SAP Barcelona 293/2006, 11 de Mayo de 2006
Ponente | ROSA MARIA AGULLO BERENGUER |
ECLI | ES:APB:2006:5222 |
Número de Recurso | 570/2005 |
Número de Resolución | 293/2006 |
Fecha de Resolución | 11 de Mayo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 14ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN DECIMOCUARTA
ROLLO Nº 570-2005
VERBAL núm. 725-2003
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 48 de BARCELONA
S E N T E N C I A N ú m.
Ilmos. Sres.
D./Dª. FRANCISCO JAVIER PEREDA GÁMEZ
D./Dª. Mª DEL CARMEN VIDAL MARTÍNEZ
D./Dª. ROSA Mª AGULLÓ BERENGUER
En la ciudad de Barcelona, a once de mayo de dos mil seis
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimocuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Verbal nº 725-2003, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 48 de Barcelona, a instancia de D/Dª. Jose Pablo, contra D. Luis Miguel y CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 8 de abril de 2005, por el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo desestimar la demanda interpuesta por el Procurador D. Alejandro Font Escofet, en nombre y representación de D. Jose Pablo, defendido por el Letrado D. Fernando Juste Blasco contra D. Luis Miguel, en rebeldía en estos autos, y el Consorcio de Compensación de Seguros, representado por el Abogado del Estado, absolviendo a los demandados de las peticiones de la parte actora. Las costas procesales causadas se imponen a la parte actora."
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso mediante escrito de fecha 7 de junio de 2005; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 26 de enero de 2006.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
Se aceptan los hechos declarados probados en la sentencia de instancia.
VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. ROSA Mª AGULLÓ BERENGUER.
La parte actora apela la sentencia de instancia que entiende que el accidente se debió a la culpa del conductor demandante Jose Pablo, al realizar un cambio de dirección a su izquierda, para tomar la calle Mare de Deu de Nuria, cruzando la vía preferente por la que circulaba, carretera existente entre Sant Viçens dels Horts y Sant Boi de Llobregat, en sentido San Viçens, sin cerciorarse que por ella circulaba en sentido contrario (Sant Boi) correctamente el ciclomotor conducido por el demandado Luis Miguel, por el arcén de la carretera. Se alega en el recurso que el accidente ocurrió por culpa del conductor del ciclomotor quien, al circular por el arcén y al llegar al cruce, debió incorporarse a la carretera para lo cual tenía obligación de ceder el paso a los vehículos de su izquierda que estaban detenidos ante el cruce dejando pasar al actor, el cual no pudo ver a la motocicleta ya que carecía de visibilidad al tapar el arcén los coches parados ante el cruce.
El art. 15 de la Ley Sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial establece:
"El conductor de cualquier vehículo de tracción animal, vehículo especial con peso máximo autorizado no superior al que reglamentariamente se determine, ciclo, ciclomotor o coche de minusválido, en el...
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