Cuadro de indicadores sobre la aplicación de la Agenda de Política Social

AutorSonsoles de la Villa de la Serna
Páginas267-300

267 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

Cuadro de indicadores sobre la

aplicación de la Agenda de Política

Social

SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA *

SUMARIO: PRESENTACIÓN.¿1. COMUNICACIÓN DE LA COMISION AL CONSEJO,

AL PARLAMENTO EUROPEO, AL COMITÉ ECONOMICO Y SOCIAL Y AL COMITÉ

DE LAS REGIONES (2001). 1.1. Introducción. 1.2. Evaluación general. 1.3. Hacia más y mejores

puestos de trabajo. 1.4. Prever y gestionar el cambio en el entorno de trabajo mediante un

equilibrio renovado entre flexibilidad y seguridad. 1.5. Combatir la pobreza y todas las formas

de exclusión y discriminación a fin de fomentar la integración social. 1.6. Modernizar la protección

social. 1.7. Promover la igualdad entre hombres y mujeres. 1.8. Fortalecer los aspectos

sociales de la ampliación y de las relaciones exteriores de la Unión Europea.¿2. COMUNICACIÓN

DE LA COMISION AL CONSEJO, AL PARLAMENTO EUROPEO, AL COMITÉ

ECONOMICO Y SOCIAL Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES (2002). 2.1. Introducción.

2.2. El empleo y la situación social. 2.3. La aplicación de la Agenda de Política Social. a) Hacia

más y mejores puestos de trabajo. b) Previsión y gestión del cambio. 3.3. Fomento de la inclusión

social. c) Modernización de la protección social. d) Promoción de la igualdad entre hombres

y mujeres. 3.6. Refuerzo de los aspectos de política social de la ampliación y de las relaciones

exteriores de la Unión Europea. 2.4. Conclusiones y perspectivas.

PRESENTACIÓN

La aprobación de la Agenda de Política

Social (Resolución de 25 de octubre de

2000) ha sido un acontecimiento de

indudable interés para la política social europea.

Abarcando un amplio período de siete

años, se encuentra prácticamente en el

momento de arranque y sus resultados son

aún inciertos, pero no hay ninguna razón

objetiva para no juzgarlos esperanzadores.

La Agenda materializa el compromiso tanto

de los quince como de las instituciones europeas

para la modernización y mejora del

modelo social europeo, en lo que asimismo

han de participar las autoridades regionales

y locales, los interlocutores sociales a nivel

europeo, las organizaciones no gubernamentales

y algunas empresas. Los objetivos son

muy ambiciosos y, por tanto, muy difíciles de

alcanzar, puesto que se trata de reforzar de

modo simultáneo la productividad, la competitividad,

la solidaridad y la justicia social.

Instrumentos imprescindibles son el método

abierto de coordinación (MAC), la legislación,

el diálogo social, los fondos estructurales

(en particular el FSE) y los diversos programas

puestos en práctica para cada acción

en concreto. Una auténtica prioridad es el

aumento radical de la tasa de participación * Abogada.

laboral, no sólo puesta la mira en mayor número

de empleos sino en mejor calidad de los mismos;

una clave a no perder de vista en el empeño

es el equilibrio entre la oferta y la demanda

de las nuevas cualificaciones necesarias en la

economía basada en el «conocimiento». Otro

propósito básico de la Agenda Social es el

fomento de la «inclusión social» para corregir

definitivamente el número inaceptable de personas

que viven en la propia Unión Europea

por debajo del llamado «umbral de la pobreza».

El Parlamento Europeo, en su Resolución

sobre el Cuadro de indicadores para la aplicación

de la Agenda Social (Documento 313.865)

¿sin perjuicio de criticar ácidamente que el

cuadro de indicadores se presentara al Consejo

Europeo de Estocolmo antes de que el Parlamento

lo hubiera podido examinar, y sin

perjuicio de reivindicar su participación futura

en la toma de decisiones sobre los indicadores

de referencia y en el ajuste progresivo de

la Agenda Social¿ ha avalado la indudable

importancia de ésta, reconociendo que constituye

un elemento clave de la modernización

económica y social de la Unión Europea, de

modo que su aplicación completa y sin dilaciones

habrá de resultar decisiva para realizar

los objetivos estratégicos fijados por el Consejo

Europeo de Lisboa (marzo 2000). Iniciativa

significativa del Parlamento es proponer que

la concentración de actividades políticas que

constituye la Agenda de Política Social debería

reflejarse en el Presupuesto de la Unión

Europea, corrigiendo el riesgo más que probable

de que los ámbitos del empleo y de los

asuntos sociales resulten negativamente afectados

por la reducción de los recursos destinados

a ambas acciones prioritarias.

En la Comunicación de la Comisión del

año 2002, se define plásticamente la Agenda

Social como «la hoja de ruta de la Unión Europea

» de cara a la modernización y la mejora

del modelo social europeo a través de la inversión

de las personas y de la construcción de

un estado del bienestar activo. Se presenta, a

la vez, la Agenda Social como un rotundo

ejemplo de nuevo y mejor gobierno y de cómo

pueden las autoridades públicas a escala

local, regional, nacional y comunitaria trabajar

de modo conjunto con los interlocutores

sociales y la sociedad civil con vistas a la

introducción satisfactoria de reformas.

Se reproducen seguidamente las dos Comunicaciones

de la Comisión al Consejo, al Parlamento

Europeo, al Comité Económico y Social y

al Comité de las Regiones de los años 2001 y

2002, para un mejor conocimiento de los planteamientos

habidos hasta el presente, aunque

desde luego el interés mayor se centra en la

segunda, principalmente porque en ella se sitúan

los retos inmediatos de la Agenda en cuanto

al empleo, la transformación del en torno de trabajo,

la integración social, la protección social, el

fomento de la igualdad entre hombres y mujeres

y la cooperación entre los países candidatos

para su preadhesión a la Unión.

1. COMUNICACIÓN DE LA

COMISIÓN AL CONSEJO, AL

PARLAMENTO EUROPEO, AL

COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL

Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

(2001) *

1.1. Introducción

El Consejo Europeo de Niza aprobó la

Agenda de política social hasta 2005 e invitó

a la Comisión a presentar anualmente un

cuadro de indicadores sobre los progresos

realizados en la aplicación de la Agenda,

comenzando con la presentación de un primer

informe en la cumbre de Estocolmo.

La Agenda de política social se basa en la

Comunicación de la Comisión de 28 de junio

de 2000 1. El Comité Económico y Social y el

Comité de las Regiones adoptaron sendos dictámenes

el 19 de octubre de 2000 2 y el 13 de

DOCUMENTACI¿N E INFORMES

268 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

* Bruselas, 22-02-2001. COM (2001) 104 final.

1 COM(2000)379: Agenda de polÌtica social.

2 CES/2000/1189: Agenda de polÌtica social.

diciembre de 2000 3, respectivamente. El Parlamento

Europeo aprobó su resolución el 25

de octubre y los Ministros de Empleo y Asuntos

Sociales aprobaron, el 28 de noviembre,

una contribución del Consejo. Tanto el Parlamento

Europeo como el Consejo solicitaron a

la Comisión la presentación de un cuadro de

indicadores a fin de evaluar los progresos realizados

en la aplicación de la Agenda. Los

interlocutores sociales y las ONG han participado

plenamente en todo el proceso y sus

aportaciones han sido tomadas en cuenta en

las posiciones adoptadas por la Comisión, el

Parlamento Europeo y el Consejo. Los Jefes

de Estado y de Gobierno ratificaron la Agenda

de política social en la cumbre de Niza.

La Agenda ofrece un marco coherente para

la realización de nuevas iniciativas, que no

sólo se derivan del Tratado de Amsterdam,

sino que son también fundamentales para la

transposición del calendario de reformas

acordado en Lisboa en marzo de 2000.

La cumbre de Lisboa definió para la Unión

Europea un objetivo estratégico sumamente

ambicioso, aunque pragmático, que consiste

en llegar a ser en 2010 «la economía basada

en el conocimiento más competitiva y dinámica

del mundo, capaz de crecer económicamente

de manera sostenible, con más y mejores

empleos y con mayor cohesión social».

Como señala la Comisión en sus objetivos

estratégicos para 2000-2005, es necesario un

enfoque destinado a conseguir la renovación

económica y social. El Consejo Europeo de Lisboa

propuso la adopción de una Agenda de

política social que recoja el compromiso de

todos los Estados miembros, las instituciones

europeas y otros agentes en favor de la modernización

y mejora del modelo social europeo.

A fin de simplificar la presentación, el cuadro

de indicadores mantiene los seis títulos

de la Agenda que figuran en las Conclusiones

de la Presidencia de la cumbre de Niza. Estos

títulos ofrecen una visión clara de la situación

por lo que respecta a las medidas adoptadas

para reforzar la calidad del trabajo, de

la política social y de las relaciones laborales.

1.2. Evaluación general

La Agenda de política social supone una

reforma, en particular para responder a las

transformaciones económicas y sociales y

ofrecer una respuesta positiva a las necesidades

de las personas y las empresas. Su objetivo

es reforzar simultáneamente la productividad

y la competitividad, así como la solidaridad

y la justicia social.

La presentación de un primer cuadro de

indicadores en la cumbre de Estocolmo, escasos

meses después de la aprobación de la

Agenda en Niza, significa que algunas iniciativas

se encuentran en una fase incipiente,

mientras que algunos resultados son imputables

a iniciativas emprendidas con anterioridad

a la adopción de la Agenda de política

social. No obstante, se trata de un proceso de

aplicación dinámico que reúne elementos

nuevos y antiguos y que asocia a numerosos

agentes a niveles diferentes. El cuadro de

indicadores refleja por lo tanto este aspecto

dinámico y flexible.

La presentación de este cuadro de indicadores

en una fase tan temprana del proceso

no sienta en modo alguno la forma ni el contenido

de los cuadros que se elaborarán en el

futuro para evaluar los progresos realizados

en la aplicación de la Agenda de política

social.

Cuanto más avanzado esté el proceso, más

podrá definirse de manera explícita el papel

de cada uno de los agentes implicados. Además,

el desarrollo de instrumentos que permitan

mejorar la evaluación, también desde

un punto de vista cualitativo, forma parte

intrínseca de la Agenda. Este aspecto deberá

examinarse con atención en los próximos cua-

SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA

269 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

3 CDR/2000/300/: Agenda de polÌtica social.

dros de indicadores. En este contexto, cabe

mencionar el informe anual de síntesis, preparado

para el Consejo europeo de primavera,

en el que se exponen, en particular, los

resultados concretos de las medidas adoptadas

con vistas a alcanzar el objetivo estratégico

establecido en Lisboa y los objetivos

específicos del programa global de reforma

económica y social.

La aplicación efectiva y duradera de la

Agenda de política social depende de la participación

activa de todos los agentes interesados,

la interacción positiva de todas las medidas

y la complementariedad de los instrumentos

políticos. Se ha invitado explícitamente

a las instituciones europeas, los

gobiernos nacionales, las autoridades regionales

y locales, los interlocutores sociales a

nivel europeo y en los Estados miembros, las

organizaciones no gubernamentales y las

empresas a que asuman sus responsabilidades

en la aplicación de la Agenda de política

social.

Sólo podrán lograrse avances reales si

todas las iniciativas se orientan hacia la consecución

del objetivo estratégico global. Por

ello, las políticas económicas, las políticas

sociales y las políticas de empleo deben reforzarse

mutuamente. Por esta misma razón, el

Método Abierto de Coordinación (MAC), la

legislación, el diálogo social, los Fondos

Estructurales (en particular el FSE) y los

programas ocupan un lugar preponderante.

La investigación, incluida la realizada en el

marco de los programas de investigación de la

UE, constituye un elemento fundamental

para adquirir una visión en profundidad de

algunas de las cuestiones contempladas en la

Agenda de política social.

1.3. Hacia más y mejores puestos

de trabajo

La Agenda requiere la adopción de políticas

que propicien un aumento radical de la

tasa de participación laboral en consonancia

con la máxima prioridad política de pleno

empleo acordada en Lisboa 4, y subraya la

importancia de empleos de mayor calidad.

Esto contribuirá a lograr una sociedad mejor

adaptada a las opciones personales de los

hombres y de las mujeres. La Agenda de política

social insiste, por lo tanto, en la necesidad

de reforzar la calidad del trabajo al tiempo

que se mejora la calidad de la política

social y de las relaciones laborales.

Se han realizado progresos en ambos aspectos

de esta cuestión clave gracias al paquete de

medidas para el empleo que incluye el «Informe

conjunto sobre el empleo de 2000» 5, la

Recomendación del Consejo sobre la aplicación

de las políticas de empleo de los Estados

miembros

6 y las «Directrices para las políticas

de empleo de los Estados miembros para el

año 2001

7. Estas últimas incorporan los objetivos

establecidos en Lisboa en las iniciativas

políticas. Se ha iniciado un debate preparatorio

sobre una evaluación de impacto en la

estrategia para el empleo en 2002.

