Cuadro de indicadores sobre la aplicación de la Agenda de Política Social
Autor | Sonsoles de la Villa de la Serna |
Páginas | 267-300 |
267 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37
Cuadro de indicadores sobre la
aplicación de la Agenda de Política
Social
SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA *
SUMARIO: PRESENTACIÓN.¿1. COMUNICACIÓN DE LA COMISION AL CONSEJO,
AL PARLAMENTO EUROPEO, AL COMITÉ ECONOMICO Y SOCIAL Y AL COMITÉ
DE LAS REGIONES (2001). 1.1. Introducción. 1.2. Evaluación general. 1.3. Hacia más y mejores
puestos de trabajo. 1.4. Prever y gestionar el cambio en el entorno de trabajo mediante un
equilibrio renovado entre flexibilidad y seguridad. 1.5. Combatir la pobreza y todas las formas
de exclusión y discriminación a fin de fomentar la integración social. 1.6. Modernizar la protección
social. 1.7. Promover la igualdad entre hombres y mujeres. 1.8. Fortalecer los aspectos
sociales de la ampliación y de las relaciones exteriores de la Unión Europea.¿2. COMUNICACIÓN
DE LA COMISION AL CONSEJO, AL PARLAMENTO EUROPEO, AL COMITÉ
ECONOMICO Y SOCIAL Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES (2002). 2.1. Introducción.
2.2. El empleo y la situación social. 2.3. La aplicación de la Agenda de Política Social. a) Hacia
más y mejores puestos de trabajo. b) Previsión y gestión del cambio. 3.3. Fomento de la inclusión
social. c) Modernización de la protección social. d) Promoción de la igualdad entre hombres
y mujeres. 3.6. Refuerzo de los aspectos de política social de la ampliación y de las relaciones
exteriores de la Unión Europea. 2.4. Conclusiones y perspectivas.
PRESENTACIÓN
La aprobación de la Agenda de Política
Social (Resolución de 25 de octubre de
2000) ha sido un acontecimiento de
indudable interés para la política social europea.
Abarcando un amplio período de siete
años, se encuentra prácticamente en el
momento de arranque y sus resultados son
aún inciertos, pero no hay ninguna razón
objetiva para no juzgarlos esperanzadores.
La Agenda materializa el compromiso tanto
de los quince como de las instituciones europeas
para la modernización y mejora del
modelo social europeo, en lo que asimismo
han de participar las autoridades regionales
y locales, los interlocutores sociales a nivel
europeo, las organizaciones no gubernamentales
y algunas empresas. Los objetivos son
muy ambiciosos y, por tanto, muy difíciles de
alcanzar, puesto que se trata de reforzar de
modo simultáneo la productividad, la competitividad,
la solidaridad y la justicia social.
Instrumentos imprescindibles son el método
abierto de coordinación (MAC), la legislación,
el diálogo social, los fondos estructurales
(en particular el FSE) y los diversos programas
puestos en práctica para cada acción
en concreto. Una auténtica prioridad es el
aumento radical de la tasa de participación * Abogada.
laboral, no sólo puesta la mira en mayor número
de empleos sino en mejor calidad de los mismos;
una clave a no perder de vista en el empeño
es el equilibrio entre la oferta y la demanda
de las nuevas cualificaciones necesarias en la
economía basada en el «conocimiento». Otro
propósito básico de la Agenda Social es el
fomento de la «inclusión social» para corregir
definitivamente el número inaceptable de personas
que viven en la propia Unión Europea
por debajo del llamado «umbral de la pobreza».
El Parlamento Europeo, en su Resolución
sobre el Cuadro de indicadores para la aplicación
de la Agenda Social (Documento 313.865)
¿sin perjuicio de criticar ácidamente que el
cuadro de indicadores se presentara al Consejo
Europeo de Estocolmo antes de que el Parlamento
lo hubiera podido examinar, y sin
perjuicio de reivindicar su participación futura
en la toma de decisiones sobre los indicadores
de referencia y en el ajuste progresivo de
la Agenda Social¿ ha avalado la indudable
importancia de ésta, reconociendo que constituye
un elemento clave de la modernización
económica y social de la Unión Europea, de
modo que su aplicación completa y sin dilaciones
habrá de resultar decisiva para realizar
los objetivos estratégicos fijados por el Consejo
Europeo de Lisboa (marzo 2000). Iniciativa
significativa del Parlamento es proponer que
la concentración de actividades políticas que
constituye la Agenda de Política Social debería
reflejarse en el Presupuesto de la Unión
Europea, corrigiendo el riesgo más que probable
de que los ámbitos del empleo y de los
asuntos sociales resulten negativamente afectados
por la reducción de los recursos destinados
a ambas acciones prioritarias.
En la Comunicación de la Comisión del
año 2002, se define plásticamente la Agenda
Social como «la hoja de ruta de la Unión Europea
» de cara a la modernización y la mejora
del modelo social europeo a través de la inversión
de las personas y de la construcción de
un estado del bienestar activo. Se presenta, a
la vez, la Agenda Social como un rotundo
ejemplo de nuevo y mejor gobierno y de cómo
pueden las autoridades públicas a escala
local, regional, nacional y comunitaria trabajar
de modo conjunto con los interlocutores
sociales y la sociedad civil con vistas a la
introducción satisfactoria de reformas.
Se reproducen seguidamente las dos Comunicaciones
de la Comisión al Consejo, al Parlamento
Europeo, al Comité Económico y Social y
al Comité de las Regiones de los años 2001 y
2002, para un mejor conocimiento de los planteamientos
habidos hasta el presente, aunque
desde luego el interés mayor se centra en la
segunda, principalmente porque en ella se sitúan
los retos inmediatos de la Agenda en cuanto
al empleo, la transformación del en torno de trabajo,
la integración social, la protección social, el
fomento de la igualdad entre hombres y mujeres
y la cooperación entre los países candidatos
para su preadhesión a la Unión.
1. COMUNICACIÓN DE LA
COMISIÓN AL CONSEJO, AL
PARLAMENTO EUROPEO, AL
COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL
Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES
(2001) *
1.1. Introducción
El Consejo Europeo de Niza aprobó la
Agenda de política social hasta 2005 e invitó
a la Comisión a presentar anualmente un
cuadro de indicadores sobre los progresos
realizados en la aplicación de la Agenda,
comenzando con la presentación de un primer
informe en la cumbre de Estocolmo.
La Agenda de política social se basa en la
Comunicación de la Comisión de 28 de junio
de 2000 1. El Comité Económico y Social y el
Comité de las Regiones adoptaron sendos dictámenes
el 19 de octubre de 2000 2 y el 13 de
DOCUMENTACI¿N E INFORMES
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* Bruselas, 22-02-2001. COM (2001) 104 final.
1 COM(2000)379: Agenda de polÌtica social.
2 CES/2000/1189: Agenda de polÌtica social.
diciembre de 2000 3, respectivamente. El Parlamento
Europeo aprobó su resolución el 25
de octubre y los Ministros de Empleo y Asuntos
Sociales aprobaron, el 28 de noviembre,
una contribución del Consejo. Tanto el Parlamento
Europeo como el Consejo solicitaron a
la Comisión la presentación de un cuadro de
indicadores a fin de evaluar los progresos realizados
en la aplicación de la Agenda. Los
interlocutores sociales y las ONG han participado
plenamente en todo el proceso y sus
aportaciones han sido tomadas en cuenta en
las posiciones adoptadas por la Comisión, el
Parlamento Europeo y el Consejo. Los Jefes
de Estado y de Gobierno ratificaron la Agenda
de política social en la cumbre de Niza.
La Agenda ofrece un marco coherente para
la realización de nuevas iniciativas, que no
sólo se derivan del Tratado de Amsterdam,
sino que son también fundamentales para la
transposición del calendario de reformas
acordado en Lisboa en marzo de 2000.
La cumbre de Lisboa definió para la Unión
Europea un objetivo estratégico sumamente
ambicioso, aunque pragmático, que consiste
en llegar a ser en 2010 «la economía basada
en el conocimiento más competitiva y dinámica
del mundo, capaz de crecer económicamente
de manera sostenible, con más y mejores
empleos y con mayor cohesión social».
Como señala la Comisión en sus objetivos
estratégicos para 2000-2005, es necesario un
enfoque destinado a conseguir la renovación
económica y social. El Consejo Europeo de Lisboa
propuso la adopción de una Agenda de
política social que recoja el compromiso de
todos los Estados miembros, las instituciones
europeas y otros agentes en favor de la modernización
y mejora del modelo social europeo.
A fin de simplificar la presentación, el cuadro
de indicadores mantiene los seis títulos
de la Agenda que figuran en las Conclusiones
de la Presidencia de la cumbre de Niza. Estos
títulos ofrecen una visión clara de la situación
por lo que respecta a las medidas adoptadas
para reforzar la calidad del trabajo, de
la política social y de las relaciones laborales.
1.2. Evaluación general
La Agenda de política social supone una
reforma, en particular para responder a las
transformaciones económicas y sociales y
ofrecer una respuesta positiva a las necesidades
de las personas y las empresas. Su objetivo
es reforzar simultáneamente la productividad
y la competitividad, así como la solidaridad
y la justicia social.
La presentación de un primer cuadro de
indicadores en la cumbre de Estocolmo, escasos
meses después de la aprobación de la
Agenda en Niza, significa que algunas iniciativas
se encuentran en una fase incipiente,
mientras que algunos resultados son imputables
a iniciativas emprendidas con anterioridad
a la adopción de la Agenda de política
social. No obstante, se trata de un proceso de
aplicación dinámico que reúne elementos
nuevos y antiguos y que asocia a numerosos
agentes a niveles diferentes. El cuadro de
indicadores refleja por lo tanto este aspecto
dinámico y flexible.
La presentación de este cuadro de indicadores
en una fase tan temprana del proceso
no sienta en modo alguno la forma ni el contenido
de los cuadros que se elaborarán en el
futuro para evaluar los progresos realizados
en la aplicación de la Agenda de política
social.
Cuanto más avanzado esté el proceso, más
podrá definirse de manera explícita el papel
de cada uno de los agentes implicados. Además,
el desarrollo de instrumentos que permitan
mejorar la evaluación, también desde
un punto de vista cualitativo, forma parte
intrínseca de la Agenda. Este aspecto deberá
examinarse con atención en los próximos cua-
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269 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37
3 CDR/2000/300/: Agenda de polÌtica social.
dros de indicadores. En este contexto, cabe
mencionar el informe anual de síntesis, preparado
para el Consejo europeo de primavera,
en el que se exponen, en particular, los
resultados concretos de las medidas adoptadas
con vistas a alcanzar el objetivo estratégico
establecido en Lisboa y los objetivos
específicos del programa global de reforma
económica y social.
La aplicación efectiva y duradera de la
Agenda de política social depende de la participación
activa de todos los agentes interesados,
la interacción positiva de todas las medidas
y la complementariedad de los instrumentos
políticos. Se ha invitado explícitamente
a las instituciones europeas, los
gobiernos nacionales, las autoridades regionales
y locales, los interlocutores sociales a
nivel europeo y en los Estados miembros, las
organizaciones no gubernamentales y las
empresas a que asuman sus responsabilidades
en la aplicación de la Agenda de política
social.
Sólo podrán lograrse avances reales si
todas las iniciativas se orientan hacia la consecución
del objetivo estratégico global. Por
ello, las políticas económicas, las políticas
sociales y las políticas de empleo deben reforzarse
mutuamente. Por esta misma razón, el
Método Abierto de Coordinación (MAC), la
legislación, el diálogo social, los Fondos
Estructurales (en particular el FSE) y los
programas ocupan un lugar preponderante.
La investigación, incluida la realizada en el
marco de los programas de investigación de la
UE, constituye un elemento fundamental
para adquirir una visión en profundidad de
algunas de las cuestiones contempladas en la
Agenda de política social.
1.3. Hacia más y mejores puestos
de trabajo
La Agenda requiere la adopción de políticas
que propicien un aumento radical de la
tasa de participación laboral en consonancia
con la máxima prioridad política de pleno
empleo acordada en Lisboa 4, y subraya la
importancia de empleos de mayor calidad.
Esto contribuirá a lograr una sociedad mejor
adaptada a las opciones personales de los
hombres y de las mujeres. La Agenda de política
social insiste, por lo tanto, en la necesidad
de reforzar la calidad del trabajo al tiempo
que se mejora la calidad de la política
social y de las relaciones laborales.
