SAP Barcelona 447/2006, 10 de Julio de 2006

PonenteISABEL CARRIEDO MOMPIN
ECLIES:APB:2006:8038
Número de Recurso287/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución447/2006
Fecha de Resolución10 de Julio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 13ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCIÓN Decimotercera

ROLLO Nº 287/2005 -A

JUICIO VERBAL NÚM. 232/2004

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 28 BARCELONA

S E N T E N C I A Nº 4 4 7

Ilmos. Sres.

D. JUAN BAUTISTA CREMADES MORANT

Dª. ISABEL CARRIEDO MOMPÍN

Dª. Mª DELS ÀNGELS GOMIS MASQUÉ

D. FERNANDO UTRILLAS CARBONELL

En la ciudad de Barcelona, a diez de julio de dos mil seis.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimotercera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio verbal, número 232/2004 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 28 Barcelona, a instancia de Dª. María Inmaculada, contra D. Felipe, LA ESTRELLA, D. Ignacio, ZURICH S.A. e INSTALACIONES Y MANTENIMIENTOS SOLUX S.L.; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la ACTORA y el CODEMANDADO, INSTALACIONES Y MANTENIMIENTOS SOLUX S.L. contra la Sentencia dictada en los mismos el día 28 de diciembre de 2004, por el/la Juez del expresado Juzgado .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por Dª. María Inmaculada representado por el Procurador de los Tribunales D. JUAN ANTONIO MORENO SANLLORENTE contra D. Ignacio, INST. Y MAT. SOLUY, S.L. y ZURICH debo absolver y absuelvo a los expresados demandados, con expresa condena en costas a la parte actora.

Que, desestimando la demanda reconvencional interpuesta por INSTALACIONES Y MANTENIMIENTOS SOLUX, S.L. representadas por el Procurador de los Tribunales D. OCTAVIO PESQUEIRA ROCA contra Dª. María Inmaculada, D. Felipe, LA ESTRELLA debo absolver y absuelvo a los expresados demandados, con expresa condena en costas a la parte actora reconvencional".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte ACTORA y CODEMANDADA, INSTALACIONES Y MANTENIMIENTOS SOLUX S.L. mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 6 de junio de 2006.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. ISABEL CARRIEDO MOMPÍN.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En los autos que son objeto de esta alzada se ejercitan dos reclamaciones de cantidad fundadas en la culpa extracontractual que procede del principio general de derecho "alterum non laedere", mantenido por la "Lex Aquilia" que ha inspirado el contenido del art. 1902 CC, según el cual el que por acción u omisión causa a otro un daño interviniendo culpa o negligencia está obligado a reparar el mal causado; en este sentido dichas reclamaciones, que derivan de un accidente de circulación, se consignan claramente en el suplico de la demanda principal y reconvencional, exponiéndose la forma en que se produjo la colisión de los coches que uno y otro conductor manejaban de manera diversa y contrapuesta; en esta dirección conviene recordar la doctrina que rige este tema de la responsabilidad aquiliana, que aún cuando en ciertos supuestos se decanta hacia su objetivización, en ningún caso se admite tal tendencia cuando existen dos partes que se estiman perjudicadas por un mismo hecho, en que recobran plena vigencia los tradicionales requisitos exigidos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR