Instrumento de Ratificación del Acuerdo de Asistencia Técnica Complementario del Convenio de Cooperación Social Hispano-Costarricense para Asesora la Caja Costarricense de Seguro Social, firmado en San José el día 6 de noviembre de 1971.

Fecha de Entrada en Vigor23 de Marzo de 1973
MarginalBOE-A-1975-14781
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
15000
11
julio
1975
PAGINA
B.
O.
líel
E,-Núm.
165
PAGJNA
Decreto
1541/1975,
de
12
de
junio,
por
el
que
se
de-
clara
de
utilidad
pública
la
concentración
parcelaria
de
la
zona
de
Zujaira
(Granada).
15055
Decreto
1542./1975.
de
12
de
junio,
por
el
que
se·
de-
clara
de
utilidad
públi
_.la
concentración
parcelaria
de
la
zona
de
Villanueva
de
Río
Ubierna
<Burgos}.
15055
Decreto
1543/1975,
de
12
de
lunio,
por
el
que
se
de~
clara
de
-utilidad
pública
la
concentración
parcelaria
de
la
zona
de
Santa
María
de
Ananúñez
<BUrgos).
15055
Decreto
1544/1975,
de
12
de
junio.
por
el
que
de-
clara
de
utilidad
pública
la
concentración
parcelaria
de
la
zona
de
Lodoso
(Burgos).
15055
Decreto 1545/197$,
de
12.
de
lunio,
por
el
que
se de-
clara
de
utilidad
pública
la
concentración
parcelaria
de
la
zona
de
Bascuñuelos
(Burgos).
15056
Decreto
1546/1975,
de
12
de
tunio,
por
el
que
se
de~
clara
de
utilidad,
pública
la
concentra-::ión
parcelaria
de
la
'.ona
de
Arraya
de
Oca,
(Burgos),
15056
Decreto
1547/1975,
de
12
de
lunio,
por
el
que
se
de~
clara
de
utilidad
pública
la
concentración
parcelaria
de
la
zona
de
Vega
de
?oyales
del
Hoyo
fA
vilaJ.
15056
Decreto
1548/1975,
de
12
de
iunio,
por
el
que
se
recti~
fiean
precios
máximos
y
mínimos
aplicables
a
las
tierras
del
sector
1
de
la
zona
regable
por
el
embalse
de
la
Torre
de
Abraham
(Ciudad
ReaD.
1505~
Orden
de
19
de
junio
de
1975
por
la
que
se
nombran
funcionarios-
de
carrera
propios
del
Instituto
Nacio-
nal
de
DeThJminaciones
de
Origen,
como
Peritos
Agrícolas,
don
Rafael
Ruiz
Isla
y
don
Francisco
Ma-
riano
Izquierdo
Primo.
15030
Resolución
del
F.
O.
R. P. P. A.
por
la
que
se
acepta
la
colaboración
de
cebaderos
para
la
producción
de
corderos
de
cebo
precoz.
15057
MINISTERIO
DEL
AIRE
Correcci'ón
de
érra:as
de
la
Orden
de
5
de
junio
de
1975
por
la
que
Se
nombran
Alféreces
alumnos
aspi-
rantes
a
ingreso
en
el
Cuerpo
de
Ingenieros
Aero~
~náuticos.
15035
MINISTERIO
DE
COMERCIO
Decret.a 1496/HI75,
de
19
de
junio.
sobre
productos
quí-
micos
en
régimen
de
suspensión
temporal
de
dere~
chos
arancelari'Js.
.
15019
Decreto
1497/1975,
de
19
de
junio.
por
el
que
se
deter-
minan
las
disposicioneS
derogadas,
modificadas
y
vigen';es
en
materia
de
inversiones
extr.anjeras.
15020
Corrección
de
errores
de
la
Orden
de
4
de
junio
de
1975
por
la
que
se
prorroga
el
período
de
vigencia
de
la
concesión
de
régimen
de
reposición
otorgada
a
..
Nue-
va
Montaña
Quijano,
S.A.-,
para
la
importación
de
palanquilla
de
acero
esp'ecial
sin
aleación,
por
expor~
tación
de
alambre.
.
15057
Resolución
de
la
Dirección
General
de
Comer"cio
Ali-
mentario
sobre
márgenes
comerciales
máximos
a
apli-
car
por
los
detallistas
carniceros
eil
la
venta
al
pú~
blioo
de
l~s
distintas,
clases
de
carne.
15021
MINISTERIO
DE
PLANIFICACION
DEL
DESARROLLO
Decreto
1498/1975,
de
19
de
iunio.
por
el
que
se
modi-
fica
el
articulo
6.
0
del
Decreto
2217/1974,
de
20
de
julio.
15025
ADMINISTRACION
LOCAL
Resolución
del
Ayuntamiento
de
Las
Palmas
de
Gran
Canaria
por
la
que
se
anuncia
concurso
para
cul:!rir .
en
propiedad
la
plaza
dJ
Viceinterventor
de
Fondos
de
esta
Corporación.