Se han realizado progresos en ambos aspectos
de esta cuestión clave gracias al paquete de
medidas para el empleo que incluye el «Informe
conjunto sobre el empleo de 2000» 5, la
Recomendación del Consejo sobre la aplicación
de las políticas de empleo de los Estados
miembros
6 y las «Directrices para las políticas
de empleo de los Estados miembros para el
año 2001
7. Estas últimas incorporan los objetivos
establecidos en Lisboa en las iniciativas
políticas. Se ha iniciado un debate preparatorio
sobre una evaluación de impacto en la
estrategia para el empleo en 2002.
Los interlocutores sociales expresaron su
apoyo al objetivo estratégico definido en Lisboa
en una declaración conjunta adoptada el
15 de junio de 2000. El 21 de noviembre de
ese mismo año adoptaron otra declaración
conjunta en la que solicitan la celebración de
una reunión anual con los interlocutores
sociales, antes de cada Consejo Europeo de
primavera, a fin de evaluar los progresos realizados
en la estrategia de aplicación definida
en Lisboa en favor del crecimiento económico
y el pleno empleo, y contribuir a la misma.
DOCUMENTACI¿N E INFORMES
270 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37
4 El Consejo Europeo de Lisboa estableciÛ como
objetivo final lograr para 2010 una tasa de empleo del
70 %, asÌ como un aumento hasta el 60 % de la tasa de
ocupaciÛn de las mujeres.
5 COM(2000)551: Informe conjunto sobre el
empleo de 2000.
6 COM(2000)549: AplicaciÛn de las polÌticas de
empleo de los Estados miembros.
7 COM(2000)548: Directrices para las polÌticas de
empleo de los Estados miembros para el aÒo 2001.
Los resultados de la estrategia para el
empleo reflejan los efectos positivos del método
abierto de coordinación. Las directrices,
acordadas a nivel europeo, definen una orientación
general. Los Estados miembros las
incorporan en sus políticas por medio de los
planes nacionales de acción, respetando plenamente
la diversidad existente en la UE. La
evaluación por el grupo de expertos europeos
refuerza el dinamismo y la voluntad de introducir
cambios reales. En este contexto, las
orientaciones generales de política económica
deberían proporcionar un marco amplio que
apoye y complemente la aplicación de los
objetivos específicos de la estrategia para el
empleo.
El diálogo macroeconómico, que reúne a
representantes del Consejo, la Comisión, el
Banco Central Europeo y los interlocutores
sociales, es de gran importancia, ya que permite
a los principales agentes intercambiar
información sobre sus objetivos e intereses
respectivos en lo relativo al papel que debe
desempeñar la política macroeconómica en el
apoyo de las reformas estructurales y en el
fomento del empleo.
El principal instrumento financiero de la
estrategia europea para el empleo es el Fondo
Social Europeo. Los documentos de programación
para 2000-2006 ya han sido elaborados
y aprobados por la Comisión. El FSE
constituye un instrumento esencial de aproximación
de las políticas nacionales y regionales
a las políticas comunitarias. La Comunicación
de la Comisión titulada «Apoyo prestado
por el Fondo Social Europeo a la Estrategia
europea del empleo
8 señala que la
inversión de 60 mil millones de euros en
recursos humanos durante el período 2000-
2006 contribuirá a modernizar y reformar los
mercados de trabajo en la UE, en consonancia
con los objetivos de la Unión.
EQUAL, la iniciativa comunitaria sobre
cooperación transnacional para combatir la
discriminación y la desigualdad en el mercado
de trabajo, también desempeña un papel
importante en este contexto. Además, la
Comisión adoptó una propuesta de Decisión
del Parlamento Europeo y del Consejo relativa
a las «Medidas comunitarias de incentivación
del empleo
9, a fin de apoyar económicamente
el trabajo futuro de elaboración de
nuevas políticas.
La consecución del pleno empleo y la mejora
de la calidad del trabajo exigen la participación
de muchos agentes a niveles diferentes.
La Comunicación titulada «Actuación
local en favor del empleo - Una dimensión
local para la estrategia europea de empleo
10
examina la manera de avanzar en estos
ámbitos.
a) Promover la movilidad
El mercado de trabajo europeo se basa en la
movilidad de los trabajadores y en las disposiciones
legales que facilitan dicha movilidad.
Se han conseguido algunos progresos en
materia de seguridad social y protección
social, en particular con la simplificación y la
reforma del Reglamento 1408/71 y las diversas
modificaciones del mismo. La Comisión
ha adoptado asimismo una propuesta de
Directiva relativa a las actividades de organismos
de previsión para la jubilación 11. Esta
iniciativa, una vez adoptada por el Consejo y
el Parlamento Europeo, debería fomentar la
movilidad laboral, puesto que permitiría
mantener la afiliación al mismo fondo de pensiones,
como ya es el caso para los trabajadores
desplazados.
SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA
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8 COM(2001)016: Apoyo prestado por el Fondo
Social Europeo a la Estrategia europea del empleo.
9 COM(2000)459: Medidas comunitarias de incentivaciÛn
del empleo.
10 COM(2000)196: ActuaciÛn local en favor del
empleo - Una dimensiÛn local para la estrategia europea
de empleo.
11 COM(2000)507: Propuesta de directiva relativa a
las actividades de organismos de previsiÛn para la jubilaciÛn.
b) Facilitar la transición a la economía basada
en el conocimiento
La Comunicación «Estrategias para la creación
de empleo en la sociedad de la información
12 propone soluciones concretas a determinados
problemas como el equilibrio entre
la oferta y la demanda de nuevas cualificaciones
necesarias en la economía basada en el
conocimiento y subraya, asimismo, la necesidad
de combatir la creciente «fractura digital
que separa a las personas que pueden
acceder a la sociedad de la información de las
que no pueden participar en ella.
En el contexto del seguimiento de los progresos
realizados, se ha elaborado un informe
de referencia en el que se analizan los datos de
los Estados miembros con respecto al número
de ordenadores en las escuelas, la formación
del profesorado, el nivel de cualificación de la
mano de obra en el ámbito de las TIC, el teletrabajo
y el acceso público a internet. Además,
las Directrices para el empleo se han adaptado
a fin de integrar objetivos específicos para los
Estados miembros y los interlocutores sociales
en los ámbitos de la enseñanza (escuelas, profesores),
la mano de obra (cualificaciones, teletrabajo,
organización del trabajo) y la igualdad
(mujeres y tecnología). El compromiso asumido
por los Estados miembros para adoptar medidas
que permitan, antes de 2010, reducir a la
mitad el número de jóvenes entre 18 y 24 años
con una educación secundaria básica y que no
cursan otros estudios ni reciben formación es
crucial para la transición hacia la economía
basada en el conocimiento.
1.4. Prever y gestionar el cambio en
el entorno de trabajo mediante
un equilibrio renovado entre
flexibilidad y seguridad
Se trata de un ámbito particularmente
propicio al desarrollo de iniciativas por parte
de los interlocutores sociales, tanto a nivel
sectorial como interprofesional.
Constituye asimismo un ámbito basado en
una amplia gama de actividades especificas y
no en un paquete de medidas como en la
estrategia para el empleo. Sin embargo, un
enfoque de este tipo, que cuente con la participación
directa de los más interesados, permite
dar una respuesta específica por medio
de la legislación, de acuerdos vinculantes o de
cualquier otra acción pertinente.
Por lo que respecta a una cuestión crucial,
el Estatuto de la sociedad europea, se logró
un importante avance político en Niza. En
efecto, el Consejo alcanzó un acuerdo formal
al respecto en una reunión celebrada inmediatamente
después de la cumbre de Niza y
está en curso una nueva consulta del Parlamento
Europeo. Este hecho abre nuevas perspectivas
para la consecución de un acuerdo
sobre la Directiva relativa a la información y
consulta de los trabajadores.
El Consejo y el Parlamento acordaron
ampliar la Directiva de 1993 sobre el tiempo
de trabajo a la mayoría de los sectores y actividades
excluidas hasta ahora de su ámbito
de aplicación. Esta ampliación afecta a unos
cinco millones de trabajadores de los sectores
de la aviación, los ferrocarriles, el transporte
por carretera, la navegación marítima y fluvial,
el sector marino (offshore), así como a los
médicos en formación. El Consejo adoptó asimismo
una posición común sobre una Directiva
relativa a la ordenación del tiempo de trabajo
de los trabajadores móviles que llevan a
cabo actividades de transporte por carretera
y para conductores independientes. Por su
parte, los interlocutores sociales han celebrado
acuerdos en el sector de la aviación civil 13,
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272 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37
12 COM(2000)048: Estrategias para la creaciÛn de
empleo en la sociedad de la informaciÛn.
13 COM(2000)382: Acuerdo europeo sobre la ordenaciÛn
del tiempo de trabajo del personal de vuelo en
la aviaciÛn civil celebrado por la Association of European
Airlines (AEA), la European Transport Workers' Federation
(ETF), la European Cockpit Association (ECA), la
confirmados con la adopción de una Directiva
por parte del Consejo. En el sector de las telecomunicaciones,
los interlocutores sociales
han adoptado directrices sobre el teletrabajo 14
y, en el sector del comercio, prosiguen las
negociaciones sobre el teletrabajo y el envejecimiento
de la mano de obra.
El Consejo alcanzó un acuerdo político
para la adopción de una posición común con
respecto a las propuestas de directivas sobre
andamios 15 y agentes físicos (vibraciones) 16
en el ámbito de la salud y la seguridad.
Los interlocutores sociales han concluido
también la primera ronda de consultas sobre
la modernización y la mejora de las relaciones
laborales, han emprendido negociaciones
relativas a las agencias de trabajo temporal,
trabajan en la definición de las cuestiones
que deben examinarse con respecto al teletrabajo
y han establecido un grupo de trabajo
encargado de examinar las posibilidades
para fomentar el acceso al aprendizaje permanente
y la mejora de las cualificaciones
tanto de los hombres como de las mujeres.
Han participado, además, en los preparativos
para la creación de un «Centro europeo para
el cambio
en el marco de la Fundación de
Dublín. Como resultado de la serie de consultas
formales desarrolladas con los interlocutores
sociales en materia de insolvencia, la
Comisión ha presentado una propuesta de
revisión de la Directiva sobre insolvencia 17.
La cuestión de la responsabilidad empresarial
recibió un impulso considerable con la
firma, por las empresas y la Comisaria de
Empleo y Asuntos Sociales, de las orientaciones
para la transmisión voluntaria de información
en materia de responsabilidad social
de las empresas. Además, se han adoptado
códigos de conducta sectoriales relativos a los
derechos sociales en las industrias del calzado
y el cuero 18, que completan los ya existentes
en la industria textil y de la confección, así
como en el sector del comercio.
1.5. Combatir la pobreza y todas
las formas de exclusión y
discriminación a fin de
fomentar la integración social
a) Promover la inclusión social
La Agenda de política social ofrece un
enfoque a nivel europeo para fomentar la
inclusión social. Dicho enfoque debería servir
para hacer frente a lo que en la cumbre de
Lisboa se consideró «un número inaceptable
de personas que viven en la Unión por debajo
del umbral de pobreza
.
El Comité de protección social 19 (integrado
por representantes de los Estados miembros,
apoyados por la Comisión), cuya creación
figura ahora en el proyecto de Tratado de
Niza 20, constituye una plataforma idónea
para llevar adelante dicho enfoque. Este
Comité preparó la estrategia aprobada por el
Consejo en octubre con respecto a las políti-
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273 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37
European Regions Airline Association (ERA) y la International
Air Carrier Association (IACA).
14 Firmadas el 7 de febrero.
15 1998/0327 (COD) y COM(2000)648: Propuesta
modificada de directiva por la que se modifica por
segunda vez la Directiva 89/655/CEE relativa a las disposiciones
mÌnimas de seguridad y de salud para la utilizaciÛn
por los trabajadores en el trabajo de los equipos de
trabajo (2¿ Directiva especÌfica con arreglo a lo dispuesto
en el artÌculo 16 de la Directiva 89/391/CEE).
16 1994/0449 (COD) y COM( 1994)284: Propuesta
modificada de Directiva del Consejo sobre las disposiciones
mÌnimas de seguridad y de salud relativas a la
exposiciÛn de los trabajadores a los riesgos derivados de
los agentes fÌsicos (dÈcima Directiva especÌfica con arreglo
a lo dispuesto en el artÌculo 16 de la Directiva
89/391/CEE).
17 COM(2000)832: AproximaciÛn de las legislaciones
de los Estados miembros relativas a la protecciÛn de
los trabajadores asalariados en caso de insolvencia del
empresario.
18 Noviembre de 2000.
19 COM(2000)134: CreaciÛn de un ComitÈ de protecciÛn
social.
