DECRETO 248/1995, de 7 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 190/1993, de 5 de agosto, sobre coordinación de actuaciones en materia de inversiones públicas, sobre coordinación, tramitación y resolución de incentivos a la inversión y sobre el registro de ayudas.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 12-12-1995 Nº Boletín: 236 / 1995

DECRETO 248/1995, de 7 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 190/1993, de 5 de agosto, sobre coordinación de actuaciones en materia de inversiones públicas, sobre coordinación, tramitación y resolución de incentivos a la inversión y sobre el registro de ayudas.

El Decreto 114/1995, de 10 de julio, de Reestructuración de Consejerías, creó la Consejería de Industria, Comercio y Turismo atribuyéndole, entre otras, las funciones que hasta entonces correspondían a la Consejería de Economía y Hacienda en materia de promoción económica.

Algunas de las previsiones del Decreto 190/1993, de 5 de agosto, relativo a la coordinación de actuaciones en materia de inversiones públicas, la coordinación, tramitación y resolución de incentivos a la inversión y al registro de ayudas, están condicionadas por las competencias en materia de promoción económica atribuidas a la Consejería de Economía y Hacienda. Se hace preciso, pues, adaptarlas a la actual distribución de competencias.

En su virtud, a propuesta conjunta de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Industria, Comercio y Turismo, y previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 7 de diciembre de 1995,

DISPONGO:

Artículo 1 º Los artículos 2.º, 4.º 2, 10, 11, 14 y 20 del Decreto 190/1993, de 5 de agosto, quedan redactados del siguiente modo:
Art. 2 º El Comité de Inversiones Públicas es el órgano de coordinación y seguimiento de las actividades de la Administración de la Comunidad relativas a la realización de inversiones públicas.
Art. 4 º 2

El Secretario del Comité será un funcionario designado por la Consejería de Economía y Hacienda. Asistirá con voz pero sin voto.

Art. 10 Atribuciones a la Comisión Regional. 1

Corresponde a la Comisión Regional de Promoción Económica respecto a los incentivos regulados por el Decreto 151/1989:

  1. Informar sobre los anteproyectos de Ley y los proyectos de disposiciones y convocatorias relativos a aquellos incentivos o que los afecten directamente.

  2. Informar sobre los proyectos de disposiciones reguladoras de la gestión y tramitación de incentivos.

  3. Sugerir modificaciones en la regulación de los incentivos.

  4. Sugerir a la Consejería competente la elaboración de disposiciones sobre procedimiento en materia de incentivos.

  5. Dirigir la actuación de las Comisiones Provinciales de Promoción...

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