RESOLUCIÓN de 24 de julio de 2003, del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se concede la exención prevista en el artículo 7.I) de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias, al 'XLV Premio Fernández Latorre de Periodismo', convocado por la Fundación Santiago Rey Fernández-Latorre en el año 2003.

MarginalBOE-A-2003-16410
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 24 de julio de 2003, del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se concede la exención prevista en el artÃculo 7.I) de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas FÃsicas y otras Normas Tributarias, al 'XLV Premio Fernández Latorre de Periodismo', convocado por la Fundación Santiago Rey Fernández-Latorre en el año 2003.

Vista la instancia formulada por la Fundación Santiago Rey Fernández-Latorre, con NIF: G-15.620.651, en calidad de convocante, presentada en la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) de A Coruña con fecha 12 de junio de 2003, en la que se solicita la concesión de la exención en el Impuesto sobre la Renta de las Personas FÃsicas (IRPF) al 'XLV Premio Fernández-Latorre' convocado por la citada entidad en el año 2003.

Adjunto a la solicitud se acompaña la siguiente documentación:

Publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia de 6 de junio de 2003 y en un periódico de gran circulación nacional.

Resultando que, por Resolución de 19 de enero de 1999 del Departamento de Gestión Tributaria de la AEAT se concede la exención en el IRPF a la XL edición del Premio de Periodismo y Comunicación 'Fernández-Latorre', en sus modalidades:

  1. Prensa escrita, b) Radio y c) Televisión y Medios Audiovisuales, correspondiente al año 1998, convocado por la entonces Fundación Fernández-Latorre.

    En la citada resolución se dispone que la declaración de exención en el IRPF tendrá validez para sucesivas convocatorias siempre y cuando no se modifiquen los términos de aquélla que motivó el expediente.

    En el año 2003 la entidad convocante pasa a denominarse Fundación Santiago Rey Fernández-Latorre, desaparecen las modalidades de los premios y se crea el Premio Fernández-Latorre de Periodismo.

    Como consecuencia del cambio de denominación operado, tanto en la entidad convocante como en el premio en sÃ, se solicita de nuevo la referida exención, cuyo procedimiento se lleva a cabo teniendo en cuenta las bases de la convocatoria del año 2003.

    Vistas, la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas FÃsicas y otras Normas Tributarias (B.O.E. de 10 de diciembre); el Reglamento del citado Impuesto, aprobado por el artÃculo 1º del Real Decreto 214/1999, de 5 de febrero (B.O.E. de 9 de febrero) y la Orden Ministerial de 5 de octubre de...

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