20 SN 533/00: Proyecto de Tratado de Niza.
cas de integración, incluida la definición de
los objetivos que subyacen a los Planes Nacionales
de Acción (PNA) para los próximos dos
años. Los PNA se presentarán en junio del
presente año y permitirán a los Estados
miembros desarrollar iniciativas en el contexto
del método abierto de coordinación, con
objeto de desarrollar una política de integración
global que responda a las necesidades
específicas de cada país.
Como complemento de esta estrategia, la
Comisión ha propuesto un programa 21 para
combatir la exclusión social, cuyo objetivo es
establecer metodologías comparables para
medir la pobreza, fomentar la cooperación
entre los Estados miembros y apoyar el
refuerzo de las capacidades de las ONG y su
organización en redes, con vistas a luchar
contra la exclusión social.
Las ONG han participado en los debates
informales del Consejo, así como en los trabajos
preparatorios sobre el programa para
combatir la exclusión.
-
Luchar contra la discriminación y
reforzar los derechos fundamentales
La adopción de la Carta de los Derechos
Fundamentales de la Unión Europea, que
engloba en un único documento europeo los
derechos fundamentales, económicos y sociales,
constituye un logro esencial.
Los progresos realizados en la lucha contra
la discriminación han sido muy significativos.
Dos Directivas 22, 23, aprobadas unánimemente
por el Consejo en un tiempo récord,
previa consulta al Parlamento Europeo,
resaltan la voluntad de todos los Estados
miembros de adoptar un marco legislativo
que ofrezca un nivel mínimo común de protección
contra la discriminación. El programa
de acción 24, aprobado por el Consejo, previa
consulta al Parlamento, contempla incentivos
económicos destinados a completar la
legislación con campañas de sensibilización,
intercambios de información y divulgación de
las mejores prácticas, tanto en el ámbito
legislativo como fuera de él. La Comisión ha
tenido en cuenta las contribuciones de las
ONG en la elaboración del paquete de medidas
para combatir la discriminación.
Un colectivo de ciudadanos que se enfrenta
a obstáculos difíciles de superar cuando
trata de participar en los distintos aspectos
de la vida económica y social son las personas
con discapacidad. La Comunicación de la
Comisión «Hacia una Europa sin barreras
para las personas con discapacidad» 25 muestra
la manera de superar estas barreras. Por
otra parte, el Día Europeo de las Personas
con Discapacidad se ha consagrado a la discriminación
en el empleo. El trabajo sobre
estas cuestiones se lleva a cabo en estrecha
colaboración con el Foro europeo de personas
con discapacidad.
1.6. Modernizar la protección
social
Los sistemas de protección social se
enfrentan a retos similares en toda la Unión
Europea, por lo que es esencial intensificar la
cooperación entre los Estados miembros sin
que ello signifique negar la responsabilidad
de cada uno con respecto a su propio sistema.
DOCUMENTACI¿N E INFORMES
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21 COM(2000)368: Establecimiento de un programa
de acciÛn comunitario a fin de fomentar la cooperaciÛn
entre los Estados miembros para luchar contra la
exclusiÛn social.
22 COM( 1999)565: Establecimiento de un marco
general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupaciÛn.
23 COM(1999)566: AplicaciÛn del principio de
igualdad de trato de las personas independientemente
de su origen racial o Ètnico.
24 COM(1999)567: Establecimiento de un programa
de acciÛn comunitario para luchar contra la discriminaciÛn
(2001-2006).
25 COM(2000)284: Hacia una Europa sin barreras
para las personas con discapacidad.
La cooperación tiene por objeto facilitar la
revisión y adaptación de los sistemas a las
transformaciones económicas y sociales, con
vistas a lograr el doble objetivo de solidaridad
y justicia social junto con un estado del bienestar
activo basado en incentivos y en el
fomento de una participación elevada en el
mercado de trabajo.
El establecimiento formal del Comité de
protección social constituye un hecho decisivo
en favor de la cooperación europea en el ámbito
social. Este Comité ofrece a los Estados
miembros una plataforma propicia al intercambio
de información en aras de la modernización
de los sistemas de protección social.
En el plano político, la Comisión ha adoptado
una Comunicación en materia de pensiones
26, en el marco de la estrategia concertada
sobre protección social. Esto ha servido como
punto de partida para que el Comité de protección
social inicie una reflexión sobre la sostenibilidad
de los sistemas de protección
social. El Consejo Europeo de Niza aprobó un
informe de situación sobre la protección
social, elaborado por el Comité a petición del
Consejo Europeo de Lisboa, en el que se examina
la cuestión de la viabilidad de los sistemas
de pensiones y se incluye la contribución
del Comité de Política Económica. La Comisión
ha preparado asimismo una Comunicación
sobre la contribución de las finanzas
públicas al crecimiento y al empleo: mayor
calidad y sostenibilidad 27.
1.7. Promover la igualdad entre
hombres y mujeres
Con arreglo a lo dispuesto en el Tratado de
la CE, la igualdad entre hombres y mujeres
constituye uno de los principales objetivos y
ámbitos de actuación de la Comunidad Europea.
A este fin, se ha adoptado una nueva
estrategia marco para el periodo 2000-2005 28
basada en la transversalidad de la igualdad
de oportunidades y en la realización de
acciones específicas, que debe desempeñar
un papel importante en la eliminación de las
desigualdades entre hombres y mujeres en
la economía y la sociedad en general. Dicha
estrategia se complementa con un programa 29
adoptado por el Consejo, previa consulta al
Parlamento Europeo, en el que se contemplan
ayudas económicas para el desarrollo
de campañas de sensibilización, la recogida
de datos y la realización de proyectos transnacionales.
La Comisión ha adoptado una propuesta
de directiva por la que se modifica la Directiva
76/207/CEE 30 relativa a la igualdad de
trato entre hombres y mujeres. El objetivo de
la propuesta de directiva es definir el acoso
sexual en el trabajo como una discriminación
ilícita por motivos de sexo.
El Comité consultivo sobre la igualdad de
oportunidades, formado por representantes
de los Estados miembros, los interlocutores
sociales y las organizaciones que trabajan en
favor de la igualdad de oportunidades, así
como el Lobby Europeo de Mujeres, ha desempeñado
un papel crucial en la adopción de
medidas concretas.
Además, como seguimiento de la Conferencia
de Pekín sobre la Mujer, el Consejo ha
SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA
275 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37
26 COM(2000)622: EvoluciÛn futura de la protecciÛn
social desde una perspectiva a largo plazo: Pensiones
seguras y viables.
27 COM(2000)846: ContribuciÛn de las finanzas
p˙blicas al crecimiento y al empleo: mayor calidad y
sostenibilidad.
28 COM(2000)335: Hacia una estrategia marco
comunitaria sobre la igualdad entre hombres y mujeres
(2001-2005).
29 COM(2000)335: Programa relativo a la estrategia
marco comunitaria sobre la igualdad entre hombres y
mujeres (2001-2005).
30 COM(2000)334: ModificaciÛn de la Directiva
76/207/CEE del Consejo relativa a la aplicaciÛn del principio
de la igualdad de trato entre hombres y mujeres en
lo que se refiere al acceso al empleo, a la formaciÛn y a
la promociÛn profesionales, y a las condiciones de trabajo.
adoptado unas conclusiones sobre la conciliación
de la vida familiar y profesional.
1.8. Fortalecer los aspectos sociales de
la ampliación y de las relaciones
exteriores de la Unión Europea
Tanto la ampliación de la Unión Europea
como sus relaciones exteriores constituyen en
muchos sentidos un desafío y una oportunidad
de actuación en el ámbito social. Además
del nuevo impulso dado a las negociaciones
de adhesión, se han emprendido acciones
específicas importantes para ayudar a los
países candidatos a elaborar políticas y establecer
el corpus institucional necesario (sector
público, interlocutores sociales, ONG)
para poder participar en las iniciativas comunitarias
en materia social. Un ejemplo de ello
es la firma de los denominados informes conjuntos
de evaluación, que la Comisión ha suscrito
ya con la República Checa, Eslovenia y
Polonia 31. A principios de 2001 se prevé la firma
de este tipo de informes con Hungría,
Estonia, Malta y Chipre.
En cuanto a las normas fundamentales del
trabajo, la Comisión, en su Recomendación
de 15 de septiembre, invitó a los Estados
miembros a ratificar el Convenio 182 de la
OIT relativo a las peores formas de trabajo
infantil.
1.9. Conclusiones
A pesar de la fase incipiente en que se
encuentra la aplicación de la Agenda de política
social, se han realizado ya progresos
notables en la adopción de medidas concretas.
No obstante, la plena aplicación de la
Agenda depende del compromiso incondicional
de todos los agentes para asumir sus responsabilidades
y trabajar en favor de un crecimiento
económico sostenible, más y mejores
puestos de trabajo y una mayor cohesión
social. Los interlocutores sociales ocupan una
posición privilegiada que deben utilizar para
lograr progresos reales en los ámbitos de su
competencia.
2. COMUNICACIÓN DE LA
COMISIÓN AL CONSEJO, AL
PARLAMENTO EUROPEO, AL
COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL
Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES
(2002) *
2.1. Introducción
La Agenda de política social es la hoja de
ruta de la Unión Europea de cara a la
modernización y la mejora del modelo social
europeo a través de la inversión en las personas
y de la construcción de un Estado del
bienestar activo. Debería contribuir a la consecución
del objetivo estratégico establecido
en el Consejo Europeo de Lisboa de marzo de
2000.
Su objetivo es responder a los retos comunes
a los que se ve confrontada la UE y al mismo
tiempo lograr que se aprovechen al máximo
las nuevas oportunidades que se presentan.
La finalidad esencial de esta Agenda es
transponer el objetivo de Lisboa ¿perfilado en
las subsiguientes reuniones del Consejo
Europeo¿ mediante el establecimiento de una
interacción dinámica de medidas sociales,
laborales y económicas que se refuercen
mutuamente.
DOCUMENTACI¿N E INFORMES
276 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37
31 11 de mayo de 2000: EvaluaciÛn conjunta de las
prioridades polÌticas en materia de empleo de la Rep˙-
blica Checa. 18 de julio de 2000: EvaluaciÛn conjunta
de las prioridades polÌticas en materia de empleo de
Eslovenia. 29 de enero de 2001: EvaluaciÛn conjunta de
las prioridades polÌticas en materia de empleo de Polonia.
* Bruselas, 19-02-2002. COM (2002) 89 final.
La Agenda debería reforzar el papel de la
política social como factor productivo y también
la solidaridad y el bienestar social. La promoción
de la calidad es uno de los ejes fundamentales
en torno a los que se articula la Agenda.
Tanto el Parlamento Europeo como el Consejo
Europeo subrayaron la importancia que
revestía disponer de un cuadro de indicadores
para el seguimiento de los resultados y
para verificar la determinación y las contribuciones
de los diferentes agentes a la hora
de aplicar esta Agenda.
El punto de referencia respecto al cual
deben medirse los progresos realizados es la
Comunicación 1 de la Comisión de junio de
2000 y las orientaciones políticas formuladas
en el Consejo Europeo de Niza de diciembre
de 2000. Este es el segundo cuadro de indicadores,
cuya finalidad es presentar los progresos
realizados hasta el momento.
Este cuadro complementa, en relación con
las acciones que forman parte de la Agenda
de política social, el informe de síntesis anual
que se presentará al Consejo Europeo de primavera
de Barcelona 2.
2.2. El empleo y la situación social
El crecimiento del empleo fue en 2000 el
mayor de la pasada década. Se crearon casi
tres millones de nuevos puestos de trabajo,
con lo que la tasa de empleo alcanzó el 63,2 %,
es decir, un 1 % más que en 1999 pero todavía
un 4 % por debajo del objetivo intermedio de
Estocolmo y un 7 % inferior al objetivo de Lisboa
para 2010. Según recientes estimaciones,
el empleo aumentará en un 1,1 % en 2001 y la
tasa de empleo alcanzará el 64 %.
En el período 1998-2000, se crearon más
puestos de trabajo a tiempo completo que a
tiempo parcial. Los puestos de trabajo a tiempo
completo representaron el 70% de los
puestos de trabajo netos creados en 2000,
mientras que en 1999 esta proporción era del
60% y en 1998 del 54%.
La tasa de desempleo descendió en 2000
desde el 9,1 % hasta el 8,2 % y el número de
personas desempleadas disminuyó en 1,5
millones, lo cual representa el mayor descenso
de la década. De esta forma el número total
de personas desempleadas, todavía demasiado
elevado, pasó a ser de 14,5 millones. El
desempleo de larga duración disminuyó más
rápido que el desempleo general, llegando a
un 3,6 %. Para 2001, se estima que la tasa de
desempleo media de la UE-15 será del 7,7 %,
lo que corresponde a casi un millón de desempleados
menos, mientras que la de la zona del
euro será del 8,4 %.
