Resolución de 26 de julio de 2005, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca a concurso público de acceso una plaza correspondiente a los cuerpos de funcionarios docentes universitarios.

MarginalBOE-A-2005-14759
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorUniversidades
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 26 de julio de 2005, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca a concurso público de acceso una plaza correspondiente a los cuerpos de funcionarios docentes universitarios.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, (B.O.E. del 24), en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, (B.O.E. del 7 de agosto) por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos, modificado por el Real Decreto 338/2005, de 1 de abril, y a tenor de lo establecido en los Estatutos de la Universidad de Córdoba, aprobados por Decreto 280/2003, de 7 de octubre de la Junta de Andalucía (B.O.J.A. del 27), modificado por Decreto 94/2005, de 29 de marzo de la Junta de Andalucía (B.O.J.A. del 21 de abril).

Este Rectorado, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y artículos 52 y 170 de los Estatutos de la Universidad de Córdoba, ha resuelto convocar el correspondiente concurso de acceso a la plaza vacante de Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios que se detalla en el anexo I de la presente Resolución, dotada en el estado de gastos del presupuesto de la Universidad de Córdoba, incluida en su vigente relación de puestos de trabajo y comunicada en su día a la Secretaría del Consejo de Coordinación Universitaria a efectos de habilitación, con sujeción a las siguientes bases de convocatoria:

  1. Normas generales

    Al presente concurso le será de aplicación la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 enero; el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el Sistema de Habilitación Nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos modificado por el Real Decreto 338/2005 de 1 de abril; los Estatutos de la Universidad de Córdoba, aprobados por Decreto 280/2003, de 7 de octubre de la Junta de Andalucía (B.O.J.A. del 27), modificado por el Decreto 94/2005, de 29 de marzo (B.O.J.A. del 21 de abril); el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Córdoba, de fecha 27 de febrero de 2004, sobre convocatorias de los concursos de acceso a plazas de Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios y criterios objetivos y generales aplicables por las Comisiones de Selección;

    las presentes bases de convocatoria; las normas de general aplicación y, en lo no previsto, las disposiciones estatales que regulan el régimen general de ingreso en la Administración Pública.

  2. Requisitos de los candidatos

    Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales:

    1. Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados, a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.

      También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.

      Igualmente, podrán participar los aspirantes de nacionalidad extranjera no comunitaria cuando, en el Estado de su nacionalidad a los españoles se les reconozca aptitud legal para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las de los funcionarios de los cuerpos docentes universitarios españoles. Sobre este efectivo reconocimiento de la aptitud legal, el Consejo de Coordinación Universitaria recabará informe de los Ministerios de Asuntos Exteriores y de Administraciones Públicas.

    2. Tener cumplidos dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

    3. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo docente de que se trate.

    4. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas por sentencia judicial firme. En el caso de los aspirantes que no posean la nacionalidad española, el cumplimiento de este requisito comportará no hallarse sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

    5. Haber abonado los correspondientes derechos de participación, por importe de 24 euros.

    6. La exigencia de otros requisitos vendrá determinada por la categoría a la que pertenezca la/s plaza/s objeto de convocatoria.

      Requisitos específicos:

      Acreditar hallarse habilitado para el Cuerpo Docente Universitario y Área de Conocimiento a los que corresponde la plaza, conforme a las previsiones contenidas en el artículo 15 del Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, modificado por el Real Decreto 338/2005, de 1 de abril.

      No podrán participar en el respectivo concurso de acceso quienes ostenten la condición de profesor de una plaza de igual categoría y de la misma área de conocimiento en la misma o en otra Universidad, salvo que se haya producido el desempeño efectivo de la misma durante al menos dos años.

      Los requisitos establecidos en la presente base deberán cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión. Para el caso de los nacionales de otros Estados a los que es aplicable el derecho a la libre circulación de los trabajadores, si en el proceso selectivo no resultara acreditado el conocimiento del español, la Comisión de Acceso podrá establecer, en su caso, pruebas específicas destinadas a verificar el cumplimiento de este requisito.

  3. Solicitudes

    La solicitud para participar en el concurso de acceso se ajustará al modelo que se adjunta como anexo II a la presente convocatoria.

    Las solicitudes se dirigirán al Excmo. Sr. Rector Magfco. de la Universidad de Córdoba en el...

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