |
D. JUAN LUIS GORDILLO ALVAREZ-VALDESD. JOAQUIN NAVARRO ESTEVAND. JOSE GONZALEZ OLLEROS
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10
MADRID
SENTENCIA: 00134/2005
AUDIENCIA PROVINCIAL DE
MADRID
Sección 10
1280A
C/ FERRAZ 41
Tfno.: 913971937/913971947 Fax: 913971935
N.I.G. 28000 1 7001918 /2004
Rollo: RECURSO DE APELACION 134 /2004
Autos: JUICIO VERBAL 31 /2003
Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 1 de ALCOBENDAS
De: EXCAVACIONES Y CANALIZACIONES,S.L.
Procurador: MARIA ISABEL SALAMANCA ALVARO
Contra: INTERBUS, S.A.
Procurador: JESUS IGLESIAS PEREZ
PONENTE: D. JUAN LUIS GORDILLO ALVAREZ VALDES
SENTENCIA
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. JOAQUIN NAVARRO ESTEVAN
D. JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS
D. JUAN LUIS GORDILLO ALVAREZ VALDES
En MADRID, a veintitrés de febrero de dos mil cinco.
La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos nº 31/03, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Alcobendas, seguidos entre partes, de una, como demandado-apelante EXCAVACIONES Y CANALIZACIONES, S.A., representado por la Procuradora Doña Mª Isabel Salamanca Alvaro y defendido por Letrado, y de otra como demandante-apelado, INTERURBANA DE AUTOBUSES, S.A., representado por el Procurador Don Jesús Iglesias Pérez y defendido por Letrado, seguidos por el trámite de juicio verbal.
VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN LUIS GORDILLO ALVAREZ VALDES.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Alcobendas, en fecha 26 de junio de 2002, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO: "Que ESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE la demanda formulada por el Procurador Don Francisco Pomares en nombre y representación de INTERURBANA DE AUTOBUSES, S.A., debo CONDENAR Y CONDENO a la demandada, EXCAVACIONES Y CANALIZACIONES, S.L. pagar la cantidad de MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS EUROS CON CATORCE CÉNTIMOS (1.262,14 euros), más los intereses previstos en el art. 576 de la LEC. Imponiendo las COSTAS causadas en este procedimiento a la parte demandada".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada-apelante. Admitido el recurso de apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los autos ante esta Sección, para resolver el recurso.
Por providencia de esta Sección, de fecha 5 de noviembre de 2004, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 21 de febrero de 2005.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Se aceptan los de la sentencia apelada.
Interpuesto por la parte demandada Excavaciones y Canalizaciones Excan, SL recurso de apelación contra la sentencia recaída, procede declarar la inadmisión del mismo de conformidad con lo dispuesto en el art. 449.3 de la LEC al no acreditar dicha parte, al preparar el mismo, haber constituido depósito del importe de la condena más los intereses exigibles, pues se trata de un proceso en el que se pretende la condena a indemnización de los daños y perjuicios derivados de la circulación de vehículos a motor al reclamarse los producidos al circular un autobús y golpearle una chapa existente en la calzada.
De cualquier forma, no habiendo manifestado el recurrente su voluntad de abonar, consignar, depositar o avalar las cantidades correspondientes, no procede estar a lo dispuesto en el art. 231 de la LEC (art. 449.6 LE...
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