Los resultados de las reformas estructurales
de los mercados de trabajo europeos
empiezan a ser visibles, especialmente en lo
que respecta a un aumento de la intensidad
de creación de empleo del crecimiento, a una
mayor creación de puestos de trabajo en los
sectores de las altas tecnologías y de intensa
concentración cognitiva ¿reflejo de la transición
hacia una economía basada en el conocimiento
¿ y a una mayor participación de la
mujer en el mercado de trabajo. Los sectores
de las altas tecnologías y de fuerte concentración
cognitiva han sido el motor de la creación
de puestos de trabajo en estos últimos tiempos,
contribuyendo con más del 60 % a los 10
millones de puestos de trabajo creados entre
1995 y 2000. Ello benefició no sólo a los trabajadores
altamente cualificados sino también
a las personas de cualificaciones medias
y bajas empleadas en dichos sectores. Más de
1,6 millones de los nuevos puestos de trabajo
fueron para las mujeres, cuya tasa de empleo
ascendió desde el 52,8 % de 1999 hasta el 54%
de 2000, estimándose que puede alcanzar el
54,7 % en 2001.
SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA
277 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37
1 COM(2000)379 de 28-6-2000: ´Agenda de polÌtica
socialª, ResoluciÛn del PE de 25-10-2000; Dictamen
del Consejo de 28-11-2000.
2 COM(2002)14 de 15-1-2002: ´ComunicaciÛn de
la ComisiÛn al Consejo Europeo de primavera en Barcelona:
La estrategia de Lisboa - Hacer realidad el cambioª.
No obstante, aún subsisten algunas flaquezas
estructurales en el empleo que requieren
una atención permanente y reforzada:
¿ Baja tasa de empleo de los trabajadores
de más edad: una tasa estimada del
38,3% para 2001, cuando el objetivo de
Estocolmo es alcanzar el 50 % en 2010.
¿ Brechas significativas entre hombres y
mujeres: 18 % en la tasa de empleo y
14% en la remuneración.
¿ Niveles elevados de desempleo: alrededor
del 8% de la población activa, con un 3,6%
de desempleo de larga duración y más de
un 16% de desempleo para los jóvenes.
¿ Diferencias regionales respecto al
empleo y al desempleo, que siguen siendo
pronunciadas.
A corto plazo, y habida cuenta de las poco
favorables perspectivas económicas para
2001 y 2002 3, la economía de la UE no ofrecerá
el mismo entorno propicio a las mejoras en
el ámbito del empleo. Aún se desconoce con
exactitud la profundidad y la duración de la
ralentización económica y su impacto preciso
en el empleo.
En su contribución 4 al Consejo Europeo
informal de Gante de octubre de 2001, la
Comisión presentó un análisis de la ralentización
económica subrayando que todas las
regiones más significativas del mundo estaban
ya experimentando una ralentización
antes de los trágicos acontecimientos del 11
de septiembre en Estados Unidos. A pesar de
que sus cimientos son sólidos, la UE no ha
podido substraerse a la ralentización y sus
efectos en términos de empleo ya se dejaron
sentir durante la segunda mitad de 2000 en
algunos Estados miembros y, con distintos
grados de intensidad, en diversos sectores de
la economía. En el informe anual de síntesis 5
que se presentará al Consejo Europeo de primavera
de Barcelona se profundiza en este
análisis y se subraya que las condiciones políticas
y económicas existentes en marzo de
2000 o incluso en marzo de 2001 cuando se
celebró el pasado Consejo Europeo de primavera,
eran muy diferentes de las actuales. No
obstante, hay razones para pensar, con cauto
optimismo, que la actual ralentización no va
a durar mucho.
Aun así, a finales de 2001 la ralentización
económica ya había acabado con el descenso
mensual de las tasas de desempleo. Esta tendencia
supone un desafío para las políticas
activas del mercado de trabajo a la hora de
ayudar a los desempleados a encontrar nuevos
trabajos y de combatir el desempleo de
larga duración. Exigen asimismo el respeto
del compromiso con la estrategia de Lisboa
destinada a conseguir una mayor participación
de las mujeres y de los trabajadores de
más edad en el mercado de trabajo.
La aceptación general de que la situación
económica y laboral experimentó una mejoría
global hasta 2001 contrasta con la muy desigual
percepción en los diferentes Estados
miembros de la evolución de la situación respecto
a la pobreza y la exclusión social.
La pobreza y la exclusión social siguen
estando muy extendidas en la Unión Europea
pero la magnitud y la naturaleza del problema
varían significativamente de unos Estados
miembros a otros. No obstante, como subsiste
un problema relacionado con la falta de estadísticas
actualizadas y comparables, no es
posible disponer de una visión completa de la
situación actual y es difícil evaluar el impacto
del período de crecimiento económico, de des-
DOCUMENTACI¿N E INFORMES
3 VÈase Commission Economic Forecasts 2001-
2003 - European economy; economic trends nº 10/11-
2001.
4 COM(2001)611 de 17-10-2001 ´SÌntesis de la
actuaciÛn de la UE en respuesta a los acontecimientos
del 11 de septiembre y evaluaciÛn del posible impacto
econÛmicoª.
5 COM(2002)14 de 15-1-2002 ´ComunicaciÛn de
la ComisiÛn al Consejo Europeo de primavera en Barcelona:
La estrategia de Lisboa - Hacer realidad el cam-
censo del desempleo y de aumento del empleo
de la segunda mitad de la pasada década.
Por lo que se refiere a la distribución de la
renta, los datos del Panel de Hogares de la
Comunidad Europea, presentado como el
indicador estructural sobre el que se basa el
informe de síntesis anual, ponen de manifiesto
la existencia de desigualdades significativas
en la distribución de la renta per cápita.
La relación entre la renta media del 20 % de
la población con mayores ingresos y la del
20% con ingresos más reducidos es de 5,7
para el conjunto de la UE, una cifra que disfraza
las acusadas diferencias existentes
entre los Estados miembros 6.
Resulta especialmente preocupante la proporción,
todavía demasiado elevada, de personas
que viven con reducidos ingresos. Alrededor
del 18 % de la población, es decir, más
de 60 millones de personas, se hallan expuestos
al riesgo de caer en la pobreza, al vivir por
debajo de un umbral establecido en el 60 % de
los ingresos medios equivalentes. En este
terreno se registran también considerables
diferencias entre los Estados miembros con
una población por debajo del umbral establecido
que varía entre el 8 % y el 23 % 7.
Si no fuera por las transferencias sociales -
excluidas las pensiones- un 26 % de la población
de la UE viviría en la pobreza, en comparación
con el 18 % actual. Este ejemplo específico
muestra los efectos que tendría la
ausencia de política social en la sociedad
europea 8. Además, al examinar la cuestión
de la exclusión social y de la pobreza debe
prestarse especial atención a la situación de
las personas que llevan viviendo con reducidos
ingresos durante un largo periodo de
tiempo. Un 9 % de la población, es decir alrededor
de 30 millones de personas, estaba en
situación de riesgo continuado de pobreza.
Esta proporción varía, según los diferentes
Estados miembros, entre el 3 % y el 15 % 9.
2.3. La aplicación de la Agenda de
política social
La Comunicación de la Comisión de junio
de 2000 contenía en su anexo 1 las propuestas
e iniciativas presentadas por la Comisión
y un calendario al respecto. Todas las iniciativas
anunciadas para 2000 y 2001 se han
presentado y las cuestiones de mayor calado -
como la revisión en profundidad de la estrategia
europea de empleo y la nueva estrategia
comunitaria sobre salud y seguridad- están
en plena fase de preparación. Por lo tanto, ya
se han dado los pasos iniciales que resultaban
necesarios. Algunas iniciativas han conducido
a la adopción de decisiones, mientras
que otras están siendo objeto de negociación.
Más que una descripción detallada de las
medidas puestas en marcha por la Comisión,
lo que se presenta a continuación es una visión
de conjunto de las medidas y de los resultados,
con una especificación en caso necesario del
papel de los diferentes actores. No obstante,
habida cuenta de que la Agenda de política
social está todavía en una fase bastante temprana
de su aplicación, en la que se acaban de
proponer y transmitir nuevas iniciativas a las
demás instituciones y actores, estas nuevas
medidas constituyen una parte significativa
del presente cuadro de resultados.
La estructura de esta visión de conjunto se
ajusta a las orientaciones políticas adoptadas
en el Consejo Europeo de Niza para la Agenda
de política social.
SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA
6 VÈase el indicador estructural IV. 1 - distribuciÛn de
la renta. Fuente: SEC(2002)29, anexo 2 del documento
de trabajo de los servicios de la ComisiÛn en apoyo del
informe de la ComisiÛn al Consejo Europeo de primavera
de Barcelona.
7 VÈase el indicador estructural IV.2.2 - Ìndice de
riesgo de pobreza tras las transferencias sociales. Fuente:
vÈase la nota anterior.
8 VÈase el indicador estructural IV.2.1 - Ìndice de
riesgo de pobreza antes de las transferencias sociales.
Fuente: vÈase la nota anterior.
9 VÈase el indicador estructural IV. 3 - riesgo continuado
de pobreza. Fuente: la misma de la nota anterior.
-
Hacia más y mejores puestos de
trabajo
Aumento de la participación en el
empleo y lucha contra el desempleo de
larga duración
El Consejo Europeo de Lisboa situó los
esfuerzos para alcanzar el pleno empleo entre
las prioridades clave de la Unión Europea 10.
La dinámica de la Agenda de Lisboa, basada
en la consecución de más y mejores puestos
de trabajo, recibió el apoyo del Consejo Europeo
de Estocolmo, en el que los Jefes de Estado
y de Gobierno decidieron complementar
los objetivos de Lisboa con diversos objetivos
cuantitativos intermedios para 2005 y con
uno específico para los trabajadores de más
edad 11. Se pidió a los Estados miembros que
definieran enfoques e indicadores comunes
sobre la calidad del trabajo. Se pidió que se
emprendieran varias iniciativas en favor de
las cualificaciones y de la movilidad. Se pidió
al Consejo y a la Comisión que presentaran
un informe conjunto sobre la manera de
incrementar la tasa de actividad y de promover
la prolongación de la vida activa.
Calidad del trabajo
La cantidad de trabajo no debe oponerse a
la calidad del mismo. En concreto, la opción
escogida para la UE es el refuerzo de la calidad
del trabajo como contribución al incremento
del empleo. Esta opción quedaba reflejada con
claridad en las orientaciones políticas de Lisboa
¿«más y mejores puestos de trabajo»¿ y de
Estocolmo y también se indicaba explícitamente
en la Agenda de política social adoptada
en Niza. La Comunicación de la Comisión,
de junio de 2001, sobre un marco para invertir
en la calidad contenía una propuesta concreta
para avanzar en la consecución de este objetivo,
propuesta que se incorporó a las directrices
de empleo para el año 2002.
El Consejo, siguiendo el informe elaborado
por el Comité de Empleo, expresó su acuerdo
sobre todos los componentes clave de la calidad,
así como sobre los indicadores principales
asociados y los indicadores secundarios
que permitan realizar el seguimiento de los
cambios y medir los progresos realizados.
Pero es necesario proseguir el trabajo. En
este sentido, podría desempeñar un importante
papel el programa de investigación
socioeconómica, que fomenta y apoya la
investigación sobre el perfeccionamiento de
los indicadores destinados a medir la calidad
del trabajo.
¿ Comunicación sobre un marco para
invertir en la calidad 12.
¿ Objetivos cualitativos incorporados a
las directrices de empleo para 2002.
¿ Indicadores cualitativos adoptados en el
Consejo Europeo de Laeken.
Refuerzo y continuación de la estrategia
coordinada de empleo
La Comisión propuso, el 12 de septiembre
de 2001, un nuevo conjunto de medidas en
favor del empleo que, previa consulta al Parlamento
Europeo, el Comité de las Regiones y
el Comité Económico y Social, fue adoptado
por el Consejo, el 3 de diciembre, y presentado
en el curso de la Cumbre de Laeken.
DOCUMENTACI¿N E INFORMES
280 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37
10 Objetivos acordados en Lisboa: actuar para acercar
la tasa de empleo lo m·s cerca posible del 70% antes
de 2010 y aumentar el n˙mero de mujeres empleadas a
m·s del 60% en 2010, teniendo siempre en cuenta los
diferentes puntos de partida de los Estados miembros.
