Convenio de 12 de julio de 1982 de Cooperación Técnica en materia agrícola y pesquera entre el Gobierno español y el Gobierno de la República tunecina, firmado en Madrid.
Fecha de Entrada en Vigor | 16 de Noviembre de 1982 |
Marginal | BOE-A-1983-9125 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Asuntos Exteriores |
Convenio de Cooperación Técnica en materia agrícola y Pesquera entre el Gobierno español y el Gobierno de la República tunecina.
El Gobierno español y el Gobierno de la República tunecina deseosos de extender su cooperación y desarrollar las relaciones en el ámbito de la agricultura y de la pesca, han convenido suscribir el presente Convenio de Cooperación Técnica en materia agrícola y pesquera, en el que se establecen como aéreas y líneas en las que se desarrollará la cooperación entre los dos países las siguientes:
Sector forestal y conservación de la naturaleza.
Dentro del amplio marco encuadrado en este importante sector, ambas Partes consideran de mutuo interés la intensificación de las relaciones y coordinación de diversos estudios planes.
1.1 Ambas Partes facilitarán el mutuo intercambio de expertos en temas relativos a la conservación de los suelos, con vistas a realizar en común estudios de proyectos en este área. Estos estudios se referirán igualmente a los temas relativos al conocimiento de los recursos patrimoniales y su mejora.
1.2 Ambas Partes facilitarán en todo momento el mutuo conocimiento de la evolución legislativa en este sector, así como los resultados y evaluación de las diversas normas legislativas, si procede.
1.3 Ambas Partes facilitarán el mutuo reconocimiento de la repoblación forestal, así como el desarrollo de la ordenación del espacio natural y las medidas de lucha contra incendios forestales.
Producción animal.
Con el fin de promocionar y obtener una mejora en los rendimientos del ganado, ambas Partes desarrollarán estos aspectos principalmente dentro del marco que a continuación se expone:
2.1 Por parte española se realizará un estudio-piloto sobre las posibilidades de utilización y aprovechamiento de los subproductos del olivar, considerando especialmente lo relacionado con orujos y hojas, con la finalidad de una mejora en su rendimiento como alimento del ganado, que será puesto a disposición de las autoridades tunecinas.
2.2 Ambas Partes se facilitarán toda la información necesaria para el conocimiento mutuo en el desarrollo de una mejor gestión en los aspectos de ordenación y fomento del empleo de piensos compuestos y recursos alimenticios diversos.
2.3 Ambas Partes intensificarán el mutuo conocimiento en el desarrollo de la gestión de reproducción animal...
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