15035
Re301ución
del
Tribunal
calificador
del
concurso-opJ~
sidón
celebrado
para
proveer
una
plaza
de
Ingenie-
ro
-Industrial
del
Ayuntamiento
de
Madrid
por
la
qUe so
hace
público
el
nombre
del
a,spirante
pro-
puesto.
15036
l. Disposiciones generales
JEFATURA DEL ESTADO
14781
INSTRUMENTO
de
Ratificación
del
Acuerdo
de
Asistencia
Técnica
Complementario
del
Convenio
de
Cooperación
Social
Hispano-Costarricense
para
Asesorar
la
Caja
Costarricense
de
Seguro
Social.
firmado
en
San
José
el
día
6
de
noviembre
de
1.971.
ARTICULO 1
Los
Gobiernos
de
España
y
Costa
Rica
acuerdan
establecer
un
.
programa
de
acción
encaminado
a
pre:tar
aS'?';:Corarrliento
a
la
Caja
Costarricense
de
Seguro
50(::31
para
el
desarrollo
de
sus
actuales
planes
de
estudio
y
aplicación
de
métodos
financieros
y
administrativos.
ARTICULO
Il
FRANCISCO
FRANCO
BAHAMONDE
JEFE
DEL ESTADO
ESP
AI'JOL,
GENERALISIMO
DE
LOS
EJERCITaS
ESPAÑOLES
Por
cuanto
el
-
día
6
de
noviembre
de
1971,
el
Plenipoten~
ciaría
de
España
firmó
en
San
José,
juntamente
con
los
Plenipotenciarios
de
la
República
de
Costa
Rica,
nombrados
en
buena
y
debida
forma.
al
efecto,
UJ;l
Acuerdo
de
Asistencia
Técnica
Complementario
del
Convenio
de
CQoperación
Social
Hispano~Costarricense
para
Asesorar
la
Caja
Costarricense
de
Seguro
Social.'
cuyo
texto
certificado
se
inserta
seguidamente:
Los
Gobiernos
de
España
y
Costa
Rica,·
en
aplicación
de
lo
que
establece
el
Convenio
de
Cooperación
Social
Hispano~
Costarricense.
suscrito
entre
ambos
países
el
día
15
de
abril
de
1968,
han
resuelto
establecer
el
presente
Acuerdo
Comple~
mentario
de
Asistencia
Técnica
y.
a
tal
fin,
han
designado
como
sus
respectivos
Plenipotenciarios:
El
Presidente
de
la
República
de
Costa
Rica,
al
excelenti~
sima
señor
Licenciado
Gonzalo
J.
Facio,
Ministro
de
Relacio~
nes
Exteriores,.
y
al
excelentísimo
señor
Lice~ciado
Oanno
Jiménez
V~iga,
Ministro
de
Trabajo
y
Bienestar
Social.
El
Jefe
del
Estado
Español,
al
excelentisimo
señor
don
Gr:egorio
L6pez~Bravo
de
Castro,
Ministro
de
Asuntos
Exte~
riores.
Los
cuales,
después
de
haber
canjeado
sus
Plenos
Poderes,
hallados
en
buena
y
debide
forma. convienen
lo
siguiente:
Para
la
ejecución
del
presente
Acuerdp,
el
Gobierno
de
Esp~ña
se
obliga
a:
a)
Enviar
a
Costa
Rica,
a
partir
de
1972,
hasta
seis
Aseso~
res
en
programación
y
administración
de
seguros
sociales,
.primordialmente
en
automación
-y
procedimientns
y
controles
administrativos
y
financieros,
en
asignaciones
familiares,
en
extensión
de
las
pensiones
de
vejez,
invalidez
y a
sobrevivien-
tes
de
los
trabajadores
agrícolas,
en
administrs,ción
de
servi~
cios
médicos
y
procedimientos
para
auditoría
médica
y
en
extensión
de
los
servicios
dóJ
la
Seguridad
Social
a
los
traba-
jadores
independientes
o
por
cuenta
propia.
Estos
Asesores
serán
adscritos
a
la
Caja
Costarricense
de
Seguro
SociaL.
bJ
Los
Asesores
indicados
actuarán
por
un
período
de
tiempo
mínimo
de
dieciocho
meses~experto
en
total,
pudiendo
ser
extendido
este
plazo
por
acuerdo
entre
las
partes
y
en
la
medida
que
las
n-ecesidades
de
su
misión
10
reqltieran.
cl
Facilitar
gratuitamente
al
Gobierno
de
Costa
Rica
las
publicaciones
y
material
de
-
trabajo
y
consulta
relacionados
con
las
especialidades
objeto
de
misión.
d)
Conceder
y
sufragar
becas,
en
número
de
12,
para.
el
perfeccionamiento
en
España
de
los
costarricenses
que
actúen
como'
homólogo~
de
los
expertos.
e)
Uno
de
los
Asesores
actuará
como
CoordinadoF
de
la
Misión,
nombrad'o
por
el
Gobierno
;Español, y
al
que
le
serán
asignadas
las
funciones
propias
de
coordinación,
sin
perjuicio
de
las
que,
como
Asesor
específico,
le
correspondan.

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