11 Se especificaban para 2005 los objetivos de
alcanzar una tasa de empleo global del 67 % y una tasa
de empleo femenino del 57 %, asÌ como el objetivo de
haber alcanzado en 2010 el 50% para la tasa de empleo
de las personas de m·s edad (55-6179).
12 COM(2001)313 de 20-6-2001: ´PolÌticas sociales
y de empleo - Un marco para invertir en la calidadª
ResoluciÛn del PE de 29-11-2001; Acuerdo del Consejo
de 3-12-2001.
El análisis de las políticas de empleo de los
Estados miembros contenido en el informe
conjunto sobre el empleo de 2001 ponía de
manifiesto que en conjunto se habían realizado
notables progresos pero que seguían existiendo
algunos problemas estructurales. La
evaluación de los resultados del empleo y de
los progresos realizados, en combinación con
unas perspectivas económicas menos favorables,
pone de manifiesto la necesidad de proseguir
sin complacencia las reformas estructurales
del mercado de trabajo.
Por lo que se refiere a los cuatro pilares de
la estrategia de empleo, las combinaciones de
políticas 13 siguen desequilibradas en favor de
las acciones del pilar empleabilidad, seguido
del pilar espíritu de empresa. Todavía son
relativamente poco importantes las acciones
de los pilares adaptabilidad e igualdad de
oportunidades. Aunque ha mejorado la colaboración
entre las autoridades públicas y los
interlocutores sociales, las contribuciones
específicas de estos últimos son difíciles de
concretar. Ello es válido sobre todo para el
caso del pilar adaptabilidad.
Se ha avanzado claramente en el desarrollo
del aprendizaje permanente, que se ha
confirmado como una prioridad política en
toda la Unión Europea. Aproximadamente la
mitad de los Estados miembros han adoptado
ya estrategias globales en materia de aprendizaje
permanente, si bien su aplicación es
sólo incipiente. Uno de los puntos débiles a
los que debe prestarse atención es que pocos
Estados miembros se han fijado objetivos de
aumento de la inversión en recursos humanos
o de participación en el aprendizaje complementario.
Los avances de la reforma de los sistemas
de prestaciones y de las estructuras incentivadoras
son, con frecuencia, insuficientes
para fomentar la participación. Asimismo
debe prestarse mayor atención a la interacción
entre los sistemas fiscal y de prestaciones.
La mayoría de los Estados miembros no
dispone aún de un planteamiento global respecto
a la iptegración de la igualdad entre
hombres y mujeres en el conjunto de las políticas.
Las medidas adoptadas para reducir
las todavía muy elevadas diferencias de
remuneración entre hombres y mujeres son
limitadas y apenas existen nuevas iniciativas
para promover la participación de las mujeres
en los procesos de toma de decisiones. Los
servicios de guardería siguen siendo insuficientes
en muchos Estados miembros y tampoco
se dispone todavía de un enfoque claro
sobre la cuestión del cuidado de las personas
de la tercera edad o de otras personas dependientes.
Por lo que se refiere a las directrices de
empleo para 2002, la Comisión, apoyada por
las demás instituciones de la UE, optó por la
continuidad en el año 2002, a la vista de los
cambios significativos realizados en 2001 y
de la revisión en profundidad prevista en
2002. No obstante, las directrices incorporan
los nuevos objetivos sobre empleo acordados
en Estocolmo así como el nuevo objetivo horizontal
específico sobre la calidad en el trabajo.
Además, se han dirigido a los Estados
miembros una serie de recomendaciones en
materia de empleo.
En 2001 se emprendieron trabajos sustanciales,
en estrecha cooperación con las autoridades
nacionales, para evaluar la estrategia
de empleo y preparar la revisión quinquenal
de 2002.
También se han realizado progresos en
cuanto a la adopción de una decisión sobre
medidas comunitarias de incentivación en el
ámbito del empleo. En junio de 2001 el Con-
SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA
281 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37
13 En el contexto de la aplicaciÛn de las directrices
de empleo, la expresiÛn ´combinaciÛn de polÌticasª se
refiere al equilibrio entre los cuatro pilares de las directrices.
sejo adoptó una posición común que tenía en
cuenta el dictamen del Parlamento Europeo.
Se espera que el Parlamento Europeo y el
Consejo lleguen en breve a un acuerdo sobre
el programa de acción.
La estrategia de empleo se elabora teniendo
en cuenta las Orientaciones Generales de
Política Económica. Así, la política de empleo
y la política económica se refuerzan mutuamente.
Medidas clave
¿ Adopción del informe conjunto sobre el
empleo de 2001 de las directrices de
empleo para 2002 y de las recomendaciones
sobre política de empleo 14.
¿ Programa de acción sobre medidas de
incentivación del empleo (posición
común en junio - segunda lectura en el
Parlamento Europeo) 15.
El papel del Fondo Social Europeo
Como recuerdan las directrices para el
empleo, el Fondo Social Europeo apoya y complementa
las actividades de los Estados
miembros dirigidas al desarrollo de sus mercados
de trabajo y de sus recursos humanos,
especialmente en el contexto de la estrategia
europea de empleo y de los planes nacionales
de acción en favor del empleo. Si observamos
los programas adoptados en el año 2000 veremos
que más de la mitad de la ayuda correspondiente
al periodo de programación 2000-
2006 se destinará a la empleabilidad, y especialmente
a la promoción de políticas activas
de mercado de trabajo y a la prevención del
desempleo. Una parte considerable de la ayuda
se destinará a la adaptabilidad de la
población activa y al desarrollo de métodos de
aprendizaje permanente. El Fondo Social
Europeo fomenta también actividades destinadas
a las PYME e impulsa la creación de
nuevas empresas y de nuevos puestos de trabajo
en el sector de los servicios. Por último, y
como complemento de la integración de la
igualdad de oportunidades entre hombres y
mujeres en todas las actividades financiadas
por el Fondo, están proyectadas acciones
específicas para mejorar el acceso de las
mujeres al mercado de trabajo y su participación
en el mismo.
Los Estados miembros deben aplicar los
programas de forma flexible, teniendo siempre
en cuenta las circunstancias cambiantes
en las que se desarrolla la estrategia de
empleo. Un país ha puesto en marcha un
seguimiento continuo de la coherencia entre
los planes nacionales de acción y los programas
del Fondo Social Europeo. Otros Estados
miembros podrían seguir este ejemplo en el
contexto de sus procesos de seguimiento, tal
como dispone el nuevo Reglamento sobre los
Fondos Estructurales 16.
Medidas clave
¿ Acuerdo con los Estados miembros
sobre los marcos comunitarios de apoyo
y otros documentos de programación
para el Fondo Social Europeo.
¿ Adopción de 17 programas operativos
para EQUAL.
DOCUMENTACI¿N E INFORMES
282 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37
14 COM (2001)438 de 12-9-2001: ´Proyecto de
Informe conjunto sobre el empleo de 2001ª; ResoluciÛn
del PE de 24-10-2001; AdopciÛn formal por el
Consejo de 3-12-2001; COM (2001)511 de 12-9-2001:
´Propuesta de DecisiÛn del Consejo relativa a las directrices
para las polÌticas de empleo de los Estados miembros
para el aÒo 2002ª. ResoluciÛn del PE de 29-11-
2001; Acuerdo del Consejo de 3-12-2001; y COM
(2001)512 de 12-9-2001: ´RecomendaciÛn del Consejo
sobre la aplicaciÛn de las polÌticas de empleo de los
Estados miembrosª, Acuerdo del Consejo de 3-12-
2001.
15 COM(2000)459 de 20-7-200: ´Medidas comunitarias
de incentivaciÛn del empleoª Consejo: adopciÛn
de la posiciÛn com˙n de 25-6-2001; DO C/2001/
301/14 (26-10-2001) Dictamen PE 2¿ lectura de 23-10- 16 Reglamento 1260/1999, artÌculo 36.
Las dimensiones local y regional de la
estrategia de empleo
En el contexto de una nueva y mejor gobernanza,
se ha prestado especial atención al
refuerzo de la dimensión regional y local de la
política de empleo. Aunque la concepción global
de la estrategia de empleo se realiza a
nivel europeo, su formulación y aplicación
satisfactorias dependen en gran medida de
los actores locales. Para ello se requiere la
movilización de todos los recursos disponibles
y el apoyo activo de las autoridades regionales
y locales.
La razón por la que son tan importantes
estas dimensiones local y regional es que se
quiere conseguir la máxima difusión de la
amplia experiencia y de los numerosos conocimientos
acumulados a estos niveles. Por
ello, la Comisión propuso la difusión de las
mejores prácticas entre los Estados miembros
y en el interior de los mismos, así como el
desarrollo de unas estrategias locales de
empleo que sean coherentes con los planes
nacionales de acción y reflejen las prioridades
a escala local.
Medidas clave
¿ Comunicación sobre la actuación local
en favor del empleo - Una dimensión
local para la estrategia europea de
empleo 17.
¿ Comunicación sobre el fortalecimiento
de la dimensión local de la estrategia
europea de empleo 18.
¿ Convocatoria de propuestas según el
artículo 6 del Fondo Social Europeo
para financiar proyectos relacionados
con el desarrollo de estrategias locales
de empleo 19.
Dimensión social y de empleo de la
sociedad de la información
Uno de los elementos esenciales de la
estrategia de Lisboa es la rápida transición
hacia una economía basada en el conocimiento,
cuya dimensión social y de empleo se examinó
en un informe de análisis comparativo
que subraya el rápido aumento de la influencia
de las tecnologías de la información y de la
comunicación (TIC) en los puestos de trabajo,
en la formación y en la organización del trabajo.
Por otro lado, se puso en marcha el plan
de acción e-learning: Concebir la educación
del futuro».
La cuestión de la acreditación en materia
de tecnologías de la información, uno de los
elementos de la iniciativa e-Europe, fue examinada
por el grupo de alto nivel sobre la
dimensión social y de empleo de la sociedad
de la información, que consideró que el Permiso
de Conducción Informático Europeo
(PCIE) puede constituir un sistema de acreditación
y solicitó que para la concepción del
futuro título europeo en competencias informáticas
de base se tenga en cuenta el plan de
acción eLearning, tal como se indica en el propio
plan.
Medidas clave
¿ Comunicación sobre e-Europe 2002 -
Impacto y prioridades 20.
SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA
283 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37
17 COM(2000)196 de 7-4-2000: ´ActuaciÛn local en
favor del empleo - Una dimensiÛn local para la estrategia
europea de empleoª, ResoluciÛn del PE de 30-11-2000;
DO C/2001/228/128 (13-8-2001).
18 COM(2001)629 de 7-11-2001: ´Fortalecimiento
de la dimensiÛn local de la estrategia europea de
empleoª.
19 DOC 306 de 31-10-2001.
20 COM(2001) 140 de 13-3-2001: ´e-Europe 2002:
Impacto y prioridades - ComunicaciÛn al Consejo Europeo
de primavera de Estocolmo del 23 y 24 de marzo de 2001ª,
ResoluciÛn del Consejo de 8-10-2001; DO C/2001/292/6
(18-10-2001), ResoluciÛn del Consejo de 6-12-2001.
¿ Informe de evaluación comparativa a
raíz de la Comunicación «Estrategias
para la creación de empleo en la sociedad
de la información» 21.
¿ Comunicación sobre el Plan de acción
eLearning 22.
Movilidad
Además, una Europa basada en el conocimiento
requiere nuevas iniciativas en favor
de la movilidad, dirigidas en particular a los
profesores, los investigadores, los profesionales
de la formación y las personas en proceso
de formación. Estos grupos destinatarios fueron
objeto de atención en la Recomendación
del Parlamento Europeo y del Consejo de 10
de julio de 2001 23. La Comisión adoptó también
una Comunicación sobre una estrategia
de movilidad para el espacio europeo de
investigación 24. A finales de febrero de 2001,
la Comisión adoptó una Comunicación sobre
los nuevos mercados de trabajo europeos,
abiertos a todos y accesibles para todos 25.
Esta iniciativa está destinada a eliminar los
obstáculos a la movilidad y a aumentar las
competencias de la población activa europea
a todos los niveles. Uno de sus frutos ha sido
el establecimiento de un grupo operativo
sobre las capacidades y la movilidad cuyo
informe contribuirá al desarrollo de un plan
de acción sobre la movilidad que se presentará
a principios de 2002. Por lo que se refiere al
aumento de las competencias, también se
presentó un programa de trabajo sobre los
objetivos concretos de los sistemas de educación
y formación 26.
Estas medidas en el ámbito del empleo
deberían complementarse con progresos
concretos en lo relativo a la coordinación de
los sistemas de seguridad social. El Consejo
ha realizado progresos en lo relativo a la
coordinación de los sistemas de seguridad
social al adoptar parámetros para la modernización
del Reglamento CEE nº 1408/71.