Los interlocutores sociales expresaron su

apoyo al objetivo estratégico definido en Lisboa

en una declaración conjunta adoptada el

15 de junio de 2000. El 21 de noviembre de

ese mismo año adoptaron otra declaración

conjunta en la que solicitan la celebración de

una reunión anual con los interlocutores

sociales, antes de cada Consejo Europeo de

primavera, a fin de evaluar los progresos realizados

en la estrategia de aplicación definida

en Lisboa en favor del crecimiento económico

y el pleno empleo, y contribuir a la misma.

DOCUMENTACI¿N E INFORMES

270 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

4 El Consejo Europeo de Lisboa estableciÛ como

objetivo final lograr para 2010 una tasa de empleo del

70 %, asÌ como un aumento hasta el 60 % de la tasa de

ocupaciÛn de las mujeres.

5 COM(2000)551: Informe conjunto sobre el

empleo de 2000.

6 COM(2000)549: AplicaciÛn de las polÌticas de

empleo de los Estados miembros.

7 COM(2000)548: Directrices para las polÌticas de

empleo de los Estados miembros para el aÒo 2001.

Los resultados de la estrategia para el

empleo reflejan los efectos positivos del método

abierto de coordinación. Las directrices,

acordadas a nivel europeo, definen una orientación

general. Los Estados miembros las

incorporan en sus políticas por medio de los

planes nacionales de acción, respetando plenamente

la diversidad existente en la UE. La

evaluación por el grupo de expertos europeos

refuerza el dinamismo y la voluntad de introducir

cambios reales. En este contexto, las

orientaciones generales de política económica

deberían proporcionar un marco amplio que

apoye y complemente la aplicación de los

objetivos específicos de la estrategia para el

empleo.

El diálogo macroeconómico, que reúne a

representantes del Consejo, la Comisión, el

Banco Central Europeo y los interlocutores

sociales, es de gran importancia, ya que permite

a los principales agentes intercambiar

información sobre sus objetivos e intereses

respectivos en lo relativo al papel que debe

desempeñar la política macroeconómica en el

apoyo de las reformas estructurales y en el

fomento del empleo.

El principal instrumento financiero de la

estrategia europea para el empleo es el Fondo

Social Europeo. Los documentos de programación

para 2000-2006 ya han sido elaborados

y aprobados por la Comisión. El FSE

constituye un instrumento esencial de aproximación

de las políticas nacionales y regionales

a las políticas comunitarias. La Comunicación

de la Comisión titulada «Apoyo prestado

por el Fondo Social Europeo a la Estrategia

europea del empleo

8 señala que la

inversión de 60 mil millones de euros en

recursos humanos durante el período 2000-

2006 contribuirá a modernizar y reformar los

mercados de trabajo en la UE, en consonancia

con los objetivos de la Unión.

EQUAL, la iniciativa comunitaria sobre

cooperación transnacional para combatir la

discriminación y la desigualdad en el mercado

de trabajo, también desempeña un papel

importante en este contexto. Además, la

Comisión adoptó una propuesta de Decisión

del Parlamento Europeo y del Consejo relativa

a las «Medidas comunitarias de incentivación

del empleo

9, a fin de apoyar económicamente

el trabajo futuro de elaboración de

nuevas políticas.

La consecución del pleno empleo y la mejora

de la calidad del trabajo exigen la participación

de muchos agentes a niveles diferentes.

La Comunicación titulada «Actuación

local en favor del empleo - Una dimensión

local para la estrategia europea de empleo

10

examina la manera de avanzar en estos

ámbitos.

a) Promover la movilidad

El mercado de trabajo europeo se basa en la

movilidad de los trabajadores y en las disposiciones

legales que facilitan dicha movilidad.

Se han conseguido algunos progresos en

materia de seguridad social y protección

social, en particular con la simplificación y la

reforma del Reglamento 1408/71 y las diversas

modificaciones del mismo. La Comisión

ha adoptado asimismo una propuesta de

Directiva relativa a las actividades de organismos

de previsión para la jubilación 11. Esta

iniciativa, una vez adoptada por el Consejo y

el Parlamento Europeo, debería fomentar la

movilidad laboral, puesto que permitiría

mantener la afiliación al mismo fondo de pensiones,

como ya es el caso para los trabajadores

desplazados.

SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA

271 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

8 COM(2001)016: Apoyo prestado por el Fondo

Social Europeo a la Estrategia europea del empleo.

9 COM(2000)459: Medidas comunitarias de incentivaciÛn

del empleo.

10 COM(2000)196: ActuaciÛn local en favor del

empleo - Una dimensiÛn local para la estrategia europea

de empleo.

11 COM(2000)507: Propuesta de directiva relativa a

las actividades de organismos de previsiÛn para la jubilaciÛn.

b) Facilitar la transición a la economía basada

en el conocimiento

La Comunicación «Estrategias para la creación

de empleo en la sociedad de la información

12 propone soluciones concretas a determinados

problemas como el equilibrio entre

la oferta y la demanda de nuevas cualificaciones

necesarias en la economía basada en el

conocimiento y subraya, asimismo, la necesidad

de combatir la creciente «fractura digital

que separa a las personas que pueden

acceder a la sociedad de la información de las

que no pueden participar en ella.

En el contexto del seguimiento de los progresos

realizados, se ha elaborado un informe

de referencia en el que se analizan los datos de

los Estados miembros con respecto al número

de ordenadores en las escuelas, la formación

del profesorado, el nivel de cualificación de la

mano de obra en el ámbito de las TIC, el teletrabajo

y el acceso público a internet. Además,

las Directrices para el empleo se han adaptado

a fin de integrar objetivos específicos para los

Estados miembros y los interlocutores sociales

en los ámbitos de la enseñanza (escuelas, profesores),

la mano de obra (cualificaciones, teletrabajo,

organización del trabajo) y la igualdad

(mujeres y tecnología). El compromiso asumido

por los Estados miembros para adoptar medidas

que permitan, antes de 2010, reducir a la

mitad el número de jóvenes entre 18 y 24 años

con una educación secundaria básica y que no

cursan otros estudios ni reciben formación es

crucial para la transición hacia la economía

basada en el conocimiento.

1.4. Prever y gestionar el cambio en

el entorno de trabajo mediante

un equilibrio renovado entre

flexibilidad y seguridad

Se trata de un ámbito particularmente

propicio al desarrollo de iniciativas por parte

de los interlocutores sociales, tanto a nivel

sectorial como interprofesional.

Constituye asimismo un ámbito basado en

una amplia gama de actividades especificas y

no en un paquete de medidas como en la

estrategia para el empleo. Sin embargo, un

enfoque de este tipo, que cuente con la participación

directa de los más interesados, permite

dar una respuesta específica por medio

de la legislación, de acuerdos vinculantes o de

cualquier otra acción pertinente.

Por lo que respecta a una cuestión crucial,

el Estatuto de la sociedad europea, se logró

un importante avance político en Niza. En

efecto, el Consejo alcanzó un acuerdo formal

al respecto en una reunión celebrada inmediatamente

después de la cumbre de Niza y

está en curso una nueva consulta del Parlamento

Europeo. Este hecho abre nuevas perspectivas

para la consecución de un acuerdo

sobre la Directiva relativa a la información y

consulta de los trabajadores.

El Consejo y el Parlamento acordaron

ampliar la Directiva de 1993 sobre el tiempo

de trabajo a la mayoría de los sectores y actividades

excluidas hasta ahora de su ámbito

de aplicación. Esta ampliación afecta a unos

cinco millones de trabajadores de los sectores

de la aviación, los ferrocarriles, el transporte

por carretera, la navegación marítima y fluvial,

el sector marino (offshore), así como a los

médicos en formación. El Consejo adoptó asimismo

una posición común sobre una Directiva

relativa a la ordenación del tiempo de trabajo

de los trabajadores móviles que llevan a

cabo actividades de transporte por carretera

y para conductores independientes. Por su

parte, los interlocutores sociales han celebrado

acuerdos en el sector de la aviación civil 13,

DOCUMENTACI¿N E INFORMES

272 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

12 COM(2000)048: Estrategias para la creaciÛn de

empleo en la sociedad de la informaciÛn.

13 COM(2000)382: Acuerdo europeo sobre la ordenaciÛn

del tiempo de trabajo del personal de vuelo en

la aviaciÛn civil celebrado por la Association of European

Airlines (AEA), la European Transport Workers' Federation

(ETF), la European Cockpit Association (ECA), la

confirmados con la adopción de una Directiva

por parte del Consejo. En el sector de las telecomunicaciones,

los interlocutores sociales

han adoptado directrices sobre el teletrabajo 14

y, en el sector del comercio, prosiguen las

negociaciones sobre el teletrabajo y el envejecimiento

de la mano de obra.

El Consejo alcanzó un acuerdo político

para la adopción de una posición común con

respecto a las propuestas de directivas sobre

andamios 15 y agentes físicos (vibraciones) 16

en el ámbito de la salud y la seguridad.

Los interlocutores sociales han concluido

también la primera ronda de consultas sobre

la modernización y la mejora de las relaciones

laborales, han emprendido negociaciones

relativas a las agencias de trabajo temporal,

trabajan en la definición de las cuestiones

que deben examinarse con respecto al teletrabajo

y han establecido un grupo de trabajo

encargado de examinar las posibilidades

para fomentar el acceso al aprendizaje permanente

y la mejora de las cualificaciones

tanto de los hombres como de las mujeres.

Han participado, además, en los preparativos

para la creación de un «Centro europeo para

el cambio

en el marco de la Fundación de

Dublín. Como resultado de la serie de consultas

formales desarrolladas con los interlocutores

sociales en materia de insolvencia, la

Comisión ha presentado una propuesta de

revisión de la Directiva sobre insolvencia 17.

La cuestión de la responsabilidad empresarial

recibió un impulso considerable con la

firma, por las empresas y la Comisaria de

Empleo y Asuntos Sociales, de las orientaciones

para la transmisión voluntaria de información

en materia de responsabilidad social

de las empresas. Además, se han adoptado

códigos de conducta sectoriales relativos a los

derechos sociales en las industrias del calzado

y el cuero 18, que completan los ya existentes

en la industria textil y de la confección, así

como en el sector del comercio.

1.5. Combatir la pobreza y todas

las formas de exclusión y

discriminación a fin de

fomentar la integración social

a) Promover la inclusión social

La Agenda de política social ofrece un

enfoque a nivel europeo para fomentar la

inclusión social. Dicho enfoque debería servir

para hacer frente a lo que en la cumbre de

Lisboa se consideró «un número inaceptable

de personas que viven en la Unión por debajo

del umbral de pobreza

.

El Comité de protección social 19 (integrado

por representantes de los Estados miembros,

apoyados por la Comisión), cuya creación

figura ahora en el proyecto de Tratado de

Niza 20, constituye una plataforma idónea

para llevar adelante dicho enfoque. Este

Comité preparó la estrategia aprobada por el

Consejo en octubre con respecto a las políti-

SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA

273 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

European Regions Airline Association (ERA) y la International

Air Carrier Association (IACA).

14 Firmadas el 7 de febrero.

15 1998/0327 (COD) y COM(2000)648: Propuesta

modificada de directiva por la que se modifica por

segunda vez la Directiva 89/655/CEE relativa a las disposiciones

mÌnimas de seguridad y de salud para la utilizaciÛn

por los trabajadores en el trabajo de los equipos de

trabajo (2¿ Directiva especÌfica con arreglo a lo dispuesto

en el artÌculo 16 de la Directiva 89/391/CEE).

16 1994/0449 (COD) y COM( 1994)284: Propuesta

modificada de Directiva del Consejo sobre las disposiciones

mÌnimas de seguridad y de salud relativas a la

exposiciÛn de los trabajadores a los riesgos derivados de

los agentes fÌsicos (dÈcima Directiva especÌfica con arreglo

a lo dispuesto en el artÌculo 16 de la Directiva

89/391/CEE).

17 COM(2000)832: AproximaciÛn de las legislaciones

de los Estados miembros relativas a la protecciÛn de

los trabajadores asalariados en caso de insolvencia del

empresario.

18 Noviembre de 2000.

19 COM(2000)134: CreaciÛn de un ComitÈ de protecciÛn

social.

20 SN 533/00: Proyecto de Tratado de Niza.

cas de integración, incluida la definición de

los objetivos que subyacen a los Planes Nacionales

de Acción (PNA) para los próximos dos

años. Los PNA se presentarán en junio del

presente año y permitirán a los Estados

miembros desarrollar iniciativas en el contexto

del método abierto de coordinación, con

objeto de desarrollar una política de integración

global que responda a las necesidades

específicas de cada país.

Como complemento de esta estrategia, la

Comisión ha propuesto un programa 21 para

combatir la exclusión social, cuyo objetivo es

establecer metodologías comparables para

medir la pobreza, fomentar la cooperación

entre los Estados miembros y apoyar el

refuerzo de las capacidades de las ONG y su

organización en redes, con vistas a luchar

contra la exclusión social.

Las ONG han participado en los debates

informales del Consejo, así como en los trabajos

preparatorios sobre el programa para

combatir la exclusión.

  1. Luchar contra la discriminación y

    reforzar los derechos fundamentales

    La adopción de la Carta de los Derechos

    Fundamentales de la Unión Europea, que

    engloba en un único documento europeo los

    derechos fundamentales, económicos y sociales,

    constituye un logro esencial.

