Convenio Internacional para la Conservación del Atún Atlántico, hecho en Río de Janeiro el 14 de mayo de 1966. Correcciones al texto español.
Marginal | BOE-A-1983-28824 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Asuntos Exteriores |
El Director general de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, en su calidad de Depositario del Convenio Internacional para la Conservación del Atún Atlántico, hecho en Río de Janeiro el 14 de mayo de 1966, comunica las siguientes correcciones al texto español del mismo:
línea 4, en vez de
línea 2, en vez de <... y las regulaciones ...>, debe decir: <... y las regias ...>.
línea 7, en vez de <... en el de la convenci ...>, debe decir: <... en la zona del convenio ...>.
líneas 7 y 8, en vez de
línea 3, en vez de <... o de geogr>, debe decir: <... o de zonas geogr>.
(b) (iii), línea 3, en vez de <... de una geogr ..>, debe decir: <... de una zona geogr ...>.
(a), línea 10, en vez de <... dentro de los sesenta d subsiguientes>, debe decir: <... durante los sesenta d subsiguientes>.
(d), líneas 3 y 4, en vez de <... de acuerdo con los p y ...>, debe decir:
(e), línea 1, en vez de <... en el caso referido p ...>, debe decir:
(f), línea 3, en vez de <... seg los p y>, debe decir: <... seg los incisos y ...>.
líneas 1 y 2, en vez de
(c), línea 2, en vez de <... excede en cualquier bienio la cantidad total>, debe decir: <... excede en cualquier bienio de la cantidad total ...>.
(c), penúltima línea, en vez de <... la parta del presupuesto a que se refiere este subp>, debe decir:
línea 1, en vez de
líneas 4 y 5, en vez de <... el proyecto del presupuesto bienal junto con ...>, debe decir: <... el proyecto de presupuesto bienal junto con ...>.
línea 1, en vez de
línea 2, en vez de <... proponer modificaciones a esta convenci>, debe decir: <... proponer modificaciones a este convenio>.
líneas 8-11, en vez de <... entrar en vigor para las partes contratantes a los treinta d despu da su aceptaci por tres cuartas>, debe decir: <... entrar en vigor para todas las partes contratantes a los treinta d despu de su aceptaci por tres cuartos>.
líneas 14 y 15, en vez de <... noventa d despu de la aceptaci por las tres cuartas partes contratantes>, debe decir: <... noventa d despu de la aceptaci por los tres cuartos las partes contratantes>.
líneas 4 y 5, en vez de
líneas 4 y 5, en vez de <... se depositar con el director general ...>, debe decir: <... se depositar ante el director general ...>.
líneas 4 y 5, en vez de <... los instrumentos de ratificaci o adhesi ...> debe decir: <... los instrumentos de ratificaci aprobaci o adhesi ...>.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 27 de octubre de 1983.- El Secretario general Técnico, Ramón Villanueva Etcheverría.
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