SAP Jaén 93/2002, 26 de Marzo de 2002

PonenteLUIS JAVIER GUTIERREZ JEREZ
ECLIES:APJ:2002:551
Número de Recurso182/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución93/2002
Fecha de Resolución26 de Marzo de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 3ª

SENTENCIA Núm. 93/02

Iltmos. Sres.

Presidente

D. LOURDES MOLINA ROMERO

Magistrados

D. JESUS MARIA PASSOLAS MORALES

D. LUIS JAVIER GUTIERREZ JEREZ

En la Ciudad de Jaén, a Veintiséis de Marzo de dos mil dos.-Vistos en grado de apelación, por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, los autos de Juicio de Menor Cuantía, seguidos en primera instancia con el núm. 73 del año 2.000, por el Juzgado de Primera Instancia Número Cuatro de Jaén, rollo de apelación de esta Audiencia núm. 182/2.001 a instancia de Renault V.I. España, S.A., representada en la instancia por el Procurador de los Tribunales D Carmen Carmona Luque y defendida por el Letrado D. Ignacio Vellón Fernández, contra Santisteban Vehículos Industriales, S.A., representada en la instancia por la Procuradora de los Tribunales Dª. María del Mar Soria Arcos y defendida por el Letrado D. Manuel J. Gallo Torres, y contra D. Everardo , representado en la instancia por el Procurador de los Tribunales D. José Jiménez Cózar y defendido por la Letrado Dª. María Antonia Solís Garrido.

ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia Número Cuatro de Jaén, con fecha 14 de Junio de 2.001.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó Sentencia que contiene el siguiente Fallo: "Que desestimando las Excepciones de Falta de Legitimación Activa y Litisconsorcio Pasivo Necesario, y estimando parcialmente la demanda formulada por el Procurador D. José Jiménez Cózar, en nombre y representación de D. Everardo , en ejercicio de una acción de reclamación de cantidad dineraria en los autos de Juicio Declarativo ordinario de Menor Cuantía n° 73/2000 de este Juzgado, contra Santisteban Jaén S.A. y Renault V.I. España S.A., con absolución de la primera, debo condenar y condeno a la segunda demandada a que abone la cantidad de CUATRO MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL

(4.150.000) pesetas más el IVA correspondiente, y a los intereses establecidos en el artículo 921 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y con imposición de costas en la forma expresada en el octavo Fundamento de Derecho".Mediante Auto de Dieciséis de Julio de 2.001 se resuelve la solicitud de Aclaración de Sentencia, ordenándose que se incorpore justo antes del pronunciamiento sobre costas que se condena "a que se indemnice al actor en el perjuicio económico que se acredite en ejecución de Sentencia".

SEGUNDO

Notificada esta resolución a las partes, la representación de RENAULT V.I. ESPAÑA S.A. interpuso en tiempo y forma recurso de apelación ante la Iltma. Audiencia Provincial de Jaén, impugnando la sentencia dictada, basándose en las alegaciones de falta de legitimación activa, error en la apreciación de la prueba y consiguiente infracción de los artículos 25 y 28 de la Ley 26/84 de 19 de julio y/o del artículo 1214 en relación con los artículos 1101 ó 1902 del Código civil, solicitando que revoque parcialmente la sentencia de instancia, reduciéndose el importe de la condena y que se revoque el pronunciamiento sobre las costas, con imposición a la actora de las causadas en primera instancia o declarando la no imposición si la estimación fuera únicamente parcial, y sin efectuar imposición de las causadas en la alzada.

TERCERO

Notificada la admisión del Recurso de Apelación, se produjo la interposición de escrito de OPOSICION A LA APELACION por la representación legal de la Compañía Mercantil Santisteban Vehículos Industriales, S.A., solicitando la confirmación íntegra de la Sentencia recurrida con imposición de costas al Apelante.

CUARTO

La representación legal de D. Everardo , interpuso escrito de impugnación del Recurso de Apelación por entender que el mismo no resulta conforme a Derecho, además de ser gravemente perjudicial para sus intereses.

QUINTO

Se señaló para deliberación, votación y Fallo del presente Recurso el día referido en los Autos, ocho de Febrero de 2.002, en que efectivamente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR