SAP Madrid 344/2007, 22 de Junio de 2007
Ponente | CARLOS LOPEZ-MUÑIZ CRIADO |
ECLI | ES:APM:2007:8355 |
Número de Recurso | 838/2007 |
Número de Resolución | 344/2007 |
Fecha de Resolución | 22 de Junio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 25ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 25
MADRID
SENTENCIA: 00344/2007
Fecha: 22 de junio de 2007
Rollo: RECURSO DE APELACION 838/2006
Ponente: ILMO. SR. D. CARLOS LÓPEZ MUÑIZ CRIADO
Apelante y Demandante: D. Pedro Francisco
PROCURADORA: Dª ISABEL TORRES COELLO
Apelado y Demandado: ENTIDAD MERCANTIL «TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.»
PROCURADORA: Dª Mª CARMEN ORTIZ CORNAGO
Autos: JUICIO VERBAL 1103/05
Procedencia: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 39 DE MADRID
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. FRANCISCO MOYA HURTADO
D. ÁNGEL LUIS SOBRINO BLANCO
D. CARLOS LÓPEZ MUÑIZ CRIADO
En MADRID, a veintidós de junio de dos mil siete.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 25 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de JUICIO VERBAL 1103/2005, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 39 de MADRID, a los que ha correspondido el Rollo 838/2006, en los que aparece como parte apelante D. Pedro Francisco representado por la procuradora Dª. MARIA ISABEL TORRES COELLO, y como apelada ENTIDAD MERCANTIL «TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.» representada por la procuradora Dª. MARIA DEL CARMEN ORTIZ CORNAGO, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS LÓPEZ MUÑIZ CRIADO.
Que los autos originales núm. 1103/05, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Núm. 39 de los de Madrid, fueron remitidos a esta Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Que por la Ilma. Sra. Dª. Virginia Villanueva Cabrer Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm.39 de Madrid se dictó sentencia con fecha 18 de septiembre de 2006, cuyo FALLO es del tenor literal siguiente: "Que desestimo la demanda interpuesta por DON Pedro Francisco contra TELEFONICA MOVILES ESPAÑA SA a quien absuelvo de los pedimentos en su contra formulados con condena en costas al demandante."
Que contra dicha Sentencia se preparó e interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte demandante, la Procuradora Sra. Dª. María Isabel Torres Coello, dándole traslado del mismo a la parte demandada quien presentó en tiempo y forma escrito de oposición al recurso entablado; remitiéndose los autos a esta Sección Vigesimoquinta, se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 21 de junio del año en curso.
Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
La parte actora, partiendo de tener únicamente contratado con la demandada la prestación del servicio de telefonía con un máximo de 30€ de facturación mensual, de modo que si es más la compañía le avisa en el momento de alcanzar esa cifra, reclamó en su demanda la anulación de los créditos por 167,14€, 857,53€ y 7,75€ que se generaron con ocasión, los dos primeros, de su estancia en su País natal y que TELEFONICA MOVILES ESPAÑA, S.A. facturó por el servicio denominado "roaming", servicio que afirma el actor no tener contratado, de modo que mientras estuvo en su País mantuvo el teléfono activo únicamente para recibir llamadas y hacer fotografías con la cámara integrada. El tercero es consecuencia de las llamadas gratuitas a la operadora de telefonía para intentar corregir lo que él interpretó como un error y se le reanudara el servicio telefónico tras no serle cancelado por...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba