SAP Murcia 308/2007, 5 de Diciembre de 2007
Ponente | FERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ |
ECLI | ES:APMU:2007:2612 |
Número de Recurso | 348/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 308/2007 |
Fecha de Resolución | 5 de Diciembre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
MURCIA
SENTENCIA: 00308/2007
Rollo núm. 348/07
Apelación Civil.
SENTENCIA Nº /2007
ILTMOS. SEÑORES
D. JUAN MARTÍNEZ PÉREZ
Presidente
D. FERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ
D. CAYETANO BLASCO RAMÓN
Magistrados
En la ciudad de Murcia, a cinco de diciembre de dos mil siete.
Habiendo visto en grado de apelación la SECCION TERCERA de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario nº 646/2006, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado civil de Murcia nº Ocho, entre las partes: como actora Catalina, representada por el Procurador Sr/a. González Campillo y defendida por el Letrado Sr/a. Ros Lorenzo, y como demandada Banco Bilbao-Vizcaya Argentaria, S.A. y "Mapfre Empresas", representada por el Procurador Sr/a. Hernández Foulquié y defendida por el Letrado Sr/a. Costa García.
En esta alzada actúa como apelante Catalina, personándose por el Procurador Sr/a González Campillo, y como apelada Banco Bilbao-Vizcaya Argentaria, S.A. y "Mapfre Empresas", personándose por el Procurador Sr/a Hernández Foulquié. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don FERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ, que expresa la convicción del Tribunal.
ANTECEDENTES DE HECHO
El Juzgado de instancia citado, con fecha 4 de abril de dos mil siete, dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la sentencia cuya parte dispositiva dice así: "Fallo: Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador D. Leopoldo González Campillo, en nombre y representación de Dª. Catalina, debo absolver y absuelvo a "BBVA, S.A" y a "Mapfre Empresas, S.A.", representadas por el Procurador D. José Augusto Hernández Foulquié, de las pretensiones condenatorias deducidas en su contra, con imposición de las costas procesales causadas a su instancia a la parte demandante".
Contra la anterior sentencia en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por Catalina basándolo en síntesis en que debía estimarse su demanda.
Admitido a trámite el recurso se dio traslado a la otra parte, quien presentó escrito oponiéndose al mismo, pidiendo la confirmación de la sentencia.
Por el Juzgado se remitieron los autos originales a esta Audiencia en la que se formó el oportuno Rollo 348/2007 por la Sección Tercera; por medio del correspondiente proveído se acordó traer los autos a la vista para dictar sentencia, señalándose para la celebración de la deliberación y fallo el día 5 de diciembre de 2.007.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
Dictada sentencia desestimando la demanda formulada por Catalina contra Banco Bilbao-Vizcaya Argentaria, S.A. y "Mapfre Empresas", la parte actora pretende la revocación de la misma a fin de que se condene a la parte contraria a indemnizarle en los daños y perjuicios causados por las lesiones que se le produjeron en su pié al entrar en la sucursal bancaria demandada, lo que pretende al amparo de la culpa extracontractual del artículo 1902 del Código Civil.
En esta alzada el actor vuelve a insistir en la pretensión de condena de los demandados.
El Tribunal Supremo ha venido a mantener en numerosas resoluciones dictadas en relación con la responsabilidad aquiliana o extracontractual del artículo 1902 del Código Civil que el principio de la responsabilidad por culpa es básico en nuestro ordenamiento positivo y por tanto requiere un...
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