    Los progresos realizados en la lucha contra

    la discriminación han sido muy significativos.

    Dos Directivas 22, 23, aprobadas unánimemente

    por el Consejo en un tiempo récord,

    previa consulta al Parlamento Europeo,

    resaltan la voluntad de todos los Estados

    miembros de adoptar un marco legislativo

    que ofrezca un nivel mínimo común de protección

    contra la discriminación. El programa

    de acción 24, aprobado por el Consejo, previa

    consulta al Parlamento, contempla incentivos

    económicos destinados a completar la

    legislación con campañas de sensibilización,

    intercambios de información y divulgación de

    las mejores prácticas, tanto en el ámbito

    legislativo como fuera de él. La Comisión ha

    tenido en cuenta las contribuciones de las

    ONG en la elaboración del paquete de medidas

    para combatir la discriminación.

    Un colectivo de ciudadanos que se enfrenta

    a obstáculos difíciles de superar cuando

    trata de participar en los distintos aspectos

    de la vida económica y social son las personas

    con discapacidad. La Comunicación de la

    Comisión «Hacia una Europa sin barreras

    para las personas con discapacidad» 25 muestra

    la manera de superar estas barreras. Por

    otra parte, el Día Europeo de las Personas

    con Discapacidad se ha consagrado a la discriminación

    en el empleo. El trabajo sobre

    estas cuestiones se lleva a cabo en estrecha

    colaboración con el Foro europeo de personas

    con discapacidad.

    1.6. Modernizar la protección

    social

    Los sistemas de protección social se

    enfrentan a retos similares en toda la Unión

    Europea, por lo que es esencial intensificar la

    cooperación entre los Estados miembros sin

    que ello signifique negar la responsabilidad

    de cada uno con respecto a su propio sistema.

    DOCUMENTACI¿N E INFORMES

    274 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

    21 COM(2000)368: Establecimiento de un programa

    de acciÛn comunitario a fin de fomentar la cooperaciÛn

    entre los Estados miembros para luchar contra la

    exclusiÛn social.

    22 COM( 1999)565: Establecimiento de un marco

    general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupaciÛn.

    23 COM(1999)566: AplicaciÛn del principio de

    igualdad de trato de las personas independientemente

    de su origen racial o Ètnico.

    24 COM(1999)567: Establecimiento de un programa

    de acciÛn comunitario para luchar contra la discriminaciÛn

    (2001-2006).

    25 COM(2000)284: Hacia una Europa sin barreras

    para las personas con discapacidad.

    La cooperación tiene por objeto facilitar la

    revisión y adaptación de los sistemas a las

    transformaciones económicas y sociales, con

    vistas a lograr el doble objetivo de solidaridad

    y justicia social junto con un estado del bienestar

    activo basado en incentivos y en el

    fomento de una participación elevada en el

    mercado de trabajo.

    El establecimiento formal del Comité de

    protección social constituye un hecho decisivo

    en favor de la cooperación europea en el ámbito

    social. Este Comité ofrece a los Estados

    miembros una plataforma propicia al intercambio

    de información en aras de la modernización

    de los sistemas de protección social.

    En el plano político, la Comisión ha adoptado

    una Comunicación en materia de pensiones

    26, en el marco de la estrategia concertada

    sobre protección social. Esto ha servido como

    punto de partida para que el Comité de protección

    social inicie una reflexión sobre la sostenibilidad

    de los sistemas de protección

    social. El Consejo Europeo de Niza aprobó un

    informe de situación sobre la protección

    social, elaborado por el Comité a petición del

    Consejo Europeo de Lisboa, en el que se examina

    la cuestión de la viabilidad de los sistemas

    de pensiones y se incluye la contribución

    del Comité de Política Económica. La Comisión

    ha preparado asimismo una Comunicación

    sobre la contribución de las finanzas

    públicas al crecimiento y al empleo: mayor

    calidad y sostenibilidad 27.

    1.7. Promover la igualdad entre

    hombres y mujeres

    Con arreglo a lo dispuesto en el Tratado de

    la CE, la igualdad entre hombres y mujeres

    constituye uno de los principales objetivos y

    ámbitos de actuación de la Comunidad Europea.

    A este fin, se ha adoptado una nueva

    estrategia marco para el periodo 2000-2005 28

    basada en la transversalidad de la igualdad

    de oportunidades y en la realización de

    acciones específicas, que debe desempeñar

    un papel importante en la eliminación de las

    desigualdades entre hombres y mujeres en

    la economía y la sociedad en general. Dicha

    estrategia se complementa con un programa 29

    adoptado por el Consejo, previa consulta al

    Parlamento Europeo, en el que se contemplan

    ayudas económicas para el desarrollo

    de campañas de sensibilización, la recogida

    de datos y la realización de proyectos transnacionales.

    La Comisión ha adoptado una propuesta

    de directiva por la que se modifica la Directiva

    76/207/CEE 30 relativa a la igualdad de

    trato entre hombres y mujeres. El objetivo de

    la propuesta de directiva es definir el acoso

    sexual en el trabajo como una discriminación

    ilícita por motivos de sexo.

    El Comité consultivo sobre la igualdad de

    oportunidades, formado por representantes

    de los Estados miembros, los interlocutores

    sociales y las organizaciones que trabajan en

    favor de la igualdad de oportunidades, así

    como el Lobby Europeo de Mujeres, ha desempeñado

    un papel crucial en la adopción de

    medidas concretas.

    Además, como seguimiento de la Conferencia

    de Pekín sobre la Mujer, el Consejo ha

    SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA

    275 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

    26 COM(2000)622: EvoluciÛn futura de la protecciÛn

    social desde una perspectiva a largo plazo: Pensiones

    seguras y viables.

    27 COM(2000)846: ContribuciÛn de las finanzas

    p˙blicas al crecimiento y al empleo: mayor calidad y

    sostenibilidad.

    28 COM(2000)335: Hacia una estrategia marco

    comunitaria sobre la igualdad entre hombres y mujeres

    (2001-2005).

    29 COM(2000)335: Programa relativo a la estrategia

    marco comunitaria sobre la igualdad entre hombres y

    mujeres (2001-2005).

    30 COM(2000)334: ModificaciÛn de la Directiva

    76/207/CEE del Consejo relativa a la aplicaciÛn del principio

    de la igualdad de trato entre hombres y mujeres en

    lo que se refiere al acceso al empleo, a la formaciÛn y a

    la promociÛn profesionales, y a las condiciones de trabajo.

    adoptado unas conclusiones sobre la conciliación

    de la vida familiar y profesional.

    1.8. Fortalecer los aspectos sociales de

    la ampliación y de las relaciones

    exteriores de la Unión Europea

    Tanto la ampliación de la Unión Europea

    como sus relaciones exteriores constituyen en

    muchos sentidos un desafío y una oportunidad

    de actuación en el ámbito social. Además

    del nuevo impulso dado a las negociaciones

    de adhesión, se han emprendido acciones

    específicas importantes para ayudar a los

    países candidatos a elaborar políticas y establecer

    el corpus institucional necesario (sector

    público, interlocutores sociales, ONG)

    para poder participar en las iniciativas comunitarias

    en materia social. Un ejemplo de ello

    es la firma de los denominados informes conjuntos

    de evaluación, que la Comisión ha suscrito

    ya con la República Checa, Eslovenia y

    Polonia 31. A principios de 2001 se prevé la firma

    de este tipo de informes con Hungría,

    Estonia, Malta y Chipre.

    En cuanto a las normas fundamentales del

    trabajo, la Comisión, en su Recomendación

    de 15 de septiembre, invitó a los Estados

    miembros a ratificar el Convenio 182 de la

    OIT relativo a las peores formas de trabajo

    infantil.

    1.9. Conclusiones

    A pesar de la fase incipiente en que se

    encuentra la aplicación de la Agenda de política

    social, se han realizado ya progresos

    notables en la adopción de medidas concretas.

    No obstante, la plena aplicación de la

    Agenda depende del compromiso incondicional

    de todos los agentes para asumir sus responsabilidades

    y trabajar en favor de un crecimiento

    económico sostenible, más y mejores

    puestos de trabajo y una mayor cohesión

    social. Los interlocutores sociales ocupan una

    posición privilegiada que deben utilizar para

    lograr progresos reales en los ámbitos de su

    competencia.

    2. COMUNICACIÓN DE LA

    COMISIÓN AL CONSEJO, AL

    PARLAMENTO EUROPEO, AL

    COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL

    Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

    (2002) *

    2.1. Introducción

    La Agenda de política social es la hoja de

    ruta de la Unión Europea de cara a la

    modernización y la mejora del modelo social

    europeo a través de la inversión en las personas

    y de la construcción de un Estado del

    bienestar activo. Debería contribuir a la consecución

    del objetivo estratégico establecido

    en el Consejo Europeo de Lisboa de marzo de

    2000.

    Su objetivo es responder a los retos comunes

    a los que se ve confrontada la UE y al mismo

    tiempo lograr que se aprovechen al máximo

    las nuevas oportunidades que se presentan.

    La finalidad esencial de esta Agenda es

    transponer el objetivo de Lisboa ¿perfilado en

    las subsiguientes reuniones del Consejo

    Europeo¿ mediante el establecimiento de una

    interacción dinámica de medidas sociales,

    laborales y económicas que se refuercen

    mutuamente.

    DOCUMENTACI¿N E INFORMES

    276 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

    31 11 de mayo de 2000: EvaluaciÛn conjunta de las

    prioridades polÌticas en materia de empleo de la Rep˙-

    blica Checa. 18 de julio de 2000: EvaluaciÛn conjunta

    de las prioridades polÌticas en materia de empleo de

    Eslovenia. 29 de enero de 2001: EvaluaciÛn conjunta de

    las prioridades polÌticas en materia de empleo de Polonia.

    * Bruselas, 19-02-2002. COM (2002) 89 final.

    La Agenda debería reforzar el papel de la

    política social como factor productivo y también

    la solidaridad y el bienestar social. La promoción

    de la calidad es uno de los ejes fundamentales

    en torno a los que se articula la Agenda.

    Tanto el Parlamento Europeo como el Consejo

    Europeo subrayaron la importancia que

    revestía disponer de un cuadro de indicadores

    para el seguimiento de los resultados y

    para verificar la determinación y las contribuciones

    de los diferentes agentes a la hora

    de aplicar esta Agenda.

    El punto de referencia respecto al cual

    deben medirse los progresos realizados es la

    Comunicación 1 de la Comisión de junio de

    2000 y las orientaciones políticas formuladas

    en el Consejo Europeo de Niza de diciembre

    de 2000. Este es el segundo cuadro de indicadores,

    cuya finalidad es presentar los progresos

    realizados hasta el momento.

    Este cuadro complementa, en relación con

    las acciones que forman parte de la Agenda

    de política social, el informe de síntesis anual

    que se presentará al Consejo Europeo de primavera

    de Barcelona 2.

    2.2. El empleo y la situación social

    El crecimiento del empleo fue en 2000 el

    mayor de la pasada década. Se crearon casi

    tres millones de nuevos puestos de trabajo,

    con lo que la tasa de empleo alcanzó el 63,2 %,

    es decir, un 1 % más que en 1999 pero todavía

    un 4 % por debajo del objetivo intermedio de

    Estocolmo y un 7 % inferior al objetivo de Lisboa

    para 2010. Según recientes estimaciones,

    el empleo aumentará en un 1,1 % en 2001 y la

    tasa de empleo alcanzará el 64 %.

    En el período 1998-2000, se crearon más

    puestos de trabajo a tiempo completo que a

    tiempo parcial. Los puestos de trabajo a tiempo

    completo representaron el 70% de los

    puestos de trabajo netos creados en 2000,

    mientras que en 1999 esta proporción era del

    60% y en 1998 del 54%.

    La tasa de desempleo descendió en 2000

    desde el 9,1 % hasta el 8,2 % y el número de

    personas desempleadas disminuyó en 1,5

    millones, lo cual representa el mayor descenso

    de la década. De esta forma el número total

    de personas desempleadas, todavía demasiado

    elevado, pasó a ser de 14,5 millones. El

    desempleo de larga duración disminuyó más

    rápido que el desempleo general, llegando a

    un 3,6 %. Para 2001, se estima que la tasa de

    desempleo media de la UE-15 será del 7,7 %,

    lo que corresponde a casi un millón de desempleados

    menos, mientras que la de la zona del

    euro será del 8,4 %.

    Los resultados de las reformas estructurales

    de los mercados de trabajo europeos

    empiezan a ser visibles, especialmente en lo

    que respecta a un aumento de la intensidad

    de creación de empleo del crecimiento, a una

    mayor creación de puestos de trabajo en los

    sectores de las altas tecnologías y de intensa

    concentración cognitiva ¿reflejo de la transición

    hacia una economía basada en el conocimiento

    ¿ y a una mayor participación de la

    mujer en el mercado de trabajo. Los sectores

    de las altas tecnologías y de fuerte concentración

    cognitiva han sido el motor de la creación

    de puestos de trabajo en estos últimos tiempos,

    contribuyendo con más del 60 % a los 10

    millones de puestos de trabajo creados entre

    1995 y 2000. Ello benefició no sólo a los trabajadores

    altamente cualificados sino también

    a las personas de cualificaciones medias

    y bajas empleadas en dichos sectores. Más de

    1,6 millones de los nuevos puestos de trabajo

    fueron para las mujeres, cuya tasa de empleo

    ascendió desde el 52,8 % de 1999 hasta el 54%

    de 2000, estimándose que puede alcanzar el

    54,7 % en 2001.

    SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA

    277 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

    1 COM(2000)379 de 28-6-2000: ´Agenda de polÌtica

    socialª, ResoluciÛn del PE de 25-10-2000; Dictamen

    del Consejo de 28-11-2000.

    2 COM(2002)14 de 15-1-2002: ´ComunicaciÛn de

    la ComisiÛn al Consejo Europeo de primavera en Barcelona:

    La estrategia de Lisboa - Hacer realidad el cambioª.

    No obstante, aún subsisten algunas flaquezas

    estructurales en el empleo que requieren

    una atención permanente y reforzada:

    ¿ Baja tasa de empleo de los trabajadores

    de más edad: una tasa estimada del

    38,3% para 2001, cuando el objetivo de

    Estocolmo es alcanzar el 50 % en 2010.

    ¿ Brechas significativas entre hombres y

    mujeres: 18 % en la tasa de empleo y

    14% en la remuneración.

    ¿ Niveles elevados de desempleo: alrededor

    del 8% de la población activa, con un 3,6%

    de desempleo de larga duración y más de

    un 16% de desempleo para los jóvenes.

    ¿ Diferencias regionales respecto al

    empleo y al desempleo, que siguen siendo

    pronunciadas.

    A corto plazo, y habida cuenta de las poco

    favorables perspectivas económicas para

    2001 y 2002 3, la economía de la UE no ofrecerá

    el mismo entorno propicio a las mejoras en

    el ámbito del empleo. Aún se desconoce con

    exactitud la profundidad y la duración de la

    ralentización económica y su impacto preciso

    en el empleo.

    En su contribución 4 al Consejo Europeo

    informal de Gante de octubre de 2001, la

    Comisión presentó un análisis de la ralentización

    económica subrayando que todas las

    regiones más significativas del mundo estaban

    ya experimentando una ralentización

    antes de los trágicos acontecimientos del 11

    de septiembre en Estados Unidos. A pesar de

    que sus cimientos son sólidos, la UE no ha

    podido substraerse a la ralentización y sus

    efectos en términos de empleo ya se dejaron

    sentir durante la segunda mitad de 2000 en

    algunos Estados miembros y, con distintos

    grados de intensidad, en diversos sectores de

    la economía. En el informe anual de síntesis 5

    que se presentará al Consejo Europeo de primavera

    de Barcelona se profundiza en este

    análisis y se subraya que las condiciones políticas

    y económicas existentes en marzo de

    2000 o incluso en marzo de 2001 cuando se

    celebró el pasado Consejo Europeo de primavera,

    eran muy diferentes de las actuales. No

    obstante, hay razones para pensar, con cauto

    optimismo, que la actual ralentización no va

    a durar mucho.

    Aun así, a finales de 2001 la ralentización

    económica ya había acabado con el descenso

    mensual de las tasas de desempleo. Esta tendencia

    supone un desafío para las políticas

    activas del mercado de trabajo a la hora de

    ayudar a los desempleados a encontrar nuevos

    trabajos y de combatir el desempleo de

    larga duración. Exigen asimismo el respeto

    del compromiso con la estrategia de Lisboa

    destinada a conseguir una mayor participación

    de las mujeres y de los trabajadores de

    más edad en el mercado de trabajo.

    La aceptación general de que la situación

    económica y laboral experimentó una mejoría

    global hasta 2001 contrasta con la muy desigual

    percepción en los diferentes Estados

    miembros de la evolución de la situación respecto

    a la pobreza y la exclusión social.

    La pobreza y la exclusión social siguen

    estando muy extendidas en la Unión Europea

    pero la magnitud y la naturaleza del problema

    varían significativamente de unos Estados

    miembros a otros. No obstante, como subsiste

    un problema relacionado con la falta de estadísticas

    actualizadas y comparables, no es

    posible disponer de una visión completa de la

    situación actual y es difícil evaluar el impacto

    del período de crecimiento económico, de des-

    DOCUMENTACI¿N E INFORMES

    3 VÈase Commission Economic Forecasts 2001-

    2003 - European economy; economic trends nº 10/11-

    2001.

    4 COM(2001)611 de 17-10-2001 ´SÌntesis de la

    actuaciÛn de la UE en respuesta a los acontecimientos

    del 11 de septiembre y evaluaciÛn del posible impacto

    econÛmicoª.

    5 COM(2002)14 de 15-1-2002 ´ComunicaciÛn de

    la ComisiÛn al Consejo Europeo de primavera en Barcelona:

    La estrategia de Lisboa - Hacer realidad el cam-

    censo del desempleo y de aumento del empleo

    de la segunda mitad de la pasada década.

    Por lo que se refiere a la distribución de la

    renta, los datos del Panel de Hogares de la

    Comunidad Europea, presentado como el

    indicador estructural sobre el que se basa el

    informe de síntesis anual, ponen de manifiesto

    la existencia de desigualdades significativas

    en la distribución de la renta per cápita.

    La relación entre la renta media del 20 % de

    la población con mayores ingresos y la del

    20% con ingresos más reducidos es de 5,7

    para el conjunto de la UE, una cifra que disfraza

    las acusadas diferencias existentes

    entre los Estados miembros 6.

    Resulta especialmente preocupante la proporción,

    todavía demasiado elevada, de personas

    que viven con reducidos ingresos. Alrededor

    del 18 % de la población, es decir, más

    de 60 millones de personas, se hallan expuestos

    al riesgo de caer en la pobreza, al vivir por

    debajo de un umbral establecido en el 60 % de

    los ingresos medios equivalentes. En este

    terreno se registran también considerables

    diferencias entre los Estados miembros con

    una población por debajo del umbral establecido

    que varía entre el 8 % y el 23 % 7.

    Si no fuera por las transferencias sociales -

    excluidas las pensiones- un 26 % de la población

    de la UE viviría en la pobreza, en comparación

    con el 18 % actual. Este ejemplo específico

    muestra los efectos que tendría la

    ausencia de política social en la sociedad

    europea 8. Además, al examinar la cuestión

    de la exclusión social y de la pobreza debe

    prestarse especial atención a la situación de

    las personas que llevan viviendo con reducidos

    ingresos durante un largo periodo de

    tiempo. Un 9 % de la población, es decir alrededor

    de 30 millones de personas, estaba en

    situación de riesgo continuado de pobreza.

    Esta proporción varía, según los diferentes

    Estados miembros, entre el 3 % y el 15 % 9.

    2.3. La aplicación de la Agenda de

    política social

    La Comunicación de la Comisión de junio

    de 2000 contenía en su anexo 1 las propuestas

    e iniciativas presentadas por la Comisión

    y un calendario al respecto. Todas las iniciativas

    anunciadas para 2000 y 2001 se han

    presentado y las cuestiones de mayor calado -

    como la revisión en profundidad de la estrategia

    europea de empleo y la nueva estrategia

    comunitaria sobre salud y seguridad- están

    en plena fase de preparación. Por lo tanto, ya

    se han dado los pasos iniciales que resultaban

    necesarios. Algunas iniciativas han conducido

    a la adopción de decisiones, mientras

    que otras están siendo objeto de negociación.

    Más que una descripción detallada de las

    medidas puestas en marcha por la Comisión,

    lo que se presenta a continuación es una visión

    de conjunto de las medidas y de los resultados,

    con una especificación en caso necesario del

    papel de los diferentes actores. No obstante,

    habida cuenta de que la Agenda de política

    social está todavía en una fase bastante temprana

    de su aplicación, en la que se acaban de

    proponer y transmitir nuevas iniciativas a las

    demás instituciones y actores, estas nuevas

    medidas constituyen una parte significativa

    del presente cuadro de resultados.

    La estructura de esta visión de conjunto se

    ajusta a las orientaciones políticas adoptadas

    en el Consejo Europeo de Niza para la Agenda

    de política social.

    SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA

    6 VÈase el indicador estructural IV. 1 - distribuciÛn de

    la renta. Fuente: SEC(2002)29, anexo 2 del documento

    de trabajo de los servicios de la ComisiÛn en apoyo del

    informe de la ComisiÛn al Consejo Europeo de primavera

    de Barcelona.

    7 VÈase el indicador estructural IV.2.2 - Ìndice de

    riesgo de pobreza tras las transferencias sociales. Fuente:

    vÈase la nota anterior.

    8 VÈase el indicador estructural IV.2.1 - Ìndice de

    riesgo de pobreza antes de las transferencias sociales.

    Fuente: vÈase la nota anterior.

    9 VÈase el indicador estructural IV. 3 - riesgo continuado

    de pobreza. Fuente: la misma de la nota anterior.

  2. Hacia más y mejores puestos de

    trabajo

    Aumento de la participación en el

    empleo y lucha contra el desempleo de

    larga duración

    El Consejo Europeo de Lisboa situó los

    esfuerzos para alcanzar el pleno empleo entre

    las prioridades clave de la Unión Europea 10.

    La dinámica de la Agenda de Lisboa, basada

    en la consecución de más y mejores puestos

    de trabajo, recibió el apoyo del Consejo Europeo

    de Estocolmo, en el que los Jefes de Estado

    y de Gobierno decidieron complementar

    los objetivos de Lisboa con diversos objetivos

    cuantitativos intermedios para 2005 y con

    uno específico para los trabajadores de más

    edad 11. Se pidió a los Estados miembros que

    definieran enfoques e indicadores comunes

    sobre la calidad del trabajo. Se pidió que se

    emprendieran varias iniciativas en favor de

    las cualificaciones y de la movilidad. Se pidió

    al Consejo y a la Comisión que presentaran

    un informe conjunto sobre la manera de

    incrementar la tasa de actividad y de promover

    la prolongación de la vida activa.

    Calidad del trabajo

    La cantidad de trabajo no debe oponerse a

    la calidad del mismo. En concreto, la opción

    escogida para la UE es el refuerzo de la calidad

    del trabajo como contribución al incremento

    del empleo. Esta opción quedaba reflejada con

    claridad en las orientaciones políticas de Lisboa

    ¿«más y mejores puestos de trabajo»¿ y de

    Estocolmo y también se indicaba explícitamente

    en la Agenda de política social adoptada

    en Niza. La Comunicación de la Comisión,

    de junio de 2001, sobre un marco para invertir

    en la calidad contenía una propuesta concreta

    para avanzar en la consecución de este objetivo,

    propuesta que se incorporó a las directrices

    de empleo para el año 2002.

    El Consejo, siguiendo el informe elaborado

    por el Comité de Empleo, expresó su acuerdo

    sobre todos los componentes clave de la calidad,

    así como sobre los indicadores principales

    asociados y los indicadores secundarios

    que permitan realizar el seguimiento de los

    cambios y medir los progresos realizados.

    Pero es necesario proseguir el trabajo. En

    este sentido, podría desempeñar un importante

    papel el programa de investigación

    socioeconómica, que fomenta y apoya la

    investigación sobre el perfeccionamiento de

    los indicadores destinados a medir la calidad

    del trabajo.

    ¿ Comunicación sobre un marco para

    invertir en la calidad 12.

    ¿ Objetivos cualitativos incorporados a

    las directrices de empleo para 2002.

    ¿ Indicadores cualitativos adoptados en el

    Consejo Europeo de Laeken.

    Refuerzo y continuación de la estrategia

    coordinada de empleo

    La Comisión propuso, el 12 de septiembre

    de 2001, un nuevo conjunto de medidas en

    favor del empleo que, previa consulta al Parlamento

    Europeo, el Comité de las Regiones y

    el Comité Económico y Social, fue adoptado

    por el Consejo, el 3 de diciembre, y presentado

    en el curso de la Cumbre de Laeken.

    DOCUMENTACI¿N E INFORMES

    280 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

    10 Objetivos acordados en Lisboa: actuar para acercar

    la tasa de empleo lo m·s cerca posible del 70% antes

    de 2010 y aumentar el n˙mero de mujeres empleadas a

    m·s del 60% en 2010, teniendo siempre en cuenta los

    diferentes puntos de partida de los Estados miembros.

    11 Se especificaban para 2005 los objetivos de

    alcanzar una tasa de empleo global del 67 % y una tasa

    de empleo femenino del 57 %, asÌ como el objetivo de

    haber alcanzado en 2010 el 50% para la tasa de empleo

    de las personas de m·s edad (55-6179).

    12 COM(2001)313 de 20-6-2001: ´PolÌticas sociales

    y de empleo - Un marco para invertir en la calidadª

    ResoluciÛn del PE de 29-11-2001; Acuerdo del Consejo

    de 3-12-2001.

    El análisis de las políticas de empleo de los

    Estados miembros contenido en el informe

    conjunto sobre el empleo de 2001 ponía de

    manifiesto que en conjunto se habían realizado

    notables progresos pero que seguían existiendo

    algunos problemas estructurales. La

    evaluación de los resultados del empleo y de

    los progresos realizados, en combinación con

    unas perspectivas económicas menos favorables,

    pone de manifiesto la necesidad de proseguir

    sin complacencia las reformas estructurales

    del mercado de trabajo.

