ORDEN de 30 de marzo de 2001, de convocatoria pública para la concesión de ayudas a grupos de alumnos que cursen enseñanzas postobligatorias en centros de enseñanza secundaria de Cataluña, para la realización de prácticas en régimen de intercambio en empresas o instituciones de otros países.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

de 30 de marzo de 2001, de convocatoria pública para la concesión de ayudas a grupos de alumnos que cursen enseñanzas postobligatorias en centros de enseñanza secundaria de Cataluña, para la realización de prácticas en régimen de intercambio en empresas o instituciones de otros países.

En el marco del conjunto de relaciones escuela-empresa, se realizan muchos proyectos de intercambio de alumnos de formación profesional entre diversos países para realizar experiencias de prácticas en empresas o instituciones.

En la mayoría de los casos, estas experiencias no podrían realizarse por las dificultades económicas de los alumnos para sufragar los costes de los desplazamientos y de la estancia.

El Departamento de Enseñanza, con la finalidad de fomentar en nuestros jóvenes el conocimiento de la realidad de otros países y favorecer la realización de las citadas experiencias, considera oportuno abrir una convocatoria pública para la concesión de ayudas a grupos de alumnos de centros de enseñanza secundaria postobligatoria que organicen intercambios para la realización de prácticas en empresas de países extranjeros.

De conformidad con lo que establece el capítulo 9 del Decreto legislativo 9/1994, de 13 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña;

En uso de las facultades atribuidas en el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la administración de la Generalidad de Cataluña, y en el artículo 93 del Decreto legislativo 9/1994, de 13 de julio, y a propuesta de la Dirección General de Formación Profesional,

Ordeno:

Artículo 1

Convocar concurso público para la concesión de ayudas a grupos de alumnos que cursen enseñanzas postobligatorias en centros de enseñanza secundaria de Cataluña, para la realización de prácticas en régimen de intercambio en empresas o instituciones de otros países durante el año 2001.

Artículo 2

Aprobar las bases que rigen esta convocatoria, establecidas en el anexo 1 de esta Orden.

Artículo 3

Las ayudas citadas alcanzarán hasta un máximo del 80% de los gastos derivados de la realización de los intercambios.

Se destina a la concesión de estas ayudas un importe total máximo de 87.000.000 ptas. (522.880,53 euros) a cargo de la partida 06.05.482.01/0 del presupuesto vigente.

Artículo 4

Los beneficiarios están obligados a facilitar toda la información requerida por los órganos de control de la Administración. Para justificar el cumplimiento de la finalidad para la cual se ha concedido la ayuda y de la aplicación de los fondos percibidos a esta finalidad, se deberá seguir lo establecido en el apartado 8 del anexo 1 de esta Orden.

Artículo 5

Se delega en la directora general de Formación Profesional la competencia para la resolución de esta convocatoria.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el DOGC.

Contra esta Orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, de conformidad con lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Asimismo, pueden interponer potestativamente recurso de reposición, previo al recurso contencioso administrativo, ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el DOGC, según lo que disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 30 de marzo de 2001

Carme-Laura Gil i Miró

Consejera de Enseñanza

Anexo 1

Bases

—1 El objetivo de estas ayudas es que los alumnos de la enseñanza secundaria postobligatoria realicen prácticas en...

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