Por lo que se refiere a la salvaguarda de los
derechos complementarios de pensión de los
trabajadores que se desplazan en la Unión
Europea, en julio de 2001 se creó un Comité
que estudiará la cuestión de las pensiones
complementarias 27.
Medidas clave
¿ Creación de un grupo operativo sobre
las capacidades y la movilidad - su informe
de diciembre de 2001 contribuirá al
desarrollo de un plan de acción sobre la
movilidad que se presentará a principios
de 2002 28.
DOCUMENTACI¿N E INFORMES
284 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37
21 SEC(2001)222 de 7-2-2001: ´Informe de evaluaciÛn
comparativa a raÌz de la ComunicaciÛn ìEstrategias
para la creaciÛn de empleo en la sociedad de la informaciÛnî
ª.
22 COM(2001)172 de 28-3-2001: ´Plan de acciÛn e-
Learning - Concebir la educaciÛn del futuroª ResoluciÛn
del Consejo de 13-7-2001; DO C/2001/204/3 (20-7-
2001).
23 COM( 1999)708 de 21-1-2000: ´Movilidad, en la
Comunidad, de los estudiantes, las personas en formaciÛn,
los jÛvenes voluntarios, los profesores y los formadores
ª, Firma por el PE y el Consejo de 10-7-2001; DO
L/2001/215/30 (9-8-2001).
24 COM(2001)331 de 20-6-2001: ´Una estrategia
de movilidad para el espacio europeo de investigaciÛnª
ResoluciÛn del Consejo de 10-12-2001.
25 COM(2001)116 de 28-2-2001: ´Nuevos mercados
de trabajo europeos abiertos a todos y accesibles
para todosª ResoluciÛn del Consejo de 13-7-2001 DO
C/2001/204/1 (20-7-2001).
26 COM(2001)501 de 7-9-2001: ´ComunicaciÛn de
la ComisiÛn - Proyecto de programa detallado para el
seguimiento del informe sobre los objetivos concretos
de los sistemas de educaciÛn y formaciÛnª.
27 C(2001)1775 de 2-7-2001: ´DecisiÛn de la ComisiÛn,
de 9 de julio de 2001, relativa a la creaciÛn de un
ComitÈ en el ·mbito de las pensiones complementariasª
DO L/2001/196/26 (20-7-2001).
28 CreaciÛn de un grupo de trabajo sobre capacitaciÛn
y movilidad, de acuerdo con lo dispuesto en el
Consejo Europeo de Estocolmo y la ComunicaciÛn de la
ComisiÛn.
¿ Comunicación sobre el aprendizaje permanente
29.
¿ Adopción de parámetros para la modernización
del Reglamento nº 1408/71
sobre la coordinación de los sistemas de
seguridad social 30.
-
Previsión y gestión del cambio
Mayor participación de los trabajadores en
la gestión del cambio. El acuerdo final del
Consejo sobre el Reglamento por el que se
establece el estatuto de la sociedad europea y
sobre la Directiva relativa a la participación
de los trabajadores en dichas sociedades es
uno de los logros más importantes de 2001.
Va a resultar crucial para que las empresas
puedan sacar más provecho del mercado interior,
ya que mejorará los aspectos organizativos
y de gestión. Puede decirse que se ha
superado un obstáculo importante en relación
con las diferentes series de normas y procedimientos
dirigidos a las empresas que operan
en la Unión Europea. Se han adoptado
normas específicas respecto a la participación
de los trabajadores en este nuevo tipo de
empresas.
Además, el Consejo y el Parlamento Europeo
han adoptado una Directiva por la que se
establece un marco general relativo a la información
y la consulta de los trabajadores en la
Comunidad Europea. Asimismo, en 2001 se
codificó la Directiva sobre traspasos de 1977
y 1988 31.
Medidas clave
¿ Estatuto de la sociedad anónima europea
y Directiva sobre la implicación de
los trabajadores (acuerdo) 32.
¿ Directiva sobre la información y la consulta
(acuerdo) 33.
¿ Apoyo de conformidad con el artículo 6
del Fondo Social Europeo a 35 medidas
innovadoras relativas a la adaptación a
la nueva economía dentro del marco del
diálogo social 34.
Salud y seguridad en el trabajo
La salud y la seguridad en el trabajo constituyen
un elemento esencial de la calidad del
trabajo y contribuyen al establecimiento de
un terreno común con condiciones similares
para todas las empresas que operan en la UE
en la medida en que deben ajustarse a un conjunto
uniforme de normas mínimas. Estas
SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA
285 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37
29 COM(2001)678 de 21-11-2001: ´Hacer realidad
un espacio europeo del aprendizaje permanenteª.
30 COM( 1998)779 de 21-12-1998: ´Propuesta de
reglamento (CE) del Consejo relativo a la coordinaciÛn
de los sistemas de seguridad social: Par·metros para la
modernizaciÛn del Reglamento (CEE)nº 1408/71ª Conclusiones
del Consejo (Empleo y PolÌtica Social) de 3-12-
2001.
31 COM(2000)259: ´AproximaciÛn de las legislaciones
de los Estados miembros relativas al mantenimiento
de los derechos de los trabajadores en caso de traspasos
de empresas, de centros de actividad o de partes de
empresas o de centros de actividadª. Dictamen PE 1¿
lectura de 15-10-2000; Acuerdo del Consejo: Directiva
2001L0023 de 12-3-2001. DO L/2001/82/16 (22-3-
2001).
32 COM( 1989)268 de 24-8-1989: ´Reglamento del
Consejo por el que se establece el estatuto de la sociedad
europea (268-1)ª y ´Directiva del Consejo por la
que se completa el estatuto de la SE en lo relativo a la
posiciÛn de los trabajadores (268-2)ª. Dictamen PE lectura
˙nica de 4-9-2001; AdopciÛn formal Consejo de 8-
10-2001. DO L/2001/294/1 (Reglamento) y/22 (Directiva)
(10-11-2001).
33 COM(1998)612 de 11-11-1998: ´Propuesta de
directiva del Consejo por la que se establece un marco
general relativo a la informaciÛn y la consulta de los trabajadores
en la Comunidad Europeaª. AdopciÛn posiciÛn
com˙n del Consejo de 23-7-2001; Dictamen PE 2¿
lectura de 23-10-2001. Acuerdo de 3-12-2001; adopciÛn
formal en enero de 2002.
34 La lista de medidas puede consultarse en la
siguiente direcciÛn: http://europa.eu.int/comm/
dgs/employment_social/tender_en.htm (referencia
VP/2001/005).
normas proporcionan seguridad a los trabajadores
y ayudan a las empresas a reducir,
mediante la prevención, los costes derivados
de las enfermedades y accidentes relacionados
con el trabajo.
El establecimiento de normas mínimas
por las que se garantiza un nivel elevado de
protección y se crean unas condiciones similares
obliga a la adopción de medidas legislativas.
El trabajo legislativo se ha centrado en
cuatro cuestiones: andamios, amianto, vibraciones
y ruido. Además, se ha consultado a los
interlocutores sociales sobre la salud y la
seguridad de los trabajadores por cuenta propia.
Estos últimos años se han realizado progresos
en cuanto a la reducción de los accidentes
laborales y el número total de accidentes
graves ha disminuido significativamente
desde mediados de los noventa, aunque no
todos los territorios de la Unión Europea han
experimentado este descenso. El descenso
general de los accidentes de casi un 10 % para
el periodo 1994-1998 pone de manifiesto los
beneficios de las medidas preventivas y de las
normas de salud y seguridad.
No obstante, la alta incidencia de accidentes
laborales sigue siendo una carga muy
pesada para la competitividad europea: tanto
en 1998 como en 1999 se perdieron casi 148
millones de jornadas de trabajo a causa de
dichos accidentes. En 1998 la incidencia de
accidentes laborales graves descendió hasta
los 4.089 por 100.000 trabajadores, es decir
que el número total de accidentes fue todavía
de 4,7 millones. Hubo también, en 1998,
5.476 accidentes mortales en el trabajo 35.
Esta cifra demuestra la insuficiencia de las
prácticas actuales en materia de salud y
seguridad en el trabajo y, como consecuencia,
el coste de una política no social para las
empresas y los trabajadores.
En esta cuestión intervienen diferentes
modelos de composición sectorial de la economía
y de categorías profesionales. La incidencia
de accidentes laborales es superior a la
media en la industria pesquera (2,4), la agricultura
(1,3), la construcción (1,4) y los transportes
(1,1) y afecta, en especial, a varones
que no han cursado estudios secundarios,
mayoritarios en dichos sectores 36.
Además, las rápidas transformaciones del
mundo del trabajo, que imponen nuevas formas
de organización del mismo, amén de ritmos
y cadencias más febriles, crean nuevos
problemas y exigen nuevas soluciones. Aparecen
nuevos tipos de riesgos que originan
nuevos problemas de salud, como por ejemplo
las lesiones musculoesqueléticas y las enfermedades
denominadas psicosociales, como el
estrés, la depresión y la ansiedad, que representan
un 26 % de las ausencias del trabajo
de más de dos semanas 37.
Para preparar la nueva estrategia de
salud y seguridad que se presentará a principios
de 2002, el Comité Económico y Social
emitió un dictamen exploratorio. Este informe
¿preparado conjuntamente por representantes
de los empresarios, los trabajadores y
otras partes interesadas¿ ofrece una sólida
base para la nueva estrategia, al señalar la
forma en que la Unión Europea puede responder
a los nuevos y los antiguos riesgos en
el trabajo, y analiza la forma en que pueden
combinarse los diferentes instrumentos disponibles
a escala europea para mejorar las
normas y las prácticas en el conjunto de la
Unión.
DOCUMENTACI¿N E INFORMES
286 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37
35 Accidentes laborales en la UE, 1998-1999. Fuente:
Statistics infocus. Population and social conditions
(16-2001).
36 Fuente: Statistics infocus. Population and social
conditions (16-2001).
37 Problemas de salud relacionados con el trabajo en
la UE, 1998-1999. Fuente: Eurostat Statistics infocus.
Population and social conditions (17-2001).
Medidas clave
¿ Directiva sobre andamios (adoptada en
junio de 2001) 38.
¿ Salud y seguridad de los trabajadores
por cuenta propia - segunda fase de la
consulta a los interlocutores sociales
(junio de 2001) 39.
¿ Directiva sobre vibraciones (posición
común en junio de 2001 // segunda lectura
del Parlamento Europeo en octubre) 40.
¿ Directiva sobre el ruido (posición común
en octubre de 2001) 41.
¿ Directiva sobre el amianto (propuesta
de la Comisión - julio de 2001) 42.
¿ Informe de propia iniciativa del Comité
Económico y Social sobre salud y seguridad
en el trabajo 43.
Entorno de trabajo y relaciones laborales
En 2001 se creó el Observatorio Europeo
del Cambio cuya función es recoger y difundir
información sobre aspectos del cambio económico
y social derivados de las transformaciones
en los ámbitos de las tecnologías, de la
organización del trabajo, de los modelos de
producción y de empresa y de las prácticas
laborales.
También se creó un Grupo de Alto Nivel
sobre las relaciones laborales que se centrará
en las cuestiones clave que afectan a las relaciones
laborales en un entorno en continua
transformación y que dedicará especial atención
a la futura ampliación. Este grupo preparará
un informe para el Consejo Europeo
de Primavera de Barcelona en el que se presentará
a grandes rasgos una serie de propuestas
destinadas a ayudar a los responsables
de la toma de decisiones en Europa, y en
particular a los interlocutores sociales, a que
contribuyan eficazmente a mejorar el proceso
de gestión del cambio. Los interlocutores
sociales han abordado, en la primera y la
segunda fase de consultas, la modernización
y la mejora de las relaciones laborales y han
entablado negociaciones sobre el teletrabajo,
al objeto de alcanzar un acuerdo que pueda
ser aplicado por sus miembros nacionales, de
acuerdo con el apartado 2 del artículo 139 del
Tratado CE. Sobre esta cuestión, ya se han
adoptado directrices en el sector de las telecomunicaciones
(febrero de 2001) y en el del
comercio (abril de 2001).
Por lo que se refiere al trabajo a través de
agencias de trabajo temporal, las negociaciones
llevadas a cabo por los interlocutores
sociales no han conducido a ningún acuerdo.
La Comisión presentará una propuesta de
directiva del Consejo y del Parlamento Europeo
a principios de 2002, en la que se tendrá
en cuenta el resultado de las negociaciones de
los interlocutores sociales y, en particular los
aspectos en los que se haya alcanzado un consenso.