    Por lo que se refiere a los cuatro pilares de

    la estrategia de empleo, las combinaciones de

    políticas 13 siguen desequilibradas en favor de

    las acciones del pilar empleabilidad, seguido

    del pilar espíritu de empresa. Todavía son

    relativamente poco importantes las acciones

    de los pilares adaptabilidad e igualdad de

    oportunidades. Aunque ha mejorado la colaboración

    entre las autoridades públicas y los

    interlocutores sociales, las contribuciones

    específicas de estos últimos son difíciles de

    concretar. Ello es válido sobre todo para el

    caso del pilar adaptabilidad.

    Se ha avanzado claramente en el desarrollo

    del aprendizaje permanente, que se ha

    confirmado como una prioridad política en

    toda la Unión Europea. Aproximadamente la

    mitad de los Estados miembros han adoptado

    ya estrategias globales en materia de aprendizaje

    permanente, si bien su aplicación es

    sólo incipiente. Uno de los puntos débiles a

    los que debe prestarse atención es que pocos

    Estados miembros se han fijado objetivos de

    aumento de la inversión en recursos humanos

    o de participación en el aprendizaje complementario.

    Los avances de la reforma de los sistemas

    de prestaciones y de las estructuras incentivadoras

    son, con frecuencia, insuficientes

    para fomentar la participación. Asimismo

    debe prestarse mayor atención a la interacción

    entre los sistemas fiscal y de prestaciones.

    La mayoría de los Estados miembros no

    dispone aún de un planteamiento global respecto

    a la iptegración de la igualdad entre

    hombres y mujeres en el conjunto de las políticas.

    Las medidas adoptadas para reducir

    las todavía muy elevadas diferencias de

    remuneración entre hombres y mujeres son

    limitadas y apenas existen nuevas iniciativas

    para promover la participación de las mujeres

    en los procesos de toma de decisiones. Los

    servicios de guardería siguen siendo insuficientes

    en muchos Estados miembros y tampoco

    se dispone todavía de un enfoque claro

    sobre la cuestión del cuidado de las personas

    de la tercera edad o de otras personas dependientes.

    Por lo que se refiere a las directrices de

    empleo para 2002, la Comisión, apoyada por

    las demás instituciones de la UE, optó por la

    continuidad en el año 2002, a la vista de los

    cambios significativos realizados en 2001 y

    de la revisión en profundidad prevista en

    2002. No obstante, las directrices incorporan

    los nuevos objetivos sobre empleo acordados

    en Estocolmo así como el nuevo objetivo horizontal

    específico sobre la calidad en el trabajo.

    Además, se han dirigido a los Estados

    miembros una serie de recomendaciones en

    materia de empleo.

    En 2001 se emprendieron trabajos sustanciales,

    en estrecha cooperación con las autoridades

    nacionales, para evaluar la estrategia

    de empleo y preparar la revisión quinquenal

    de 2002.

    También se han realizado progresos en

    cuanto a la adopción de una decisión sobre

    medidas comunitarias de incentivación en el

    ámbito del empleo. En junio de 2001 el Con-

    SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA

    281 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

    13 En el contexto de la aplicaciÛn de las directrices

    de empleo, la expresiÛn ´combinaciÛn de polÌticasª se

    refiere al equilibrio entre los cuatro pilares de las directrices.

    sejo adoptó una posición común que tenía en

    cuenta el dictamen del Parlamento Europeo.

    Se espera que el Parlamento Europeo y el

    Consejo lleguen en breve a un acuerdo sobre

    el programa de acción.

    La estrategia de empleo se elabora teniendo

    en cuenta las Orientaciones Generales de

    Política Económica. Así, la política de empleo

    y la política económica se refuerzan mutuamente.

    Medidas clave

    ¿ Adopción del informe conjunto sobre el

    empleo de 2001 de las directrices de

    empleo para 2002 y de las recomendaciones

    sobre política de empleo 14.

    ¿ Programa de acción sobre medidas de

    incentivación del empleo (posición

    común en junio - segunda lectura en el

    Parlamento Europeo) 15.

    El papel del Fondo Social Europeo

    Como recuerdan las directrices para el

    empleo, el Fondo Social Europeo apoya y complementa

    las actividades de los Estados

    miembros dirigidas al desarrollo de sus mercados

    de trabajo y de sus recursos humanos,

    especialmente en el contexto de la estrategia

    europea de empleo y de los planes nacionales

    de acción en favor del empleo. Si observamos

    los programas adoptados en el año 2000 veremos

    que más de la mitad de la ayuda correspondiente

    al periodo de programación 2000-

    2006 se destinará a la empleabilidad, y especialmente

    a la promoción de políticas activas

    de mercado de trabajo y a la prevención del

    desempleo. Una parte considerable de la ayuda

    se destinará a la adaptabilidad de la

    población activa y al desarrollo de métodos de

    aprendizaje permanente. El Fondo Social

    Europeo fomenta también actividades destinadas

    a las PYME e impulsa la creación de

    nuevas empresas y de nuevos puestos de trabajo

    en el sector de los servicios. Por último, y

    como complemento de la integración de la

    igualdad de oportunidades entre hombres y

    mujeres en todas las actividades financiadas

    por el Fondo, están proyectadas acciones

    específicas para mejorar el acceso de las

    mujeres al mercado de trabajo y su participación

    en el mismo.

    Los Estados miembros deben aplicar los

    programas de forma flexible, teniendo siempre

    en cuenta las circunstancias cambiantes

    en las que se desarrolla la estrategia de

    empleo. Un país ha puesto en marcha un

    seguimiento continuo de la coherencia entre

    los planes nacionales de acción y los programas

    del Fondo Social Europeo. Otros Estados

    miembros podrían seguir este ejemplo en el

    contexto de sus procesos de seguimiento, tal

    como dispone el nuevo Reglamento sobre los

    Fondos Estructurales 16.

    Medidas clave

    ¿ Acuerdo con los Estados miembros

    sobre los marcos comunitarios de apoyo

    y otros documentos de programación

    para el Fondo Social Europeo.

    ¿ Adopción de 17 programas operativos

    para EQUAL.

    DOCUMENTACI¿N E INFORMES

    282 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

    14 COM (2001)438 de 12-9-2001: ´Proyecto de

    Informe conjunto sobre el empleo de 2001ª; ResoluciÛn

    del PE de 24-10-2001; AdopciÛn formal por el

    Consejo de 3-12-2001; COM (2001)511 de 12-9-2001:

    ´Propuesta de DecisiÛn del Consejo relativa a las directrices

    para las polÌticas de empleo de los Estados miembros

    para el aÒo 2002ª. ResoluciÛn del PE de 29-11-

    2001; Acuerdo del Consejo de 3-12-2001; y COM

    (2001)512 de 12-9-2001: ´RecomendaciÛn del Consejo

    sobre la aplicaciÛn de las polÌticas de empleo de los

    Estados miembrosª, Acuerdo del Consejo de 3-12-

    2001.

    15 COM(2000)459 de 20-7-200: ´Medidas comunitarias

    de incentivaciÛn del empleoª Consejo: adopciÛn

    de la posiciÛn com˙n de 25-6-2001; DO C/2001/

    301/14 (26-10-2001) Dictamen PE 2¿ lectura de 23-10- 16 Reglamento 1260/1999, artÌculo 36.

    Las dimensiones local y regional de la

    estrategia de empleo

    En el contexto de una nueva y mejor gobernanza,

    se ha prestado especial atención al

    refuerzo de la dimensión regional y local de la

    política de empleo. Aunque la concepción global

    de la estrategia de empleo se realiza a

    nivel europeo, su formulación y aplicación

    satisfactorias dependen en gran medida de

    los actores locales. Para ello se requiere la

    movilización de todos los recursos disponibles

    y el apoyo activo de las autoridades regionales

    y locales.

    La razón por la que son tan importantes

    estas dimensiones local y regional es que se

    quiere conseguir la máxima difusión de la

    amplia experiencia y de los numerosos conocimientos

    acumulados a estos niveles. Por

    ello, la Comisión propuso la difusión de las

    mejores prácticas entre los Estados miembros

    y en el interior de los mismos, así como el

    desarrollo de unas estrategias locales de

    empleo que sean coherentes con los planes

    nacionales de acción y reflejen las prioridades

    a escala local.

    Medidas clave

    ¿ Comunicación sobre la actuación local

    en favor del empleo - Una dimensión

    local para la estrategia europea de

    empleo 17.

    ¿ Comunicación sobre el fortalecimiento

    de la dimensión local de la estrategia

    europea de empleo 18.

    ¿ Convocatoria de propuestas según el

    artículo 6 del Fondo Social Europeo

    para financiar proyectos relacionados

    con el desarrollo de estrategias locales

    de empleo 19.

    Dimensión social y de empleo de la

    sociedad de la información

    Uno de los elementos esenciales de la

    estrategia de Lisboa es la rápida transición

    hacia una economía basada en el conocimiento,

    cuya dimensión social y de empleo se examinó

    en un informe de análisis comparativo

    que subraya el rápido aumento de la influencia

    de las tecnologías de la información y de la

    comunicación (TIC) en los puestos de trabajo,

    en la formación y en la organización del trabajo.

    Por otro lado, se puso en marcha el plan

    de acción e-learning: Concebir la educación

    del futuro».

    La cuestión de la acreditación en materia

    de tecnologías de la información, uno de los

    elementos de la iniciativa e-Europe, fue examinada

    por el grupo de alto nivel sobre la

    dimensión social y de empleo de la sociedad

    de la información, que consideró que el Permiso

    de Conducción Informático Europeo

    (PCIE) puede constituir un sistema de acreditación

    y solicitó que para la concepción del

    futuro título europeo en competencias informáticas

    de base se tenga en cuenta el plan de

    acción eLearning, tal como se indica en el propio

    plan.

    Medidas clave

    ¿ Comunicación sobre e-Europe 2002 -

    Impacto y prioridades 20.

    SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA

    283 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

    17 COM(2000)196 de 7-4-2000: ´ActuaciÛn local en

    favor del empleo - Una dimensiÛn local para la estrategia

    europea de empleoª, ResoluciÛn del PE de 30-11-2000;

    DO C/2001/228/128 (13-8-2001).

    18 COM(2001)629 de 7-11-2001: ´Fortalecimiento

    de la dimensiÛn local de la estrategia europea de

    empleoª.

    19 DOC 306 de 31-10-2001.

    20 COM(2001) 140 de 13-3-2001: ´e-Europe 2002:

    Impacto y prioridades - ComunicaciÛn al Consejo Europeo

    de primavera de Estocolmo del 23 y 24 de marzo de 2001ª,

    ResoluciÛn del Consejo de 8-10-2001; DO C/2001/292/6

    (18-10-2001), ResoluciÛn del Consejo de 6-12-2001.

    ¿ Informe de evaluación comparativa a

    raíz de la Comunicación «Estrategias

    para la creación de empleo en la sociedad

    de la información» 21.

    ¿ Comunicación sobre el Plan de acción

    eLearning 22.

    Movilidad

    Además, una Europa basada en el conocimiento

    requiere nuevas iniciativas en favor

    de la movilidad, dirigidas en particular a los

    profesores, los investigadores, los profesionales

    de la formación y las personas en proceso

    de formación. Estos grupos destinatarios fueron

    objeto de atención en la Recomendación

    del Parlamento Europeo y del Consejo de 10

    de julio de 2001 23. La Comisión adoptó también

    una Comunicación sobre una estrategia

    de movilidad para el espacio europeo de

    investigación 24. A finales de febrero de 2001,

    la Comisión adoptó una Comunicación sobre

    los nuevos mercados de trabajo europeos,

    abiertos a todos y accesibles para todos 25.

    Esta iniciativa está destinada a eliminar los

    obstáculos a la movilidad y a aumentar las

    competencias de la población activa europea

    a todos los niveles. Uno de sus frutos ha sido

    el establecimiento de un grupo operativo

    sobre las capacidades y la movilidad cuyo

    informe contribuirá al desarrollo de un plan

    de acción sobre la movilidad que se presentará

    a principios de 2002. Por lo que se refiere al

    aumento de las competencias, también se

    presentó un programa de trabajo sobre los

    objetivos concretos de los sistemas de educación

    y formación 26.

    Estas medidas en el ámbito del empleo

    deberían complementarse con progresos

    concretos en lo relativo a la coordinación de

    los sistemas de seguridad social. El Consejo

    ha realizado progresos en lo relativo a la

    coordinación de los sistemas de seguridad

    social al adoptar parámetros para la modernización

    del Reglamento CEE nº 1408/71.

    Por lo que se refiere a la salvaguarda de los

    derechos complementarios de pensión de los

    trabajadores que se desplazan en la Unión

    Europea, en julio de 2001 se creó un Comité

    que estudiará la cuestión de las pensiones

    complementarias 27.

    Medidas clave

    ¿ Creación de un grupo operativo sobre

    las capacidades y la movilidad - su informe

    de diciembre de 2001 contribuirá al

    desarrollo de un plan de acción sobre la

    movilidad que se presentará a principios

    de 2002 28.

