Orden 33/2004, de 22 de diciembre, por la que se regula la convocatoria y el régimen jurídico de las subvenciones para la realización de proyectos y actividades de información y divulgación de temas europeos, para el año 2005.
Sección | 6 - Subvenciones y Ayudas |
Emisor | Consejeria de Relaciones Institucionales y Asuntos Europeos |
Rango de Ley | Orden |
El proceso de construcción europea, del que Cantabria forma parte, aborda en la actualidad una nueva fase con la adopción de la Constitución para Europa, lo que va a afectar, de un modo directo, a la ciudadanía cántabra.
Con tal motivo, la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación al Desarrollo estima necesario y pertinente, en el marco de sus competencias apoyar los proyectos y actividades de información y divulgación de temas de naturaleza europea.
Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria exigen que las subvenciones y ayudas con cargo a créditos presupuestarios que no tengan asignación nominativa y que afecten a un colectivo de beneficiarios potenciales, general o indeterminado, deberán concederse de acuerdo con criterios de publicidad, libre concurrencia y objetividad.
Por todo cuanto antecede y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 33 f) de la Ley de Cantabria 6/2002 de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria
DISPONGO
La presente Orden tiene por objeto regular la concesión de subvenciones destinadas a apoyar, en el año 2005, los proyectos y actividades de información y divulgación de temas de naturaleza europea, especialmente los referidos a la Constitución Europea.
No se concederán ayudas que tengan por objeto inversiones en equipamientos u obras, ni las destinadas a sufragar los posibles gastos financieros derivados de la puesta en marcha de los proyectos y actividades.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas por la presente Orden las personas jurídicas públicas o privadas sin ánimo de lucro domiciliadas en la Comunidad Autónoma y que al momento de la solicitud hayan justificado los gastos correspondientes a las subvenciones o ayudas oficiales recibidas con anterioridad y cuyo plazo de justificación haya finalizado.
No podrá concederse ayuda al amparo de esta convocatoria a aquellos solicitantes que mantengan deudas con el Gobierno de Cantabria.
-
- Las solicitudes, dirigidas a la excelentísima consejera de Relaciones Institucionales y Asuntos Europeos se presentarán, en el plazo de veinte días naturales contados desde el siguiente a la publicación de esta Orden en el BOC, en el Registro Delegado de la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación al Desarrollo (calle Castilla número 2, primera planta, Santander), bien directamente o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002 de Régimen Jurídico del Gobierno y de laAdministración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
-
- Las solicitudes, suscritas por quién ostente la representación legal de la entidad, se presentarán conforme al modelo Anexo I a la presente Orden y contendrán la siguiente documentación:
-
Fotocopia del CIF de la entidad, y DNI del representante de la entidad que firme la solicitud, que ha de estar en vigor.
-
Fotocopia compulsada de los Estatutos de la Entidad correspondiente. Este requisito sólo deben cumplirlo aquellas Asociaciones que no resultaron adjudicatarias de subvención en la convocatoria anterior, o que habiendo sido subvencionadas hayan realizado alguna modificación del contenido de los estatutos o las que se presenten por primera vez.
-
Copia certificadadel acuerdo de la Junta directiva en la que se decidió la solicitud de la subvención, según modelo recogido como Anexo VI.
-
Memoria explicativa de las características de la entidad solicitante, según el modelo recogido como Anexo II.
-
Memoria explicativa para cada uno de los programas o actividades para los que se solicita la subvención, según el modelo recogido como Anexo III.
-
Documento, según modelo recogido como anexo IV, en el que conste:
- Compromiso de coordinarse con la Consejería de Relaciones Institucionales y Asuntos Europeos y la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación al Desarrollo en el desarrollo del programa objeto de subvención, así como facilitar el control público que permita verificar la adecuación de las actividades a dicho programa.
Con carácter previo a la fecha de inicio y de finalización del proyecto la Asociación deberá comunicar a la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación al Desarrollo los días, horas y localidades donde se desarrollarán las actividades, por si fuera de su interés participar o difundir esta información a través de sus servicios.
De igual forma, la organización permitirá el acceso y permanencia de la persona designada...
-
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba