Real Decreto 32/1979, de 5 de enero, por el que se convalidan determinadas normas, que serán de aplicación a la celebración de las elecciones generales convocadas para el día 1 de marzo de 1979.
Marginal | BOE-A-1979-363 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Presidencia del Gobierno |
Rango de Ley | Real Decreto |
CONVOCADAS ELECCIONES GENERALES PARA EL DIA UNO DE MARZO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE, SE HACE NECESARIO DICTAR DETERMINADAS NORMAS DE DESARROLLO, QUE PARECE ADECUADO SEAN LAS MISMAS QUE SE ESTABLECIERON PARA LAS ELECCIONES GENERALES CELEBRADAS EL DIA QUINCE DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE, CON LA SIMPLE SUSTITUCION DE FECHAS EN AQUELLAS EN LAS QUE ES NECESARIO.
IETE, EN SU VIRTUD, A PROPUESTA DEL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA Y PREVIA DELIBERACION DEL CONSEJO DE MINISTROS EN SU REUNION DEL DIA CINCO DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE, DISPONGO:
SE DECLARAN DE APLICACION AL PROCESO ELECTORAL CONVOCADO POR REAL DECRETO TRES MIL SETENTA Y TRES/MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO, DE VEINTINUEVE DE DICIEMBRE, LAS NORMAS SIGUIENTES: REAL DECRETO MIL CIENTO TREINTA Y SEIS/MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE, DE VEINTE DE MAYO ("BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" DEL VEINTIOCHO), SOBRE HABILITACIONES PARA EL EJERCICIO DE LA FE PUBLICA EN MATERIA ELECTORAL; ORDEN DE TRES DE MAYO DE MIL, NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE ("BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" DEL CUATRO), SOBRE TARIFAS POSTALES ESPECIALES; ORDEN DE SEIS DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE ("BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" DEL SIETE), SOBRE NORMAS PARA FACILITAR LA OBTENCION DE DOCUMENTACION, EN LA QUE LA FECHA DEL OCHO DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE, A QUE SE REFIERE SU ARTICULO SEGUNDO, SE ENTIENDE SUSTITUIDA POR LA DE VEINTIUNO DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE; REAL DECRETO NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE/MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE, DE TRES DE MAYO, POR EL QUE SE DESARROLLA EL REAL DECRETRO-LEY VEINTE/MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE, DE DIECIOCHO DE MARZO; ORDEN DE NUEVE DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE ("BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" DE DIEZ DE MAYO), SOBRE CARACTERISTICAS Y DISPOSICION INTERIOR DE LOS LOCALES ELECTORALES; ORDEN DE VEINTE DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE ("BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" DEL VEINTIUNO), POR LA QUE SE REGULA EL VOTO POR CORREO DEL PERSONAL EMBARCADO, Y ORDEN DE NUEVE DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE ("BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" DEL DIEZ), POR LA QUE SE FIJA EL NUMERO DE ACTOS PUBLICOS DE PROPAGANDA ELECTORAL EN LOCALES OFICIALES Y LUGARES DE USO PUBLICO.
DADO EN MADRID A CINCO DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE.-JUAN CARLOS.-EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA, JOSE MANUEL OTERO NOVAS.