También se tendrá en cuenta la declaración
conjunta de octubre de 2001 realizada
SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA
287 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37
38 COM( 1998)678 de 27-11-1998: ´Disposiciones
mÌnimas de seguridad y de salud para la utilizaciÛn por
los trabajadores en el trabajo de los equipos de trabajoª.
Firma por el PE y el Consejo de 27-6-2001. DO
L/2001/195/46 (19-7-2001).
39 C(2001)1535 de 7-6-2001: ´La protecciÛn de la
salud y la seguridad en el trabajo de los trabajadores
autÛnomos; transmisiÛn a los interlocutores sociales
comunitarios para dictamenª.
40 COM(1992)560 de 23-12-1992: ´Disposiciones
mÌnimas de seguridad y de salud relativas a la exposiciÛn
de los trabajadores a los riesgos derivados de los agentes
fÌsicos (vibraciones)ª. AdopciÛn de la posiciÛn com˙n
del Consejo de 25-6-2001. DO C/2001/301/1 (26-10-
2001).Dictamen PE 2¿ lectura de 23-10-2001.
41 COM(1992)560: ´Disposiciones mÌnimas de seguridad
y de salud relativas a la exposiciÛn de los trabajadores
a los riesgos derivados de los agentes fÌsicos (ruido)ª. AdopciÛn
de la posiciÛn com˙n del Consejo de 29.10.2001.
42 COM(2001)417 de 20-7-2001: ´ProtecciÛn de
los trabajadores contra los riesgos relacionados con la
exposiciÛn al amianto durante el trabajoª.
43 CES(2001)937 de 11-7-2001: ´PeticiÛn de la
ComisiÛn Europea al CES de un dictamen exploratorio
con vistas a la ComunicaciÛn de la ComisiÛn sobre la
salud y la seguridad en el trabajoª.
por los interlocutores sociales sectoriales respecto
al trabajo a través de agencias de trabajo
temporal.
En agosto de 2001, la Comisión puso en
marcha la primera fase de consultas con los
interlocutores sociales sobre la protección de
los datos de los trabajadores.
Además, se ha invitado a los interlocutores
sociales a contribuir a la aplicación de la
estrategia europea de empleo, y en particular
de su pilar adaptabilidad.
La formación profesional es también un
elemento clave en este ámbito. Los interlocutores
sociales a nivel interprofesional están
preparando actualmente un informe conjunto
para el Consejo Europeo de Barcelona que
se centrará en un conjunto de acciones clave
entre las que cabe destacar la identificación
y previsión de las necesidades en cuanto a
las competencias; el reconocimiento y la
validación de las competencias; la información,
el apoyo y la orientación; y la movilización
de los recursos. La intención es abrir
posteriormente negociaciones sobre estas
cuestiones.
También a nivel sectorial, los interlocutores
sociales están trabajando sobre la cuestión
de la formación profesional, en particular
mediante algunos proyectos conjuntos
específicos.
En el campo de la legislación, se ha avanzado
en lo concerniente a la propuesta de la
Comisión sobre una directiva por la que se
modificará la Directiva 80/987/CEE del Consejo
relativa a la protección de los trabajadores
asalariados en caso de insolvencia del
empresario. El dictamen del Parlamento
Europeo en primera lectura se adoptó el 29 de
noviembre de 2001 y el Consejo alcanzó un
acuerdo político sobre una posición común el
3 de diciembre de 2001. Para preparar la
Comunicación y el plan de acción sobre la
participación financiera de los trabajadores y
para facilitar una amplia consulta sobre este
tema, la Comisión publicó en julio un documento
de trabajo 44.
La Comisión adoptó también una Comunicación
sobre los aspectos sociales de la contratación
pública.
¿ Creación de un Observatorio Europeo
del Cambio.
¿ Contribución de los interlocutores sociales
a la aplicación de la estrategia de
empleo.
¿ Adaptabilidad y modernización de las
relaciones laborales en relación con la
estrategia de empleo ¿segunda fase de
consultas a los interlocutores sociales
previas a la apertura de negociaciones
sobre el teletrabajo¿- inicio en octubre
de 2001.
¿ Insolvencia - posición común en diciembre
de 2001 45.
¿ Comunicación por la que se interpretan
aspectos sociales de la contratación
pública 46.
Responsabilidad social de las empresas
Como resultado del Libro Verde sobre el
fomento de un marco europeo para la responsabilidad
social de las empresas se ha puesto
en marcha a escala europea un amplio debate
y un intercambio de buenas prácticas. Aunque
sobre una base totalmente voluntaria,
DOCUMENTACI¿N E INFORMES
288 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37
44 SEC 2001 (1308) de 26-7-2001: ´ParticipaciÛn
financiera de los trabajadores en la UniÛn Europeaª.
45 COM(2000)832 de 15-1-2001: ´AproximaciÛn
de las legislaciones de los Estados miembros relativas a la
protecciÛn de los trabajadores asalariados en caso de
insolvencia del empresarioª. Dictamen PE la lectura de
29-11-2001; Acuerdo de la posiciÛn com˙n del PE y del
Consejo de 3-12-2001.
46 COM 2001 (566) de 15-10-2001: ´LegislaciÛn
comunitaria de contratos p˙blicos y las posibilidades de
integrar aspectos sociales en dichos contratosª.
las empresas han mostrado gran interés en
desarrollar y reforzar su propia responsabilidad
social respecto a sus trabajadores y al
entorno en el que están ubicadas. Es un
aspecto esencial de cara a la aplicación del
desarrollo sostenible y a una mejor articulación
de los imperativos económicos, sociales y
medioambientales, especialmente a la luz de
las exigencias de los consumidores.
¿ Libro Verde sobre la responsabilidad
social de las empresas 47.
-
Fomento de la inclusión social
Las conclusiones del Consejo Europeo de
Lisboa señalaban explícitamente que «es
inaceptable el número de personas que viven
en la Unión por debajo del umbral de pobreza
y excluidas socialmente». También explícitamente
las conclusiones exigían que se tomaran
medidas que tuvieran un impacto decisivo
en la erradicación de la pobreza antes de
2010. Aunque no llegó a fijar unos objetivos
comúnmente aceptados, Lisboa estableció las
primeras medidas que deberían orientar los
esfuerzos dirigidos a reforzar la cooperación a
escala de la UE sobre las políticas de lucha
contra la pobreza y la exclusión social. También
afirmaba explícitamente que el «método
abierto de coordinación» debía ser la base
adecuada para dicha cooperación.
Estrategia de inclusión social - el método
abierto de coordinación
Este salto adelante, de gran importancia
política, se desarrolló aún más en la Agenda
de política social, principalmente a través del
compromiso de presentar a más tardar en
junio de 2001 un plan nacional de acción para
los dos años siguientes. Los objetivos de la
estrategia a los que pretenden responder
estos planes se fijaron en el Consejo Europeo
de Niza 48. Abordan la naturaleza compleja y
multidimensional de la pobreza y de la exclusión
social y movilizan un amplio abanico de
políticas. Son cuatro los objetivos identificados:
¿ fomento de la participación en el empleo
y del acceso a los recursos, derechos,
bienes y servicios por parte de todos,
¿ prevención de los riesgos de exclusión,
¿ actuación en favor de los más vulnerables,
o movilización de todos los agentes.
El informe conjunto sobre la integración
social contiene un análisis detallado de la
situación en todos los Estados miembros, una
evaluación de los desafíos clave de cara al
futuro y una identificación de las buenas
prácticas y de los enfoques innovadores de
interés general. Sobre la base de los planes
nacionales de acción contra la pobreza y la
exclusión social presentados por todos los
Estados miembros en junio de 2001, y a la luz
de los cuatro objetivos comunes, el informe es
el primer documento político de la Comisión y
el Consejo sobre la pobreza y la exclusión
social a escala de la UE y, en consecuencia,
constituye un hito en el fortalecimiento del
modelo social europeo. Proporciona asimismo
una demostración de la viabilidad del método
abierto de coordinación en el ámbito social y
del potencial del método de revisión por los
pares, esencial para conseguir la íntegra aplicación
de esta estrategia.
También se han realizado progresos significativos
en lo relativo al desarrollo y perfeccionamiento
de indicadores definidos y adoptados
de común acuerdo para el campo de la
integración social. Además, se pondrá en
marcha un plan de acción quinquenal (2002-
2006) que promoverá la mejora de la com-
SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA
289 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37
47 COM(2001)366 de 18-7-2001: ´Libro Verde -
Fomentar un marco europeo para la responsabilidad
social de las empresasª. ResoluciÛn del Consejo de 3-
12-2001.
48 Acuerdo polÌtico del Consejo el 17 de octubre de
2000.
prensión y la medición de la pobreza y la
exclusión social, el intercambio de información
y de buenas prácticas y el establecimiento
de redes entre las organizaciones competentes
al respecto a través de toda una serie
de acciones a las que se destinarán 75 millones
de euros. Por otra parte, dichas acciones
favorecerán la participación activa de las
organizaciones no gubernamentales y de
otras partes interesadas que pueden desempeñar
un papel fundamental en la aplicación
de esta estrategia. El programa de acción
contiene una iniciativa centrada en las políticas
que complementa la investigación científica
sobre exclusión social e integración
social financiada por el programa de investigación
socioeconómica de la Comunidad
Europea.
Medidas clave
¿ Aplicación, plenamente satisfactoria,
del método abierto de coordinación en el
ámbito de la integración social.
¿ Acuerdo sobre objetivos comunes alcanzado
en el Consejo Europeo de Niza.
¿ Desarrollo de indicadores definidos y
adoptados de común acuerdo bajo los
auspicios del Comité de Protección
Social.
¿ Preparación y presentación por los
Estados miembros de planes nacionales
de acción bienales contra la pobreza y la
exclusión social.
¿ Informe conjunto sobre la integración
social presentado por la Comisión y los
Estados miembros en el que se identifican
las buenas prácticas y los enfoques
innovadores de interés común 49.
¿ Decisión del Consejo y del Parlamento
por la que se establece un programa de
acción comunitario quinquenal para
luchar contra la exclusión social 50.
Estas medidas constituyen otros tantos
puntos de partida importantes pero habrán
de intensificarse las acciones y deberán realizarse
mayores esfuerzos políticos durante los
cinco próximos años si queremos que el
impacto sobre la pobreza y la exclusión social
sea realmente decisivo.
La brecha digital
Para prevenir la exclusión social y la pobreza
se requieren medidas que garanticen el
acceso a las nuevas tecnologías. La existencia
de una brecha digital crearía nuevos obstáculos
y barreras a la plena participación en el
mercado de trabajo y en la sociedad. Por otro
lado, las tecnologías de la información ofrecen
oportunidades para desmantelar algunas de
las barreras existentes. Además de los trabajos
en curso tanto en el contexto de la estrategia
europea de empleo como en el del método abierto
de coordinación sobre la integración social,
el Consejo adoptó una Resolución relativa a la
integración social mediante las tecnologías
electrónicas, que implicaba una intensificación
de los esfuerzos políticos y respondía a los desafíos
identificados en un documento de la
Comisión sobre el potencial de la sociedad de la
información en términos de integración social.
Medidas clave
¿ Comunicación sobre e-Europe 2002:
Impacto y prioridades 51.
DOCUMENTACI¿N E INFORMES
290 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37
49 COM(2001)565 de 10-10-2001: ´Proyecto de
informe conjunto sobre la integraciÛn socialª. AdopciÛn
por el Consejo de 3-12-2001.
50 COM(2000)368 de 16-6-2000: ´DecisiÛn por la
que se establece un programa de acciÛn comunitario a
fin de fomentar la cooperaciÛn entre los Estados miembros
para luchar contra la exclusiÛn socialª, DecisiÛn PE
3¿ lectura de 15-11-2001; DecisiÛn Consejo 3¿ lectura
de 21-11-2001.
51 COM(2001)140 de 13-3-2001: ´e-Europe 2002:
Impacto y prioridades - ComunicaciÛn al Consejo Euro-
¿ Integración social mediante las tecnologías
electrónicas - El potencial de la
sociedad de la información en términos
de integración social en Europa 52.
¿ Resolución del Consejo de 8 de octubre
de 2001 relativa a la integración social
mediante las tecnologías electrónicas -
aprovechar las oportunidades de integración
social que brinda la sociedad de
la información 53.
Lucha contra todos los tipos de
discriminación
La equidad social exige el respeto de los
derechos fundamentales y la lucha contra la
discriminación. Son éstos los componentes
esenciales de una sociedad equitativa y del
respeto de la dignidad humana. La Agenda
de política social hizo mucho hincapié en
este aspecto, sobre todo en lo que se refiere
al establecimiento de normas comunes obligatorias.
