SAP Madrid 661/2006, 22 de Noviembre de 2006

PonenteANGEL VICENTE ILLESCAS RUS
ECLIES:APM:2006:14726
Número de Recurso357/2006
Número de Resolución661/2006
Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 10ª

ANGEL VICENTE ILLESCAS RUS JOSE GONZALEZ OLLEROS MARIA TERESA PUENTE-VILLEGAS JIMENEZ DE ANDRADE

AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 10

MADRID

SENTENCIA: 00661/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

MADRID

Sección 10

1280A

C/ FERRAZ 41

Tfno.: 914933847-48-918-16 Fax: 914933916

N.I.G. 28000 1 7018612 /2006

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 357 /2006

Autos: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 445 /2002

Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCIÓN N. 2 de MOSTOLES

De: Constantino GRINASEX S.C._

Procurador: INMACULADA PLAZA VILLA, JUAN CARLOS ESTEVEZ FERNANDEZ-NOVOA

Contra:

Procurador:

SOBRE: Recurso de apelación. Impugnación de la tasación de costas por el concepto de

indebidos.

PONENTE: ILMO. SR. D. ANGEL VICENTE ILLESCAS RUS

SENTENCIA

Ilmos. Sres. Magistrados:

  1. JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS

  2. ANGEL VICENTE ILLESCAS RUS

Dª Mª TERESA PUENTE VILLEGAS JIMENEZ ANDRADE

En MADRID, a veintidós de noviembre de dos mil seis.

La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos nº 445/02, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Móstoles, seguidos entre partes, de una, como demandante- apelante D. Constantino, representado por la Procuradora Dª Inmaculada Plaza Villa y defendido por Letrado, y de otra como demandada-apelante GRISANEX, S.C., representada por el Procurador D. Juan C. Estevez Fernández-Novoa y defendida por Letrado, seguidos por el trámite de juicio ordinario.

VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo.Sr. D. ANGEL VICENTE ILLESCAS RUS.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Móstoles, en fecha 21 de febrero de 2006, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO:"Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la impugnación formulada por el Procurador Sr. FRANCO GONZALEZ en nombre y representación de D. Constantino contra la tasación de costas practicada por la Sra. Secretario con fecha 15 de diciembre DEBO EXCLUIR de la misma los honorarios de la perito por importe de 5.792,69€ confirmando el resto. Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante. Admitido el recurso de apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los autos ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de fecha 2 de noviembre de 2006, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 20 de noviembre de 2006.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los razonamientos jurídicos de la resolución recurrida en cuanto no aparezca contradicho o desvirtuado por los que se expresan a continuación.

SEGUNDO

(1) Mediante escrito con entrada en el Registro General en fecha 21 de noviembre de 2005 la representación procesal de la entidad «Grisanex, S.C.» entre otros particulares solicitó del Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Móstoles (Madrid) la práctica de la tasación de costas acompañando al efecto su propia cuenta de derechos, con el siguiente contenido «.. FRANCISCO LOPEZ BARRIUSO Procurador de los Tribunales (q.e.p.d.) AGUEDA VALDERRAMA ANGUITA Procurador de los Tribunales (en su sustitución)

CUENTA DE DERECHOS DEL PROCURADOR QUE SUSCRIBE EN LOS AUTOS EN JUICIO ORDINARIO N.º 445/02 PROMOVIDOS A NOMBRE DE D. Constantino, CONTRA GRISANEX S.C., ANTE EL JUZGADO DE la INSTANCIA N.º 2 (HOY INSTRUCCION) DE LOS DE MOSTOLES.

DERECHOS:

En el procedimiento, artº 1-1-2.º del arancel: 826,40 Euros

Rº Reposic.- Impugnación R° Reposic. Artº 35-36 : 40,54 "

Oposición R° Apelación 35-36 idem: 33,78 "

Tasación de costas, arto 35-36 idem20.27 "

SUMA: 920,99 Euros

I.V.A. AL 16%: 147.36 "

SUMA TOTAL: 1.068,35 Euros»

(2) Presentaba asimismo propuesta de minuta de honorarios de la perito Doña María Isabel Máñez Rodríguez, con el siguiente contenido «.. PROPUESTA DE MINUTA Fecha 0110712005

CONCEPTO IMPORTE

Honorarios por elaboración de informe, pronunciamiento y actuación como perito en en judgado, de acuerdo con la carta de encargo formalizada en fecha 16 de Diciembre de 2002, según criterios del Consejo Superior de Colegios Oficiales de Titulados Mercantiles y Empresariales de España:

Título V; Capítulo II; Apartado G)

6% Cuantía del pleito (80.589,00 E): 4.835,34 E

3 Desplazamientos Zaragoza-Móstoles: 900,00 E

  1. IMPONIBLE: 5.735,34 E

16% IVA: 917,65 E

15% IRPF: 860,30 E

TOTAL: 5.792,69 E

FORMA DE PAGO: TRANSFERENCIA N.º CTA: 0128 0403 11 0101921215»

(3) Y, por útimo, propuesta de minuta del Letrado director del proceso, con el siguiente contenido «.. PROPUESTA DE MINUTA

PROPUESTA MINUTA DE HONORARIOS DEVENGADA POR GRACIA, ARTIGAS Y BERNAL ABOGADOS, S.C. CON RELACIÓN A GESTIONES ENCOMENDADAS POR LA ENTIDAD MERCANTIL "GRISANEX, S.C.", EN EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO N.º 445/02, CONTRA Constantino, TRAMITADO ANTE EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2 DE MOSTOLES, ROLLO DE APELACIÓN 370/04 ANTE LA SECCIÓN 10a DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID.