    DOCUMENTACI¿N E INFORMES

    284 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

    21 SEC(2001)222 de 7-2-2001: ´Informe de evaluaciÛn

    comparativa a raÌz de la ComunicaciÛn ìEstrategias

    para la creaciÛn de empleo en la sociedad de la informaciÛnî

    ª.

    22 COM(2001)172 de 28-3-2001: ´Plan de acciÛn e-

    Learning - Concebir la educaciÛn del futuroª ResoluciÛn

    del Consejo de 13-7-2001; DO C/2001/204/3 (20-7-

    2001).

    23 COM( 1999)708 de 21-1-2000: ´Movilidad, en la

    Comunidad, de los estudiantes, las personas en formaciÛn,

    los jÛvenes voluntarios, los profesores y los formadores

    ª, Firma por el PE y el Consejo de 10-7-2001; DO

    L/2001/215/30 (9-8-2001).

    24 COM(2001)331 de 20-6-2001: ´Una estrategia

    de movilidad para el espacio europeo de investigaciÛnª

    ResoluciÛn del Consejo de 10-12-2001.

    25 COM(2001)116 de 28-2-2001: ´Nuevos mercados

    de trabajo europeos abiertos a todos y accesibles

    para todosª ResoluciÛn del Consejo de 13-7-2001 DO

    C/2001/204/1 (20-7-2001).

    26 COM(2001)501 de 7-9-2001: ´ComunicaciÛn de

    la ComisiÛn - Proyecto de programa detallado para el

    seguimiento del informe sobre los objetivos concretos

    de los sistemas de educaciÛn y formaciÛnª.

    27 C(2001)1775 de 2-7-2001: ´DecisiÛn de la ComisiÛn,

    de 9 de julio de 2001, relativa a la creaciÛn de un

    ComitÈ en el ·mbito de las pensiones complementariasª

    DO L/2001/196/26 (20-7-2001).

    28 CreaciÛn de un grupo de trabajo sobre capacitaciÛn

    y movilidad, de acuerdo con lo dispuesto en el

    Consejo Europeo de Estocolmo y la ComunicaciÛn de la

    ComisiÛn.

    ¿ Comunicación sobre el aprendizaje permanente

    29.

    ¿ Adopción de parámetros para la modernización

    del Reglamento nº 1408/71

    sobre la coordinación de los sistemas de

    seguridad social 30.

  3. Previsión y gestión del cambio

    Mayor participación de los trabajadores en

    la gestión del cambio. El acuerdo final del

    Consejo sobre el Reglamento por el que se

    establece el estatuto de la sociedad europea y

    sobre la Directiva relativa a la participación

    de los trabajadores en dichas sociedades es

    uno de los logros más importantes de 2001.

    Va a resultar crucial para que las empresas

    puedan sacar más provecho del mercado interior,

    ya que mejorará los aspectos organizativos

    y de gestión. Puede decirse que se ha

    superado un obstáculo importante en relación

    con las diferentes series de normas y procedimientos

    dirigidos a las empresas que operan

    en la Unión Europea. Se han adoptado

    normas específicas respecto a la participación

    de los trabajadores en este nuevo tipo de

    empresas.

    Además, el Consejo y el Parlamento Europeo

    han adoptado una Directiva por la que se

    establece un marco general relativo a la información

    y la consulta de los trabajadores en la

    Comunidad Europea. Asimismo, en 2001 se

    codificó la Directiva sobre traspasos de 1977

    y 1988 31.

    Medidas clave

    ¿ Estatuto de la sociedad anónima europea

    y Directiva sobre la implicación de

    los trabajadores (acuerdo) 32.

    ¿ Directiva sobre la información y la consulta

    (acuerdo) 33.

    ¿ Apoyo de conformidad con el artículo 6

    del Fondo Social Europeo a 35 medidas

    innovadoras relativas a la adaptación a

    la nueva economía dentro del marco del

    diálogo social 34.

    Salud y seguridad en el trabajo

    La salud y la seguridad en el trabajo constituyen

    un elemento esencial de la calidad del

    trabajo y contribuyen al establecimiento de

    un terreno común con condiciones similares

    para todas las empresas que operan en la UE

    en la medida en que deben ajustarse a un conjunto

    uniforme de normas mínimas. Estas

    SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA

    285 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

    29 COM(2001)678 de 21-11-2001: ´Hacer realidad

    un espacio europeo del aprendizaje permanenteª.

    30 COM( 1998)779 de 21-12-1998: ´Propuesta de

    reglamento (CE) del Consejo relativo a la coordinaciÛn

    de los sistemas de seguridad social: Par·metros para la

    modernizaciÛn del Reglamento (CEE)nº 1408/71ª Conclusiones

    del Consejo (Empleo y PolÌtica Social) de 3-12-

    2001.

    31 COM(2000)259: ´AproximaciÛn de las legislaciones

    de los Estados miembros relativas al mantenimiento

    de los derechos de los trabajadores en caso de traspasos

    de empresas, de centros de actividad o de partes de

    empresas o de centros de actividadª. Dictamen PE 1¿

    lectura de 15-10-2000; Acuerdo del Consejo: Directiva

    2001L0023 de 12-3-2001. DO L/2001/82/16 (22-3-

    2001).

    32 COM( 1989)268 de 24-8-1989: ´Reglamento del

    Consejo por el que se establece el estatuto de la sociedad

    europea (268-1)ª y ´Directiva del Consejo por la

    que se completa el estatuto de la SE en lo relativo a la

    posiciÛn de los trabajadores (268-2)ª. Dictamen PE lectura

    ˙nica de 4-9-2001; AdopciÛn formal Consejo de 8-

    10-2001. DO L/2001/294/1 (Reglamento) y/22 (Directiva)

    (10-11-2001).

    33 COM(1998)612 de 11-11-1998: ´Propuesta de

    directiva del Consejo por la que se establece un marco

    general relativo a la informaciÛn y la consulta de los trabajadores

    en la Comunidad Europeaª. AdopciÛn posiciÛn

    com˙n del Consejo de 23-7-2001; Dictamen PE 2¿

    lectura de 23-10-2001. Acuerdo de 3-12-2001; adopciÛn

    formal en enero de 2002.

    34 La lista de medidas puede consultarse en la

    siguiente direcciÛn: http://europa.eu.int/comm/

    dgs/employment_social/tender_en.htm (referencia

    VP/2001/005).

    normas proporcionan seguridad a los trabajadores

    y ayudan a las empresas a reducir,

    mediante la prevención, los costes derivados

    de las enfermedades y accidentes relacionados

    con el trabajo.

    El establecimiento de normas mínimas

    por las que se garantiza un nivel elevado de

    protección y se crean unas condiciones similares

    obliga a la adopción de medidas legislativas.

    El trabajo legislativo se ha centrado en

    cuatro cuestiones: andamios, amianto, vibraciones

    y ruido. Además, se ha consultado a los

    interlocutores sociales sobre la salud y la

    seguridad de los trabajadores por cuenta propia.

    Estos últimos años se han realizado progresos

    en cuanto a la reducción de los accidentes

    laborales y el número total de accidentes

    graves ha disminuido significativamente

    desde mediados de los noventa, aunque no

    todos los territorios de la Unión Europea han

    experimentado este descenso. El descenso

    general de los accidentes de casi un 10 % para

    el periodo 1994-1998 pone de manifiesto los

    beneficios de las medidas preventivas y de las

    normas de salud y seguridad.

    No obstante, la alta incidencia de accidentes

    laborales sigue siendo una carga muy

    pesada para la competitividad europea: tanto

    en 1998 como en 1999 se perdieron casi 148

    millones de jornadas de trabajo a causa de

    dichos accidentes. En 1998 la incidencia de

    accidentes laborales graves descendió hasta

    los 4.089 por 100.000 trabajadores, es decir

    que el número total de accidentes fue todavía

    de 4,7 millones. Hubo también, en 1998,

    5.476 accidentes mortales en el trabajo 35.

    Esta cifra demuestra la insuficiencia de las

    prácticas actuales en materia de salud y

    seguridad en el trabajo y, como consecuencia,

    el coste de una política no social para las

    empresas y los trabajadores.

    En esta cuestión intervienen diferentes

    modelos de composición sectorial de la economía

    y de categorías profesionales. La incidencia

    de accidentes laborales es superior a la

    media en la industria pesquera (2,4), la agricultura

    (1,3), la construcción (1,4) y los transportes

    (1,1) y afecta, en especial, a varones

    que no han cursado estudios secundarios,

    mayoritarios en dichos sectores 36.

    Además, las rápidas transformaciones del

    mundo del trabajo, que imponen nuevas formas

    de organización del mismo, amén de ritmos

    y cadencias más febriles, crean nuevos

    problemas y exigen nuevas soluciones. Aparecen

    nuevos tipos de riesgos que originan

    nuevos problemas de salud, como por ejemplo

    las lesiones musculoesqueléticas y las enfermedades

    denominadas psicosociales, como el

    estrés, la depresión y la ansiedad, que representan

    un 26 % de las ausencias del trabajo

    de más de dos semanas 37.

    Para preparar la nueva estrategia de

    salud y seguridad que se presentará a principios

    de 2002, el Comité Económico y Social

    emitió un dictamen exploratorio. Este informe

    ¿preparado conjuntamente por representantes

    de los empresarios, los trabajadores y

    otras partes interesadas¿ ofrece una sólida

    base para la nueva estrategia, al señalar la

    forma en que la Unión Europea puede responder

    a los nuevos y los antiguos riesgos en

    el trabajo, y analiza la forma en que pueden

    combinarse los diferentes instrumentos disponibles

    a escala europea para mejorar las

    normas y las prácticas en el conjunto de la

    Unión.

    DOCUMENTACI¿N E INFORMES

    286 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

    35 Accidentes laborales en la UE, 1998-1999. Fuente:

    Statistics infocus. Population and social conditions

    (16-2001).

    36 Fuente: Statistics infocus. Population and social

    conditions (16-2001).

    37 Problemas de salud relacionados con el trabajo en

    la UE, 1998-1999. Fuente: Eurostat Statistics infocus.

    Population and social conditions (17-2001).

    Medidas clave

    ¿ Directiva sobre andamios (adoptada en

    junio de 2001) 38.

    ¿ Salud y seguridad de los trabajadores

    por cuenta propia - segunda fase de la

    consulta a los interlocutores sociales

    (junio de 2001) 39.

    ¿ Directiva sobre vibraciones (posición

    común en junio de 2001 // segunda lectura

    del Parlamento Europeo en octubre) 40.

    ¿ Directiva sobre el ruido (posición común

    en octubre de 2001) 41.

    ¿ Directiva sobre el amianto (propuesta

    de la Comisión - julio de 2001) 42.

    ¿ Informe de propia iniciativa del Comité

    Económico y Social sobre salud y seguridad

    en el trabajo 43.

    Entorno de trabajo y relaciones laborales

    En 2001 se creó el Observatorio Europeo

    del Cambio cuya función es recoger y difundir

    información sobre aspectos del cambio económico

    y social derivados de las transformaciones

    en los ámbitos de las tecnologías, de la

    organización del trabajo, de los modelos de

    producción y de empresa y de las prácticas

    laborales.

    También se creó un Grupo de Alto Nivel

    sobre las relaciones laborales que se centrará

    en las cuestiones clave que afectan a las relaciones

    laborales en un entorno en continua

    transformación y que dedicará especial atención

    a la futura ampliación. Este grupo preparará

    un informe para el Consejo Europeo

    de Primavera de Barcelona en el que se presentará

    a grandes rasgos una serie de propuestas

    destinadas a ayudar a los responsables

    de la toma de decisiones en Europa, y en

    particular a los interlocutores sociales, a que

    contribuyan eficazmente a mejorar el proceso

    de gestión del cambio. Los interlocutores

    sociales han abordado, en la primera y la

    segunda fase de consultas, la modernización

    y la mejora de las relaciones laborales y han

    entablado negociaciones sobre el teletrabajo,

    al objeto de alcanzar un acuerdo que pueda

    ser aplicado por sus miembros nacionales, de

    acuerdo con el apartado 2 del artículo 139 del

    Tratado CE. Sobre esta cuestión, ya se han

    adoptado directrices en el sector de las telecomunicaciones

    (febrero de 2001) y en el del

    comercio (abril de 2001).

    Por lo que se refiere al trabajo a través de

    agencias de trabajo temporal, las negociaciones

    llevadas a cabo por los interlocutores

    sociales no han conducido a ningún acuerdo.

    La Comisión presentará una propuesta de

    directiva del Consejo y del Parlamento Europeo

    a principios de 2002, en la que se tendrá

    en cuenta el resultado de las negociaciones de

    los interlocutores sociales y, en particular los

    aspectos en los que se haya alcanzado un consenso.

    También se tendrá en cuenta la declaración

    conjunta de octubre de 2001 realizada

    SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA

    287 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

    38 COM( 1998)678 de 27-11-1998: ´Disposiciones

    mÌnimas de seguridad y de salud para la utilizaciÛn por

    los trabajadores en el trabajo de los equipos de trabajoª.

    Firma por el PE y el Consejo de 27-6-2001. DO

    L/2001/195/46 (19-7-2001).

