Crónica Legislativa, Doctrina Judicial y Noticias Bibliográficas

AutorMaría Nieves Moreno Vida
CargoCatedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social Universidad de Granada Miembro del Consejo Económico y Social de Andalucía
Páginas155-188
Revista de Derecho de la Seguridad Social. Laborum 27 (2º Trimestre 2021)
Crónica Legislativa, Doctrina Judicial y Noticias Bibliográficas ISSN: 2386-7191 ISSNe: 2387-0370
Pags. 155-188
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1. CRÓNICA LEGISLATIVA DE SEGURIDAD SOCIAL Y OTRAS MATERIAS
CONEXAS
1.1. UNIÓN EUROPEA
-Reglamento (UE) 2021/177 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de febrero de
2021, por el que se modifica el Reglamento (UE) nº 223/2014 en lo que respecta a la
introducción de medidas específicas para hacer frente a la crisis ligada al brote de
COVID-19 DOUE 16.2.2021 L53/1.
1.2. CRISIS ECONÓMICO-SANITARIA: MEDIDAS PARA LA GESTIÓN Y
EJECUCIÓN DE LOS FONDOS EUROPEOS EN ESPAÑA
-Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes
para la modernización de l a Administración Pública y para la ejecución del Pla n de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE 31-12-202 0)
[Resolución de 28 de enero de 2021, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la
publicación del Acuerdo de convalidación del R.D.-ley 36/2020, de 30 de diciembre (BOE 4 -2-
2021)
Este real decreto-ley tiene por objeto establecer las disposiciones generales precisas para
facilitar la programación, presupuestación, gestión y ejecución de las actuaciones financiables con
FONDOS EUROPEOS, en especial los provenientes del Instrumento Europeo de Recuperación,
aprobado po r el Consejo Europeo del pasado 21 de julio de 2020 con la finalidad de impulsar el
crecimiento económico y la creación de empleo, recuperar y reparar los daños de la crisis
ocasionada por la pandemia del SARS-CoV-2, y promover un proceso de transformación estructural
mediante el impulso de la inversión pública y privada y el apoyo al tejido productivo, la aceleración
de la doble transición ecológica y digital, y el refuerzo y aumento de la resiliencia y de la cohesión
económica, social y territorial en el marco del mercado único europeo.
El real decreto-ley establece asimismo una serie d e medidas para la implementación del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que será aprobado por el Consejo de Ministros para
su adopción y presentación formal ante las instituciones europeas.
El real decreto-ley incorpora una serie de instrumentos de carácter general dirigidos a reducir
las barreras normativas y administrativas, así como un conjunto de medidas de modernización de las
administraciones públicas, que permitan una gestión más ágil y eficiente, para facilitar la ab sorción
de los mencionados fondos.
Las disposiciones de este real decreto -ley se aplicarán sin perjuicio de las regulaciones
establecidas o que establezcan los reglamentos de la Unión Europea en relación con la gestión de los
fondos europeos.
El Instrumento Europeo de Recuperación («NextGeneration EU»), que implicará para España unos
140 000 millones de euros en forma de transferencias y préstamos para el periodo 2021 -26, se basa
en tres pilares:
1. La ado pción de instrumentos para apoyar los esfuerzos de los Estados miembros por
recuperarse, reparar los daños y salir reforzados de la crisis.
2. La adopción de medidas para impulsar la inversión privada y apoyar a las empresas en
dificultades.
3. El refuerzo de los programas clave de la Unión Europea para extraer las enseñanzas de la
crisis, hacer que el mercado único sea más fuerte y resiliente y acelerar la doble transición ecológica
y digital.
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Los proyectos que constituyen el Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia,
permitirán la realización de reformas estructurales los próximos años, mediante cambios normativos
e inversiones, y, por lo tanto, permitirán un cambio del modelo productivo para la recuperación de
la econ omía tras la pandemia causada por la COVID 19 y además una transformación hacia una
estructura más resiliente que permita que nuestro modelo sepa enfrentar con éxito otras posibles
crisis o desafíos en el futuro.
La envergadura de estos retos y el marco temporal para su desarrollo requieren del concurso
de las instituciones y Administraciones Públicas, y plantean la necesidad de adoptar medidas
urgentes encaminadas a articular un modelo de gobernanza para la selección, s eguimiento,
evaluación y coordinación de los distintos proyectos y programas de inversión, y ref ormas
normativas de carácter horizontal que permitan una mejora de la agilidad en la puesta en marcha de
los proyectos, una simplificación de los procedimientos manteniendo las garantías y controles que
exige el marco normativo comunitario, y una mayor eficiencia en el gasto público.
I. En el Título I, de disposiciones generales, se recoge, en primer luga r, una exposición de
los principios de gestión, complementarios a los principios generales de actuación, funcionamiento
e intervención de las Administraciones Públicas , destacando por la importancia que van a tener en
la absorción de los fondos los principios de planificación estratégica y gestió n por objetivos, y los
principios de agilidad, celeridad, simplicidad y claridad en los procedimientos, procesos y ejecución
de tareas.
II. En el Título II se recogen una serie de medidas de ámbito general p ara conseguir una
Administración Pública que cuente con instrumentos del siglo XXI para poder cumplir sus
funciones de un modo eficaz, estratégico y basado en el cumplimiento de objetivos para el mejor
servicio público a los ciudadanos.
