SAP Barcelona 341/2006, 29 de Mayo de 2006

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de Barcelona, seccion 13 (civil)
Número de resolución341/2006
Fecha29 Mayo 2006

UDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCIÓN Decimotercera

ROLLO Nº 257/2005 -C

PROCEDIMIENTO ORDINARIO NÚM. 225/2004

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 1 SANT BOI DE LLOBREGAT

S E N T E N C I A Nº 3 4 1

Ilmos. Sres.

D. JUAN BAUTISTA CREMADES MORANT

Dª. ISABEL CARRIEDO MOMPÍN

Dª. Mª DELS ÀNGELS GOMIS MASQUÉ

D. FERNANDO UTRILLAS CARBONELL

En la ciudad de Barcelona, a veintinueve de mayo de dos mil seis.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimotercera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento ordinario, número 225/2004 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 1 Sant Boi de Llobregat, a instancia de SERVILEASE, S.A., contra MATIGON, S.A.; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por el ACTOR contra la Sentencia dictada en los mismos el día 15 de noviembre de 2004, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda formulada por la Procuradora Sra. Tamburini, en nombre y representación de SERVILEASE S.A., contra MATIGON S.A., representada por el procurador Sr. Moratal, debo absolver y absuelvo a la entidad demandada de todos los pedimentos formulados de contrario, con expresa condena en costas a la sociedad actora".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte ACTORA mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 21 de febrero de 2006.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Mª DELS ÀNGELS GOMIS MASQUÉ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Con la demanda inicial la actora, propietaria de un turismo cedido en "renting" a la mercantil demandada, se dirige contra la misma en reclamación del importe de la reparación de una avería interna causada por el uso negligente del vehículo por parte de su conductor, reparación que, por tal causa, fue rechazada por parte de la compañía aseguradora con quien la actora tenía contratada una póliza a todo riesgo; fundamenta dicha reclamación en el artículo 1563 y concordantes del Código Civil así como en lo establecido en cláusula cuarta y en el punto B de las condiciones generales del contrato suscrito entre ambas sociedades. El demandado se opone a dicha pretensión; en primer lugar niega la negligencia del conductor y que le sea imputable la avería, por otra parte, discute el importe de la reclamación, alegando que la suma máxima de la que debería, en su caso, responder se eleva a 4.932'7 euros, cantidad en que valoró el importe de la reparación el perito de la aseguradora y, por último, alega que con esta reclamación la demandante va contra sus propios actos, ya que, tras la realización de la reparación la entidad demandada adquirió el vehículo, liquidando sus relaciones con la actora y suscribiendo un finiquito por el cual ésta le abonaba la suma de 524'57 euros, sin que ninguna reclamación ni reserva se realizara respecto al importe de la reparación que ahora se reclama. La sentencia de primera instancia desestima la demanda en su integridad. Frente a dicha resolución se alza la parte actora por medio del presente recurso y la impugna al considerar que incurre en error en la apreciación de la prueba así como en la interpretación de las obligaciones contractuales y que infringe el artículo 1563 del Código Civil.

SEGUNDO

El contrato de "renting", también denominado "arrendamiento empresarial" puede ser definido como un contrato por el que una de las partes se obliga a ceder a la otra el uso de un bien, por tiempo determinado, a cambio del pago de un precio, siendo de cuenta del arrendador el mantenimiento; se trata, pues, de un...

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