    39 C(2001)1535 de 7-6-2001: ´La protecciÛn de la

    salud y la seguridad en el trabajo de los trabajadores

    autÛnomos; transmisiÛn a los interlocutores sociales

    comunitarios para dictamenª.

    40 COM(1992)560 de 23-12-1992: ´Disposiciones

    mÌnimas de seguridad y de salud relativas a la exposiciÛn

    de los trabajadores a los riesgos derivados de los agentes

    fÌsicos (vibraciones)ª. AdopciÛn de la posiciÛn com˙n

    del Consejo de 25-6-2001. DO C/2001/301/1 (26-10-

    2001).Dictamen PE 2¿ lectura de 23-10-2001.

    41 COM(1992)560: ´Disposiciones mÌnimas de seguridad

    y de salud relativas a la exposiciÛn de los trabajadores

    a los riesgos derivados de los agentes fÌsicos (ruido)ª. AdopciÛn

    de la posiciÛn com˙n del Consejo de 29.10.2001.

    42 COM(2001)417 de 20-7-2001: ´ProtecciÛn de

    los trabajadores contra los riesgos relacionados con la

    exposiciÛn al amianto durante el trabajoª.

    43 CES(2001)937 de 11-7-2001: ´PeticiÛn de la

    ComisiÛn Europea al CES de un dictamen exploratorio

    con vistas a la ComunicaciÛn de la ComisiÛn sobre la

    salud y la seguridad en el trabajoª.

    por los interlocutores sociales sectoriales respecto

    al trabajo a través de agencias de trabajo

    temporal.

    En agosto de 2001, la Comisión puso en

    marcha la primera fase de consultas con los

    interlocutores sociales sobre la protección de

    los datos de los trabajadores.

    Además, se ha invitado a los interlocutores

    sociales a contribuir a la aplicación de la

    estrategia europea de empleo, y en particular

    de su pilar adaptabilidad.

    La formación profesional es también un

    elemento clave en este ámbito. Los interlocutores

    sociales a nivel interprofesional están

    preparando actualmente un informe conjunto

    para el Consejo Europeo de Barcelona que

    se centrará en un conjunto de acciones clave

    entre las que cabe destacar la identificación

    y previsión de las necesidades en cuanto a

    las competencias; el reconocimiento y la

    validación de las competencias; la información,

    el apoyo y la orientación; y la movilización

    de los recursos. La intención es abrir

    posteriormente negociaciones sobre estas

    cuestiones.

    También a nivel sectorial, los interlocutores

    sociales están trabajando sobre la cuestión

    de la formación profesional, en particular

    mediante algunos proyectos conjuntos

    específicos.

    En el campo de la legislación, se ha avanzado

    en lo concerniente a la propuesta de la

    Comisión sobre una directiva por la que se

    modificará la Directiva 80/987/CEE del Consejo

    relativa a la protección de los trabajadores

    asalariados en caso de insolvencia del

    empresario. El dictamen del Parlamento

    Europeo en primera lectura se adoptó el 29 de

    noviembre de 2001 y el Consejo alcanzó un

    acuerdo político sobre una posición común el

    3 de diciembre de 2001. Para preparar la

    Comunicación y el plan de acción sobre la

    participación financiera de los trabajadores y

    para facilitar una amplia consulta sobre este

    tema, la Comisión publicó en julio un documento

    de trabajo 44.

    La Comisión adoptó también una Comunicación

    sobre los aspectos sociales de la contratación

    pública.

    ¿ Creación de un Observatorio Europeo

    del Cambio.

    ¿ Contribución de los interlocutores sociales

    a la aplicación de la estrategia de

    empleo.

    ¿ Adaptabilidad y modernización de las

    relaciones laborales en relación con la

    estrategia de empleo ¿segunda fase de

    consultas a los interlocutores sociales

    previas a la apertura de negociaciones

    sobre el teletrabajo¿- inicio en octubre

    de 2001.

    ¿ Insolvencia - posición común en diciembre

    de 2001 45.

    ¿ Comunicación por la que se interpretan

    aspectos sociales de la contratación

    pública 46.

    Responsabilidad social de las empresas

    Como resultado del Libro Verde sobre el

    fomento de un marco europeo para la responsabilidad

    social de las empresas se ha puesto

    en marcha a escala europea un amplio debate

    y un intercambio de buenas prácticas. Aunque

    sobre una base totalmente voluntaria,

    DOCUMENTACI¿N E INFORMES

    288 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

    44 SEC 2001 (1308) de 26-7-2001: ´ParticipaciÛn

    financiera de los trabajadores en la UniÛn Europeaª.

    45 COM(2000)832 de 15-1-2001: ´AproximaciÛn

    de las legislaciones de los Estados miembros relativas a la

    protecciÛn de los trabajadores asalariados en caso de

    insolvencia del empresarioª. Dictamen PE la lectura de

    29-11-2001; Acuerdo de la posiciÛn com˙n del PE y del

    Consejo de 3-12-2001.

    46 COM 2001 (566) de 15-10-2001: ´LegislaciÛn

    comunitaria de contratos p˙blicos y las posibilidades de

    integrar aspectos sociales en dichos contratosª.

    las empresas han mostrado gran interés en

    desarrollar y reforzar su propia responsabilidad

    social respecto a sus trabajadores y al

    entorno en el que están ubicadas. Es un

    aspecto esencial de cara a la aplicación del

    desarrollo sostenible y a una mejor articulación

    de los imperativos económicos, sociales y

    medioambientales, especialmente a la luz de

    las exigencias de los consumidores.

    ¿ Libro Verde sobre la responsabilidad

    social de las empresas 47.

  4. Fomento de la inclusión social

    Las conclusiones del Consejo Europeo de

    Lisboa señalaban explícitamente que «es

    inaceptable el número de personas que viven

    en la Unión por debajo del umbral de pobreza

    y excluidas socialmente». También explícitamente

    las conclusiones exigían que se tomaran

    medidas que tuvieran un impacto decisivo

    en la erradicación de la pobreza antes de

    2010. Aunque no llegó a fijar unos objetivos

    comúnmente aceptados, Lisboa estableció las

    primeras medidas que deberían orientar los

    esfuerzos dirigidos a reforzar la cooperación a

    escala de la UE sobre las políticas de lucha

    contra la pobreza y la exclusión social. También

    afirmaba explícitamente que el «método

    abierto de coordinación» debía ser la base

    adecuada para dicha cooperación.

    Estrategia de inclusión social - el método

    abierto de coordinación

    Este salto adelante, de gran importancia

    política, se desarrolló aún más en la Agenda

    de política social, principalmente a través del

    compromiso de presentar a más tardar en

    junio de 2001 un plan nacional de acción para

    los dos años siguientes. Los objetivos de la

    estrategia a los que pretenden responder

    estos planes se fijaron en el Consejo Europeo

    de Niza 48. Abordan la naturaleza compleja y

    multidimensional de la pobreza y de la exclusión

    social y movilizan un amplio abanico de

    políticas. Son cuatro los objetivos identificados:

    ¿ fomento de la participación en el empleo

    y del acceso a los recursos, derechos,

    bienes y servicios por parte de todos,

    ¿ prevención de los riesgos de exclusión,

    ¿ actuación en favor de los más vulnerables,

    o movilización de todos los agentes.

    El informe conjunto sobre la integración

    social contiene un análisis detallado de la

    situación en todos los Estados miembros, una

    evaluación de los desafíos clave de cara al

    futuro y una identificación de las buenas

    prácticas y de los enfoques innovadores de

    interés general. Sobre la base de los planes

    nacionales de acción contra la pobreza y la

    exclusión social presentados por todos los

    Estados miembros en junio de 2001, y a la luz

    de los cuatro objetivos comunes, el informe es

    el primer documento político de la Comisión y

    el Consejo sobre la pobreza y la exclusión

    social a escala de la UE y, en consecuencia,

    constituye un hito en el fortalecimiento del

    modelo social europeo. Proporciona asimismo

    una demostración de la viabilidad del método

    abierto de coordinación en el ámbito social y

    del potencial del método de revisión por los

    pares, esencial para conseguir la íntegra aplicación

    de esta estrategia.

    También se han realizado progresos significativos

    en lo relativo al desarrollo y perfeccionamiento

    de indicadores definidos y adoptados

    de común acuerdo para el campo de la

    integración social. Además, se pondrá en

    marcha un plan de acción quinquenal (2002-

    2006) que promoverá la mejora de la com-

    SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA

    289 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

    47 COM(2001)366 de 18-7-2001: ´Libro Verde -

    Fomentar un marco europeo para la responsabilidad

    social de las empresasª. ResoluciÛn del Consejo de 3-

    12-2001.

    48 Acuerdo polÌtico del Consejo el 17 de octubre de

    2000.

    prensión y la medición de la pobreza y la

    exclusión social, el intercambio de información

    y de buenas prácticas y el establecimiento

    de redes entre las organizaciones competentes

    al respecto a través de toda una serie

    de acciones a las que se destinarán 75 millones

    de euros. Por otra parte, dichas acciones

    favorecerán la participación activa de las

    organizaciones no gubernamentales y de

    otras partes interesadas que pueden desempeñar

    un papel fundamental en la aplicación

    de esta estrategia. El programa de acción

    contiene una iniciativa centrada en las políticas

    que complementa la investigación científica

    sobre exclusión social e integración

    social financiada por el programa de investigación

    socioeconómica de la Comunidad

    Europea.

    Medidas clave

    ¿ Aplicación, plenamente satisfactoria,

    del método abierto de coordinación en el

    ámbito de la integración social.

    ¿ Acuerdo sobre objetivos comunes alcanzado

    en el Consejo Europeo de Niza.

    ¿ Desarrollo de indicadores definidos y

    adoptados de común acuerdo bajo los

    auspicios del Comité de Protección

    Social.

    ¿ Preparación y presentación por los

    Estados miembros de planes nacionales

    de acción bienales contra la pobreza y la

    exclusión social.

    ¿ Informe conjunto sobre la integración

    social presentado por la Comisión y los

    Estados miembros en el que se identifican

    las buenas prácticas y los enfoques

    innovadores de interés común 49.

    ¿ Decisión del Consejo y del Parlamento

    por la que se establece un programa de

    acción comunitario quinquenal para

    luchar contra la exclusión social 50.

    Estas medidas constituyen otros tantos

    puntos de partida importantes pero habrán

    de intensificarse las acciones y deberán realizarse

    mayores esfuerzos políticos durante los

    cinco próximos años si queremos que el

    impacto sobre la pobreza y la exclusión social

    sea realmente decisivo.

    La brecha digital

    Para prevenir la exclusión social y la pobreza

    se requieren medidas que garanticen el

    acceso a las nuevas tecnologías. La existencia

    de una brecha digital crearía nuevos obstáculos

    y barreras a la plena participación en el

    mercado de trabajo y en la sociedad. Por otro

    lado, las tecnologías de la información ofrecen

    oportunidades para desmantelar algunas de

    las barreras existentes. Además de los trabajos

    en curso tanto en el contexto de la estrategia

    europea de empleo como en el del método abierto

    de coordinación sobre la integración social,

    el Consejo adoptó una Resolución relativa a la

    integración social mediante las tecnologías

    electrónicas, que implicaba una intensificación

    de los esfuerzos políticos y respondía a los desafíos

    identificados en un documento de la

    Comisión sobre el potencial de la sociedad de la

    información en términos de integración social.

    Medidas clave

    ¿ Comunicación sobre e-Europe 2002:

    Impacto y prioridades 51.

    DOCUMENTACI¿N E INFORMES

    290 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

    49 COM(2001)565 de 10-10-2001: ´Proyecto de

    informe conjunto sobre la integraciÛn socialª. AdopciÛn

    por el Consejo de 3-12-2001.

    50 COM(2000)368 de 16-6-2000: ´DecisiÛn por la

    que se establece un programa de acciÛn comunitario a

    fin de fomentar la cooperaciÛn entre los Estados miembros

    para luchar contra la exclusiÛn socialª, DecisiÛn PE

    3¿ lectura de 15-11-2001; DecisiÛn Consejo 3¿ lectura

    de 21-11-2001.

    51 COM(2001)140 de 13-3-2001: ´e-Europe 2002:

    Impacto y prioridades - ComunicaciÛn al Consejo Euro-

    ¿ Integración social mediante las tecnologías

    electrónicas - El potencial de la

    sociedad de la información en términos

    de integración social en Europa 52.

    ¿ Resolución del Consejo de 8 de octubre

    de 2001 relativa a la integración social

    mediante las tecnologías electrónicas -

    aprovechar las oportunidades de integración

    social que brinda la sociedad de

    la información 53.

    Lucha contra todos los tipos de

    discriminación

    La equidad social exige el respeto de los

    derechos fundamentales y la lucha contra la

    discriminación. Son éstos los componentes

    esenciales de una sociedad equitativa y del

    respeto de la dignidad humana. La Agenda

    de política social hizo mucho hincapié en

    este aspecto, sobre todo en lo que se refiere

    al establecimiento de normas comunes obligatorias.

