ORDEN EYE/130/2014, de 19 de febrero, por la que se efectúa convocatoria pública para cubrir vacantes mediante el nombramiento de personal interino.
Sección | Autoridades y Personal |
Emisor | Consejeria de Economia y Empleo |
Rango de Ley | Orden |
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 y 43.3 de la Ley de 7/2005, de 24 de mayo de la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, así como el Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal y provisión de puesto de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, al tener esta Consejería puesto vacante adscrito a funcionarios, cuya cobertura resulta necesaria y urgente, y vista la autorización de la Consejería de Hacienda, así como los informes de la Dirección General de Función Pública de que no existen aspirantes disponibles de Bolsa de Empleo de los Cuerpos correspondientes derivada del proceso selectivo, esta Consejería procede a efectuar la presente convocatoria para cubrir las plazas que se indican en el Anexo I, conforme a las siguientes bases
BASES
Primera .- Convocar públicamente la cobertura de las plazas para personal interino con las características y requisitos que se señalan en el Anexo I de esta orden.
Segunda .- Los candidatos para cubrir dichas plazas, que en todo caso deberán reunir los requisitos que se señalan en el Anexo I a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, deberán dirigir las mismas, según modelo del Anexo II de esta orden, al Excmo. Sr. Consejero de la Consejería de Economía y Empleo, en el término de 5 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León», así como la documentación acreditativa de los requisitos y méritos que en la misma se aleguen, debidamente compulsados o cotejados, cuando se trate de fotocopias.
Las instancias se presentarán en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Junta de Castilla y León, o en los lugares a que hace referencia el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Tercera .- Los candidatos deberán reunir, además de los requisitos citados, los siguientes:
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Ser español, sin perjuicio de lo establecido en la legislación de aplicación sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados Miembros de la Comunidad Europea.
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Tener cumplido 16 años de edad en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.
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Estar en posesión del título exigido, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
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No hallarse inhabilitado, por sentencia firme, para el desempeño de funciones públicas ni haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario de cualquiera de las Administraciones Públicas.
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No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que le impida el desarrollo de las funciones correspondientes.
Cuarta .- La Comisión de Selección encargada del proceso selectivo será nombrada por el Ilmo. Sr. Secretario...
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