Norma 83.- Juicio Ordinario, según mínimos establecidos por el R. e I. Colegio de Abogados de Zaragoza: 6.860,21.- Euros

Norma 183.- Recurso de Apelación, según mínimos establecidos por el R. e I. Colegio de Abogados de Zaragoza: 4.116,13.- Euros

Norma 3b).- Salida de despacho asistencia a Audiencia Previa a 12:30 h el día 17 de febrero de 2003 en Mostotes, según mínimos establecidos por el R. e I. Colegio de Abogados de Zaragoza: 180,30.- Euros

Norma 3 c) y d).- Salida de despacho en festivo con pernocta para asistencia a Vista celebrada a las 10:30 h del día 28 de Abril de 2003 en Mostotes, según mínimos establecidos por el R. e I. Colegio de Abogados de Zaragoza: 901,53.- Euros

Norma 3 c) y d).- Salida de despacho en festivo con pernocta para asistencia a Vista celebrada a las 10:00 h del día 24 de Noviembre de 2.003 en Mostotes, según mínimos establecidos por el R. e I. Colegio de Abogados de Zaragoza: 901,53.- Euros

Norma 3 b).- Salida del despacho asistencia a Vista celebrada el día 30 de Enero de 2.004, según mínimos establecidos por el R. e I. Colegio de Abogados de Zaragoza: 180,30.- Euros

Total Honorarios: 13.140,00.- Euros.

16% I.V.A: 2.102,40.- Euros.

TOTAL: 15.242,40- Euros.

Importa la presente Propuesta de Minuta la figurada cantidad de QUINCE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS EUROS CON CUARENTA CENTIMOS»

(4) En fecha 15 de diciembre de 2005 el Juzgado «a quo» practicó la tasación de costas solicitada, comprensiva de los siguientes conceptos «.. TASACIÓN DE COSTAS que practica la Secretaria Judicial que suscribe, en autos de Juicio Ordinario, seguidos en este Juzgado bajo el núm. 445/02 a cuyo pago resulta condenada la parte actora, según sentencia firme.

- Honorarios del Letrado Gracia, Artigas y Bernal Abogados, S.C.

según minuta: 9.023,87 Euros.

IVA 16% 1.444,00

10.467,87 Euros.

Se excluye la partida relativa a la tramitación del recurso de apelación que deberá solicitarse en el rollo correspondiente ante la Sección 10.ª de la Audiencia Provincial de Madrid.

-Honorarios del Perito Da Ma Isabel Mañez Rodríguez,

según minuta: 5.792,69 Euros (IVA incluido)

-Derechos del Procurador D. Francisco López Barriuso:

Derechos de tramitación. Art. 1-1.2 : 826,40 Euros

Recurso de reposición. Art. 35-36 : 40,54

Oposición rec. de apelación. Art. 35-36 : 33,78

Tasación de Costas. Art. 35-36 20,27

IVA 16% 147,00

1.067,99 Euros

TOTAL TASACIÓN COSTAS. 17.328,55 EUROS

Asciende la presente tasación de costas a la cantidad de diecisiete mil trescientos veintiocho euros con cincuenta y cinco céntimos s.e.u.o)»

(5) Mediante escrito con entrada en el Registro General en fecha 3 de enero de 2006 la representación procesal del condenado Don Constantino evacuó impugnación de la tasación de costas por el concepto de indebidas, de acuerdo con las alegaciones que tuvo por conveniente y que se han de dar aquí por reproducidas en gracia a la economía procesal.

(6) Mediante escrito con entrada en el Registro General en fecha 24 de enero de 2006, la representación procesal de la entidad «Grisanex, S.C.» se opuso al acogimiento de la impugnación articulada de contrario.

(7) Celebrada la vista en fecha 9 de febrero de 2006 con el resultado que en autos obra y se expresa, la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de Instrucción núm. 2 de Móstoles (Madrid) dictó sentencia en fecha 21 de febrero de 2006 parcialmente estimatoria de la impugnación formulada en el particular atinente a la exclusión de los honorarios de la perito sin especial pronunciamiento respecto de las costas procesales.

(8) Mediante escrito con entrada en el Registro General en fecha 28 de febrero de 2006, la representación procesal de la entidad «Grisanex, S.C.» interesó del Juzgado «a quo» que tuviera por preparado recurso de apelación frente a la sentencia recaída.

(9) Mediante escrito con entrada en el Registro General en fecha 3 de marzo de 2006, la representación procesal del condenado Don Constantino interesó del Juzgado «a quo» que tuviera por preparado recurso de apelación frente a la sentencia recaída.

(10) Por proveído de 7 de marzo de 2006 se acordó tener por preparados los recursos de apelación intentados y emplazar a las partes para su interposición respectiva en tiempo y forma legales.

(11) Mediante escrito con entrada en el Registro General en fecha 7 de abril de 2006, la representación...

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