Esta política queda reflejada claramente
en dos Directivas basadas en el artículo 13
del Tratado CEE ¿el artículo antidiscriminación
¿ y que deben incorporarse al Derecho
interno a más tardar en 2003. La promoción
de la sensibilización sobre esta cuestión y la
puesta en marcha de acciones concretas dirigidas
a potenciar la no discriminación se apoyan
mediante el programa de acción acordado
por el Consejo y el Parlamento Europeo, por
el que se ponen 100 millones de euros a disposición
durante un periodo de seis años.
Este programa favorece también la participación
activa de la sociedad civil.
Medidas clave
¿ Directiva relativa a la aplicación del
principio de igualdad de trato de las personas
independientemente de su origen
racial o étnico 54.
¿ Directiva relativa al establecimiento de
un marco general para la igualdad de
trato en el empleo y la ocupación 55.
¿ Decisión por la que se establece un programa
de acción comunitario para
luchar contra la discriminación 56.
Política de integración de los
ciudadanos de terceros países
Además de la estrategia europea de
empleo, con su insistencia en la igualdad de
acceso al mercado de trabajo, y de la estrategia
de integración social, las conclusiones del Consejo
han supuesto un paso adelante de gran
importancia en la extensión de la coordinación
de los regímenes de seguridad social a los
nacionales de terceros países sobre la base
jurídica de la ampliación del Reglamento
(CEE) nº 1408/71 a estas personas. El Consejo
Europeo de Laeken pidió al Consejo que adoptara
cuanto antes las medidas necesarias 57.
SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA
291 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37
52 SEC(2001)1428 de 28-9-2001: ´e-Inclusion - The
Information Society's potential for social inclusiÛn in
Europeª.
53 ´e-Inclusion - Aprovechar las oportunidades de
integraciÛn social que brinda la sociedad de la informaciÛn
ª. ResoluciÛn del Consejo de 8-10-2001. DO
C/2001/292/02 (18-10-2001).
54 COM( 1999)566 de 24-11-1999: ´Directiva relativa
a la aplicaciÛn del principio de igualdad de trato de las
personas independientemente de su origen racial o Ètnico
ª. Dictamen PE de 18-5-2000; AdopciÛn formal por el
Consejo de 29-6-2000. DO L/2000/180/22 (19-7-2000).
55 COM( 1999)565 de 25-11-1999: ´Directiva relativa
al establecimiento de un marco general para la
igualdad de trato en el empleo y la ocupaciÛnª. Dictamen
PE de 5-10-2000; AdopciÛn formal por el Consejo
de 27-11-2000. DO L/2000/303/16 (2-12-2000)
56 COM( 1999)567 de 25-11-1999: ´DecisiÛn por la
que se establece un programa de acciÛn comunitario
para luchar contra la discriminaciÛn (2001-2006)ª. Dictamen
PE de 5-10-2000; DO C/2001/178/253 (22-6-
2001). AdopciÛn formal por el Consejo de 27-11-2000;
DO L/2000/303/23 (2-12-2000).
57 VÈase el punto 29 de las conclusiones de la Presidencia
del Consejo Europeo de Laeken.
La Comisión también ha propuesto una
directiva sobre las condiciones de entrada y
residencia de nacionales de terceros países
por razones de trabajo por cuenta ajena y de
actividades económicas por cuenta propia.
Medidas clave
¿ Acuerdo sobre la base jurídica de la
ampliación del Reglamento nº 1408/71
sobre la extensión de la coordinación de
los regímenes de seguridad social a los
nacionales de terceros países 58.
¿ Propuesta de directiva sobre las condiciones
de entrada y residencia de nacionales
de terceros países por razones de
trabajo por cuenta ajena y de actividades
económicas por cuenta propia 59.
Integración de las personas con
discapacidad
Para aumentar la sensibilización sobre la
discapacidad, profundizar en la integración
de las personas con discapacidad en la economía
y reforzar las oportunidades de que disponen
para participar plenamente en la
sociedad, el año 2003 se declaró Año europeo
de las personas con discapacidad. La sensibilización
sobre la discapacidad y el intercambio
de experiencias y de buenas prácticas
deberán servir para la aplicación eficaz de las
medidas adoptadas en el contexto de la estrategia
europea de empleo y del método abierto
de coordinación en el ámbito de la integración
social.
Medidas clave
¿ Decisión sobre el Año europeo de las
personas con discapacidad 60.
Cooperación eficaz
Las políticas de lucha contra la pobreza, la
exclusión y la discriminación son, por definición,
ámbitos en los que una amplia gama de
agentes debe participar en la concepción y la
aplicación de las medidas. En este sentido,
son ámbitos en los que es de plena aplicación
la noción de mejor gobernanza, a través de
una participación activa de los diferentes
agentes a todos los niveles y de la responsabilidad
compartida. Esta mejor gobernanza exige
apertura, transparencia, eficacia, coherencia
y respondibilidad. Asimismo debe implicar
el compromiso de respetar las diferentes
culturas y tradiciones.
La participación de la sociedad civil se
basa en una amplia definición y abarca una
amplia gama de agentes, en especial las
ONG, las autoridades locales y regionales, los
sindicatos y las organizaciones empresariales.
-
Modernización de la protección social
También en lo referente a la protección
social aportó el Consejo Europeo de Lisboa un
impulso de gran importancia, al señalar que
los desafíos comunes pueden afrontarse
mejor mediante la cooperación. Por su parte,
las orientaciones políticas de Niza subrayan
que la modernización de los sistemas de protección
social debe satisfacer los requisitos de
la solidaridad, sobre todo en lo que se refiere
a la jubilación y a la asistencia sanitaria, pero
debe contribuir también a un Estado activo
DOCUMENTACI¿N E INFORMES
292 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37
58 COM( 1998)779 de 21-12-1998: ´Propuesta de
reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo
a la coordinaciÛn de los sistemas de seguridad
social. AmpliaciÛn del Reglamento (CEE) nº 1408/71 a
los nacionales de terceros paÌses = Conclusiones del
Consejo sobre la base jurÌdicaª. Conclusiones del Consejo
(Empleo y PolÌtica Social) de 3-12-2001.
59 COM(2001)386 de 11-7-2001: ´Condiciones de
entrada y residencia de nacionales de terceros paÌses
por razones de trabajo por cuenta ajena y de actividades
econÛmicas por cuenta propiaª.
60 COM(2001)271 de 29-5-2001: ´AÒo europeo de
las personas con discapacidad - 2003ª. Dictamen PE de
15-11-2001; AdopciÛn formal por el Consejo de 3-12-
2001.
del bienestar que favorezca la participación
en el empleo.
Cooperación para unas pensiones
seguras y viables
La primera cuestión es la relativa a los
sistemas de pensión. Es un ámbito en el que
la modernización es urgente habida cuenta
del envejecimiento demográfico y de su
impacto en el ratio de dependencia de las
personas de edad avanzada. Si no se adoptan
medidas -dirigidas principalmente a
incrementar la participación en el empleo, a
consolidar las finanzas públicas y a adaptar
los sistemas de protección social- en el futuro
las pensiones podrían resultar insostenibles
económicamente con lo que desaparecería
su capacidad de satisfacer sus objetivos
sociales.
Aunque la reforma de los sistemas de
pensiones sigue siendo competencia de los
Estados miembros, la cooperación a escala
de la Unión Europea se ha intensificado,
principalmente a través del Comité de Protección
Social, y se ha beneficiado del trabajo
llevado a cabo por el Comité de Política
Económica y de su análisis del impacto presupuestario
del envejecimiento. En el Consejo
Europeo de Gotemburgo se subrayó el
potencial del método abierto de coordinación
y en el Consejo Europeo de Laeken se
aprobaron los objetivos marcados para los
informes nacionales.
Estos objetivos comunes para unos sistemas
de pensiones sostenibles hacen hincapié
en la necesidad de mantener la solidaridad de
los mismos y a la vez un nivel adecuado de las
pensiones, en la necesidad de garantizar la
sostenibilidad financiera mediante un alto
nivel de empleo, una gestión solvente de las
finanzas públicas y unas reformas adecuadas
de las pensiones y, por último, en la de modernizar
los sistemas de pensiones para reflejar
las necesidades cambiantes de la sociedad y
de los individuos.
Medidas clave
¿ Comunicación sobre la evolución futura
de la protección social desde una perspectiva
a largo plazo 61.
¿ Comunicación sobre el apoyo a las estrategias
nacionales para garantizar pensiones
seguras y viables 62.
¿ Contribuciones del Comité de Protección
Social y del Comité de Política Económica:
examen del impacto social y
financiero del envejecimiento demográfico
¿incluida la elaboración de un informe
conjunto¿ y promoción de la cooperación
en favor de una pensiones seguras y
viables.
¿ Objetivos para un método abierto de
coordinación en materia de pensiones
adoptados en el Consejo Europeo de
Laeken.
Sanidad
El plazo marcado por la Agenda de política
social para la acción concreta en materia
de asistencia sanitaria es 2003 63. La Comisión
ha preparado el terreno para este trabajo
presentando una Comunicación sobre
el futuro de la asistencia sanitaria y de la
atención a las personas mayores, particu-
SONSOLES DE LA VILLA DE LA SERNA
293 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 37
61 COM(2000)622 de 11-10-2000: ´EvoluciÛn futura
de la protecciÛn social desde una perspectiva a largo
plazo: Pensiones seguras y viablesª. ResoluciÛn del PE
de 17-5-2001
62 COM(2001)362 de 3-7-2001: ´Apoyo a las estrategias
nacionales para garantizar pensiones seguras y
viables mediante un planteamiento integradoª.
63 COM(2000)285 de 16-5-2000: ´ComunicaciÛn
de la ComisiÛn al Consejo, al Parlamento Europeo, al
ComitÈ EconÛmico y Social y al ComitÈ de las Regiones
sobre la estrategia sanitaria de la Comunidad Europeaª
(285-1). ´Propuesta de decisiÛn del Parlamento Europeo
y del Consejo por la que se adopta un programa de
acciÛn comunitario en el ·mbito de la salud p˙blica
(2001-2006)ª (285-2).
larmente en el contexto del envejecimiento
demográfico 64.
Esta Comunicación examina las bases de
cooperación del Tratado y del acervo comunitario
y subraya que los sistemas nacionales
se enfrentan a retos comunes, como el envejecimiento,
las innovaciones técnicas y las nuevas
demandas de los ciudadanos derivadas de
la mejora del nivel de vida y de la información.
Establece tres objetivos a largo plazo
que deberían alcanzarse simultáneamente:
¿ Garantizar el acceso de todos los ciudadanos
a la asistencia sanitaria
¿ Mejorar la calidad de los sistemas de
asistencia sanitaria
¿ Mantener la estabilidad financiera de
los sistemas de sanidad
Esta Comunicación contribuirá a la elaboración
del informe conjunto de situación relativo
a las orientaciones en el ámbito de la
sanidad y de la asistencia a las personas
mayores que el Comité de Protección Social y
el Comité de Política Económica presentarán
al Consejo Europeo de Barcelona.
Los trabajos en este ámbito deben realizarse
a la luz de la estrategia comunitaria en
materia de sanidad.
-
Promoción de la igualdad entre hombres y
mujeres
Integración en las demás políticas
La promoción de la igualdad entre hombres
y mujeres en toda la Unión Europea se
sustenta en dos pilares: la integración en las
demás políticas y la aplicación de medidas
específicas. La integración implica que la
igualdad entre hombres y mujeres debe convertirse
en un foco de atención ¿y de los ajustes
que resulten necesarios¿ en todos los
ámbitos políticos. La promoción de la igualdad
entre hombres y mujeres, además de
basarse en derechos, constituye uno de los
elementos esenciales del progreso social y
económico. Ésta es la razón por la que tiene
tanta relevancia dentro de la estrategia de
empleo y por la que ocupa también un lugar
en la estrategia de integración. El objetivo
general es fomentar la plena participación de
la mujer en la vida económica, científica,
social, política y ciudadana.
El informe anual contenía un examen
general de los progresos realizados en el
ámbito de la igualdad entre hombres y mujeres;
en él se sentaban las bases del primer programa
de trabajo anual de cada servicio de la
Comisión para la aplicación de la estrategia
marco sobre la igualdad entre hombres y
mujeres 65. Por otro lado, una Comunicación
sobre la integración de la igualdad entre hombres
y mujeres en la cooperación al desarrollo
ilustraba la forma en que dicha integración
tiene lugar en otros ámbitos políticos 66.
Medidas antidiscriminación de obligado
cumplimiento
El Parlamento Europeo y el Consejo están
negociando la revis