    Esta política queda reflejada claramente

    en dos Directivas basadas en el artículo 13

    del Tratado CEE ¿el artículo antidiscriminación

    ¿ y que deben incorporarse al Derecho

    interno a más tardar en 2003. La promoción

    de la sensibilización sobre esta cuestión y la

    puesta en marcha de acciones concretas dirigidas

    a potenciar la no discriminación se apoyan

    mediante el programa de acción acordado

    por el Consejo y el Parlamento Europeo, por

    el que se ponen 100 millones de euros a disposición

    durante un periodo de seis años.

    Este programa favorece también la participación

    activa de la sociedad civil.

    Medidas clave

    ¿ Directiva relativa a la aplicación del

    principio de igualdad de trato de las personas

    independientemente de su origen

    racial o étnico 54.

    ¿ Directiva relativa al establecimiento de

    un marco general para la igualdad de

    trato en el empleo y la ocupación 55.

    ¿ Decisión por la que se establece un programa

    de acción comunitario para

    luchar contra la discriminación 56.

    Política de integración de los

    ciudadanos de terceros países

    Además de la estrategia europea de

    empleo, con su insistencia en la igualdad de

    acceso al mercado de trabajo, y de la estrategia

    de integración social, las conclusiones del Consejo

    han supuesto un paso adelante de gran

    importancia en la extensión de la coordinación

    de los regímenes de seguridad social a los

    nacionales de terceros países sobre la base

    jurídica de la ampliación del Reglamento

    (CEE) nº 1408/71 a estas personas. El Consejo

    Europeo de Laeken pidió al Consejo que adoptara

    cuanto antes las medidas necesarias 57.

    SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA

    291 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

    52 SEC(2001)1428 de 28-9-2001: ´e-Inclusion - The

    Information Society's potential for social inclusiÛn in

    Europeª.

    53 ´e-Inclusion - Aprovechar las oportunidades de

    integraciÛn social que brinda la sociedad de la informaciÛn

    ª. ResoluciÛn del Consejo de 8-10-2001. DO

    C/2001/292/02 (18-10-2001).

    54 COM( 1999)566 de 24-11-1999: ´Directiva relativa

    a la aplicaciÛn del principio de igualdad de trato de las

    personas independientemente de su origen racial o Ètnico

    ª. Dictamen PE de 18-5-2000; AdopciÛn formal por el

    Consejo de 29-6-2000. DO L/2000/180/22 (19-7-2000).

    55 COM( 1999)565 de 25-11-1999: ´Directiva relativa

    al establecimiento de un marco general para la

    igualdad de trato en el empleo y la ocupaciÛnª. Dictamen

    PE de 5-10-2000; AdopciÛn formal por el Consejo

    de 27-11-2000. DO L/2000/303/16 (2-12-2000)

    56 COM( 1999)567 de 25-11-1999: ´DecisiÛn por la

    que se establece un programa de acciÛn comunitario

    para luchar contra la discriminaciÛn (2001-2006)ª. Dictamen

    PE de 5-10-2000; DO C/2001/178/253 (22-6-

    2001). AdopciÛn formal por el Consejo de 27-11-2000;

    DO L/2000/303/23 (2-12-2000).

    57 VÈase el punto 29 de las conclusiones de la Presidencia

    del Consejo Europeo de Laeken.

    La Comisión también ha propuesto una

    directiva sobre las condiciones de entrada y

    residencia de nacionales de terceros países

    por razones de trabajo por cuenta ajena y de

    actividades económicas por cuenta propia.

    Medidas clave

    ¿ Acuerdo sobre la base jurídica de la

    ampliación del Reglamento nº 1408/71

    sobre la extensión de la coordinación de

    los regímenes de seguridad social a los

    nacionales de terceros países 58.

    ¿ Propuesta de directiva sobre las condiciones

    de entrada y residencia de nacionales

    de terceros países por razones de

    trabajo por cuenta ajena y de actividades

    económicas por cuenta propia 59.

    Integración de las personas con

    discapacidad

    Para aumentar la sensibilización sobre la

    discapacidad, profundizar en la integración

    de las personas con discapacidad en la economía

    y reforzar las oportunidades de que disponen

    para participar plenamente en la

    sociedad, el año 2003 se declaró Año europeo

    de las personas con discapacidad. La sensibilización

    sobre la discapacidad y el intercambio

    de experiencias y de buenas prácticas

    deberán servir para la aplicación eficaz de las

    medidas adoptadas en el contexto de la estrategia

    europea de empleo y del método abierto

    de coordinación en el ámbito de la integración

    social.

    Medidas clave

    ¿ Decisión sobre el Año europeo de las

    personas con discapacidad 60.

    Cooperación eficaz

    Las políticas de lucha contra la pobreza, la

    exclusión y la discriminación son, por definición,

    ámbitos en los que una amplia gama de

    agentes debe participar en la concepción y la

    aplicación de las medidas. En este sentido,

    son ámbitos en los que es de plena aplicación

    la noción de mejor gobernanza, a través de

    una participación activa de los diferentes

    agentes a todos los niveles y de la responsabilidad

    compartida. Esta mejor gobernanza exige

    apertura, transparencia, eficacia, coherencia

    y respondibilidad. Asimismo debe implicar

    el compromiso de respetar las diferentes

    culturas y tradiciones.

    La participación de la sociedad civil se

    basa en una amplia definición y abarca una

    amplia gama de agentes, en especial las

    ONG, las autoridades locales y regionales, los

    sindicatos y las organizaciones empresariales.

  5. Modernización de la protección social

    También en lo referente a la protección

    social aportó el Consejo Europeo de Lisboa un

    impulso de gran importancia, al señalar que

    los desafíos comunes pueden afrontarse

    mejor mediante la cooperación. Por su parte,

    las orientaciones políticas de Niza subrayan

    que la modernización de los sistemas de protección

    social debe satisfacer los requisitos de

    la solidaridad, sobre todo en lo que se refiere

    a la jubilación y a la asistencia sanitaria, pero

    debe contribuir también a un Estado activo

    DOCUMENTACI¿N E INFORMES

    292 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

    58 COM( 1998)779 de 21-12-1998: ´Propuesta de

    reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo

    a la coordinaciÛn de los sistemas de seguridad

    social. AmpliaciÛn del Reglamento (CEE) nº 1408/71 a

    los nacionales de terceros paÌses = Conclusiones del

    Consejo sobre la base jurÌdicaª. Conclusiones del Consejo

    (Empleo y PolÌtica Social) de 3-12-2001.

    59 COM(2001)386 de 11-7-2001: ´Condiciones de

    entrada y residencia de nacionales de terceros paÌses

    por razones de trabajo por cuenta ajena y de actividades

    econÛmicas por cuenta propiaª.

    60 COM(2001)271 de 29-5-2001: ´AÒo europeo de

    las personas con discapacidad - 2003ª. Dictamen PE de

    15-11-2001; AdopciÛn formal por el Consejo de 3-12-

    2001.

    del bienestar que favorezca la participación

    en el empleo.

    Cooperación para unas pensiones

    seguras y viables

    La primera cuestión es la relativa a los

    sistemas de pensión. Es un ámbito en el que

    la modernización es urgente habida cuenta

    del envejecimiento demográfico y de su

    impacto en el ratio de dependencia de las

    personas de edad avanzada. Si no se adoptan

    medidas -dirigidas principalmente a

    incrementar la participación en el empleo, a

    consolidar las finanzas públicas y a adaptar

    los sistemas de protección social- en el futuro

    las pensiones podrían resultar insostenibles

    económicamente con lo que desaparecería

    su capacidad de satisfacer sus objetivos

    sociales.

    Aunque la reforma de los sistemas de

    pensiones sigue siendo competencia de los

    Estados miembros, la cooperación a escala

    de la Unión Europea se ha intensificado,

    principalmente a través del Comité de Protección

    Social, y se ha beneficiado del trabajo

    llevado a cabo por el Comité de Política

    Económica y de su análisis del impacto presupuestario

    del envejecimiento. En el Consejo

    Europeo de Gotemburgo se subrayó el

    potencial del método abierto de coordinación

    y en el Consejo Europeo de Laeken se

    aprobaron los objetivos marcados para los

    informes nacionales.

    Estos objetivos comunes para unos sistemas

    de pensiones sostenibles hacen hincapié

    en la necesidad de mantener la solidaridad de

    los mismos y a la vez un nivel adecuado de las

    pensiones, en la necesidad de garantizar la

    sostenibilidad financiera mediante un alto

    nivel de empleo, una gestión solvente de las

    finanzas públicas y unas reformas adecuadas

    de las pensiones y, por último, en la de modernizar

    los sistemas de pensiones para reflejar

    las necesidades cambiantes de la sociedad y

    de los individuos.

    Medidas clave

    ¿ Comunicación sobre la evolución futura

    de la protección social desde una perspectiva

    a largo plazo 61.

    ¿ Comunicación sobre el apoyo a las estrategias

    nacionales para garantizar pensiones

    seguras y viables 62.

    ¿ Contribuciones del Comité de Protección

    Social y del Comité de Política Económica:

    examen del impacto social y

    financiero del envejecimiento demográfico

    ¿incluida la elaboración de un informe

    conjunto¿ y promoción de la cooperación

    en favor de una pensiones seguras y

    viables.

    ¿ Objetivos para un método abierto de

    coordinación en materia de pensiones

    adoptados en el Consejo Europeo de

    Laeken.

    Sanidad

    El plazo marcado por la Agenda de política

    social para la acción concreta en materia

    de asistencia sanitaria es 2003 63. La Comisión

    ha preparado el terreno para este trabajo

    presentando una Comunicación sobre

    el futuro de la asistencia sanitaria y de la

    atención a las personas mayores, particu-

    SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA

    293 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37

    61 COM(2000)622 de 11-10-2000: ´EvoluciÛn futura

    de la protecciÛn social desde una perspectiva a largo

    plazo: Pensiones seguras y viablesª. ResoluciÛn del PE

    de 17-5-2001

    62 COM(2001)362 de 3-7-2001: ´Apoyo a las estrategias

    nacionales para garantizar pensiones seguras y

    viables mediante un planteamiento integradoª.

    63 COM(2000)285 de 16-5-2000: ´ComunicaciÛn

    de la ComisiÛn al Consejo, al Parlamento Europeo, al

    ComitÈ EconÛmico y Social y al ComitÈ de las Regiones

    sobre la estrategia sanitaria de la Comunidad Europeaª

    (285-1). ´Propuesta de decisiÛn del Parlamento Europeo

    y del Consejo por la que se adopta un programa de

    acciÛn comunitario en el ·mbito de la salud p˙blica

    (2001-2006)ª (285-2).

    larmente en el contexto del envejecimiento

    demográfico 64.

    Esta Comunicación examina las bases de

    cooperación del Tratado y del acervo comunitario

    y subraya que los sistemas nacionales

    se enfrentan a retos comunes, como el envejecimiento,

    las innovaciones técnicas y las nuevas

    demandas de los ciudadanos derivadas de

    la mejora del nivel de vida y de la información.

    Establece tres objetivos a largo plazo

    que deberían alcanzarse simultáneamente:

    ¿ Garantizar el acceso de todos los ciudadanos

    a la asistencia sanitaria

    ¿ Mejorar la calidad de los sistemas de

    asistencia sanitaria

    ¿ Mantener la estabilidad financiera de

    los sistemas de sanidad

    Esta Comunicación contribuirá a la elaboración

    del informe conjunto de situación relativo

    a las orientaciones en el ámbito de la

    sanidad y de la asistencia a las personas

    mayores que el Comité de Protección Social y

    el Comité de Política Económica presentarán

    al Consejo Europeo de Barcelona.

    Los trabajos en este ámbito deben realizarse

    a la luz de la estrategia comunitaria en

    materia de sanidad.

  6. Promoción de la igualdad entre hombres y

    mujeres

    Integración en las demás políticas

    La promoción de la igualdad entre hombres

    y mujeres en toda la Unión Europea se

    sustenta en dos pilares: la integración en las

    demás políticas y la aplicación de medidas

    específicas. La integración implica que la

    igualdad entre hombres y mujeres debe convertirse

    en un foco de atención ¿y de los ajustes

    que resulten necesarios¿ en todos los

    ámbitos políticos. La promoción de la igualdad

    entre hombres y mujeres, además de

    basarse en derechos, constituye uno de los

    elementos esenciales del progreso social y

    económico. Ésta es la razón por la que tiene

    tanta relevancia dentro de la estrategia de

    empleo y por la que ocupa también un lugar

    en la estrategia de integración. El objetivo

    general es fomentar la plena participación de

    la mujer en la vida económica, científica,

    social, política y ciudadana.

    El informe anual contenía un examen

    general de los progresos realizados en el

    ámbito de la igualdad entre hombres y mujeres;

    en él se sentaban las bases del primer programa

    de trabajo anual de cada servicio de la

    Comisión para la aplicación de la estrategia

    marco sobre la igualdad entre hombres y

    mujeres 65. Por otro lado, una Comunicación

    sobre la integración de la igualdad entre hombres

    y mujeres en la cooperación al desarrollo

    ilustraba la forma en que dicha integración

    tiene lugar en otros ámbitos políticos 66.

    Medidas antidiscriminación de obligado

    cumplimiento

    El Parlamento Europeo y el Consejo están

    negociando la revis

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