SAP Murcia 4/2007, 3 de Enero de 2007

PonenteJUAN ANTONIO JOVER COY
ECLIES:APMU:2007:16
Número de Recurso187/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución4/2007
Fecha de Resolución 3 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00004/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL MURCIA. SECCIÓN CUARTA

APELACIÓN CIVIL. ROLLO Nº. 187/06

Iltmos. Sres.:

D. Carlos Moreno Millán

Presidente

D. Juan Antonio Jover Coy

D. Jaime Giménez Llamas

Magistrados

S E N T E N C I A Nº 4

En la ciudad de Murcia, a tres de enero de dos mil siete.

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Murcia y seguidos ante el mismo con el nº 367/05, -rollo nº 187/06-, entre las partes, actora, D. Pedro Francisco, mayor de edad, casado, vecino de Murcia, con domicilio en Puente Tocinos, CALLE000 nº NUM000, con D.N.I. nº NUM001, y Dª. María Luisa, mayor de edad, casada con el anterior, y con D.N.I. nº NUM002, representados por el Procurador Sr. Arjona Ramírez y dirigidos por la Letrada Sra. Murcia Sánchez; y demandada, Sur-89, S.L., con domicilio social en Murcia, calle Gómez Cortina nº 8, con C.I.F. nº B-30216329, representada por la Procuradora Sra. Cárceles Alemán y dirigida por el Letrado Sr. Cárceles Alemán. Versando sobre reclamación de cantidad derivada de responsabilidad contractual del artículo 1.101 del Código Civil.

Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recurso de apelación interpuesto por Sur 89, SL, contra la sentencia de 28 de diciembre de 2005, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Murcia ; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDEN TES DE HECHO

Primero

La referida resolución contiene el siguiente fallo:

"Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Alfonso Arjona Ramírez en nombre y representación de Pedro Francisco y María Luisa, se condena a la entidad SUR-89, S.L. al pago a los actores de la cantidad de SEIS MIL NOVECIENTOS TRECE EUROS Y VEINTICUATRO CENTIMOS DE EURO (6.913,24 €) así como a los intereses legales correspondientes desde la fecha de esta resolución hasta el completo pago; con imposición de costas a la parte demandada por declaración de temeridad".

Segundo

Contra dicha sentencia interpuso Sur-89, S.L., recurso de apelación, que tras tenerse por preparado fue formalizado conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuic. Civil.

Tercero

Seguidamente se remitieron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, donde se formó el correspondiente rollo, con el nº 187/06, y se señaló el 21 de diciembre de 2006 para que tuviera lugar la votación y fallo del recurso, tras lo cual quedó éste visto para sentencia.

Cuarto

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENT OS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

Primero

D. Pedro Francisco y Dª. María Luisa interpusieron demanda de Juicio Ordinario solicitando que, a consecuencia del cumplimiento defectuoso por parte de Sur-89, S.L., del contrato de 31 de marzo de 1998, elevado a escritura pública el 15 de diciembre de 1998, se declarara que la demandada era responsable de los defectos de obra que presentaba la vivienda adquirida por los actores, situada en la planta cuarta de un edificio con fachadas a las calles Carril de los Canos y otra...

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