Real Decreto 3432/1983, de 14 de diciembre, por el que se modifica el artículo 5.º del Decreto 3150/19867, de 7 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia Nacional de Medicina.

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Marzo de 1984
MarginalBOE-A-1984-3797
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyReal Decreto

Desde la aprobacion de los primeros Estatutos de la Real Academia nacional de medicina por Real cedula de 13 de septiembre de 1734, se han producido diversas modificaciones de los mismos a fin de adaptarlos a las necesidades de las distintas epocas La Real Academia desea precisar los estatutos vigentes, aprobados por Decreto 3150/1967, de 7 de diciembre, a fin de establecer que 30 como minimo de sus miembros numerarios deben poseer el titulo de Doctor en medicina

En su virtud, a instancias de la Real Academia nacional de medicina , con los informes favorables del Instituto de España y del Consejo Nacional De Educacion, a propuesta del Ministro De Educacion y Ciencia y previa deliberacion del Consejo de Ministros en su reunion del dia 14 de diciembre de 1983, dispongo:

Articulo Unico el parrafo segundo del articulo 5

De los Estatutos de la Real Academia nacional de medicina, aprobados por Decreto 3150/1967, de 7 de diciembre, quedara redactado del siguiente modo:

Dado en Madrid a 14 de diciembre de 1983.-Juan Carlos R.-el Ministro De Educacion y Ciencia, Jose Maria maravall Herrero

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