1) El capítulo II del Título II está dedicado a la simplificación de la tramitación de convenios
administrativos, con desarrollo en la disposición final segunda, que recoge las modificaciones
-Se considera que la utilización de los convenios en la gestión del Instrumento Europeo de
Recuperación tiene la ventaja de permitir que las actuaciones que requiera el cumplimiento de los
fines de interés general puedan articularse a través de entidades que colaboren con la
Administración, cuyos procedimientos son mucho más ágiles. De ahí q ue se reforme el régimen
jurídico de los convenios administrativos para d otar a su tramitación de una mayor agilidad,
eliminando aquellas diligencias que resulte posible.
-Asimismo, se permite la tramitación anticipada de los expedientes de convenios que vayan
a ejecu tarse en el ejercicio siguiente u otros posteriores, pudiendo llegar hasta la fase de
formalización, siempre que el pago se demore hasta el ejercicio siguiente.
-Se prevé también la posibilidad de percibir anticipos por las operaciones preparatorias que
resulten necesarias para realizar las actuaciones financiadas, hasta el límite del cincuenta por ciento
de la cantidad total a percibir.
-Se ha alargado la duración máxima de los convenios administrativos, para adaptarla a las
necesidades temporales que implican los proyectos del Instrumento Europeo de Recuperación.
2) En el Capítulo III del Título II se recoge una nueva figura de colaboración público
privada: los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica (PERTES).
Se considera que, teniendo en cuenta el efecto multiplicador que implica en la economía una
movilización de recursos de esta dimensión, la colaboración público-privada será clave para la
ejecución de los distintos proyectos tractores contemplados en el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, siendo necesario adaptar el marco normativo de los instrumentos de
la colaboración público-privada a fórmulas que, manteniendo los controles y exigencias
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comunitarias, permitan fórmulas más f lexibles y adaptativas a los requerimientos de los proyectos
financiables con el Instrumento Europeo de Recuperación.
-Esta nueva figura se crea con vocación de permanencia, para incluir en nuestro
ordenamiento nuevos instrumentos de colaboración público privada que permitan una gestión ágil,
si bien, resulta especialmente interesante su aplicación en el ámbito el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia ya que con ella se pretende reforzar a aquellos proyectos incluidos en
el mismo que contribuyan claramente al crecimiento económico, al empleo y a la competiti vidad de
nuestro país.
-Se trata de proyectos de carácter estratégico, con un importante potencial de arrastre para el
resto de la economía, y que exigen la colaboración entre Administraciones, empresas y centros de
investigación para conseguir que escalen sus operaciones en nuestro país.
-La eficacia del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia requiere de la
implicación de todos los agentes económicos y sociales, de todos los niveles de gobierno y del
conjunto de los recursos de la administración pública. Por ello, se crean unos órganos de gobernanza
que garantizan un proceso participativo que incorpore las propuestas de los principales agentes
económicos, sociales y políticos y a la vez sirvan como los necesarios mecanismos de coordinación
con los distintos niveles de administración.
-Para hacer frente a la gestión y ejecución de los proyectos liga dos al Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, que supondrá una multip licación de la carga de trabajo en los
próximos años en las administraciones públicas, se abo rdan cuestiones en materia de medios y
organización: Instr umentos de gestión pública (planificación estratégica para la gestión,
organización, instrucciones de gestión, formación); Gestión de los recursos humanos (provisión de
recursos humanos en las unidades administrativas de carácter provisional para la ejecución del Plan,
criterios p ara la provisión de puestos de trabajo en las unidades temporales para la ejecución del
Plan, reorganización del personal en los departamentos ministeriales y organismos encargados de la
gestión de fondos, asignación de funciones a tiempo parcial, creación y modificación de puestos de
trabajo, oferta de empleo público y provisión de puestos de nuevo ingreso, nombramiento de
personal estatutario de carácter temporal, personal funcionario interino y contratación de personal
laboral con contratos de duración determinada); Digitalización y medios materiales.
-Respecto a los medios para digitalización y el empleo de las nuevas tecnologías de la
información como instrumentos de gestión pública del Plan de Recuperación, Resiliencia y
Transformación, se prevé la creación de un portal web único del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, que servirá como «ventanilla única» del Plan.
III. En el Título IV se recogen las especialidades de gestión del Plan de Recu peración,
Transformación y Resiliencia:
1) El Capítulo I recoge las especialidades en materia de gestión y control presupuestario.
2) El Capítulo II del Título IV aborda las especialidades en materia de procedimientos
administrativos.
-Se requiere adaptar las normas generales que regulan la elaboración de las disposiciones de
carácter general y los procedimientos administrativos, así co mo la suscripción de convenios para la
ejecución d e los fondos del Instrumento Europeo de Recuperación, sin que queden mermadas las
garantías en la actuación pública, ni el rigor en la tramitación.
-En primer lugar, se decla ra mediante la aplicación de la tramitación de urgencia prevista en
la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, para el procedimiento de elaboración de
disposiciones de carácter general en el ámbito del Gobierno d e la Nación. Esta previsión no
condiciona la forma en la que, en el ejercicio de sus competencias, las comunidades autónomas y
entidades locales configuren sus respectivos procedimientos de tramitación normativa.

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