SAP A Coruña 129/2007, 13 de Marzo de 2007
Ponente | ANTONIO MIGUEL FERNANDEZ-MONTELLS FERNANDEZ |
ECLI | ES:APC:2007:348 |
Número de Recurso | 11/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 129/2007 |
Fecha de Resolución | 13 de Marzo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
LA CORUÑA/A CORUÑA
SENTENCIA: 00129/2007
FERROL 6
Rollo: RECURSO DE APELACION 0000011 /2007
FECHA REPARTO: 11.1.07
SENTENCIA
Nº 129/07
AUDIENCIA PROVINCIAL
Sección Cuarta
Ilmos. Sres. Magistrados:
JOSÉ LUIS SEOANE SPIEGELBERG
CARLOS FUENTES CANDELAS
ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS Y FERNANDEZ
En LA CORUÑA/A CORUÑA, a trece de Marzo de dos mil siete.
Vistos por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, integrada por los señores que al margen se relacionan los presentes autos de juicio VERBAL Nº 131/06, sustanciado en el JUZGADO 1ª INSTANCIA Nº 6 DE FERROL, que ante la Audiencia Provincial pendían en grado de apelación, seguidos entre partes de una como DEMANDANTE-APELANTE UNIÓN ASEGURADORA DE SEGUROS GENERALES S.A., representada en 1ª instancia por la Procuradora SRA. CORTE ROMERO y en esta alzada por el SR. PAINCEIRA CORTIZO y defendida por el Letrado SR. GONZÁLEZ-NOVO MARTÍNEZ, y de otra como DEMANDADA-APELANTE DOÑA Beatriz, defendida por el Letrado SR. MARTÍNEZ COUCE; versando los autos sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD.
Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada, dictada por el JUZGADO 1ª INSTANCIA Nº 6 DE FERROL, con fecha 1.9.06. Su parte dispositiva literalmente dice: FALLO: Que estimando la demanda formulada por "AEGÓN SEGUROS GENERALES S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS" contra DOÑA Beatriz, debo declarar y declaro haber lugar a ella, condenando a la demandada a que pague a la actora la cantidad de 609,86 euros, con imposición de las costas a la demandada.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación del que conocerá la Audiencia Provincial y que se prepararà por escrito ante este juzgado dentro del plazo de cinco días a contar desde el día siguiente a su notificación".
Contra la referida resolución por DOÑA Beatriz, se interpuso recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial que le fue admitido, elevándose los autos a este Tribunal, pasando los autos a ponencia para resolución.
Ha sido ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS Y FERNANDEZ.
La sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Ferrol estimó la demanda de la entidad aseguradora Aegón Seguros Generales, S.A. contra Doña Beatriz, en reclamación de la prima impagada de la anualidad 2005 a 2006, correspondiente a la póliza auto extra bonus referida al vehículo de la demandada, Ford Focus, matricula....-XHM.
La parte demandada insiste en su recurso de apelación en la excepción alegada de falta de capacidad de Aegon para ser parte en el procedimiento, por cuanto habría sido absorbida por otra sociedad (grupo Reale) quedando extinguida su personalidad jurídica, lo que desconocía la actora, produciéndose la modificación inconsentida de elementos esenciales del contrato, por lo que no resultaría aplicable lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley de Contrato de Seguro cuando la Compañía no habría comunicado con una antelación, al menos, de dos meses las modificaciones, tanto del importe de la prima como de las garantías contratadas.
Por lo que se refiere a la excepción alegada por la demandada apelante de falta de capacidad para ser parte de la actora, como resolvimos ya en otros precedentes (S 2/11/2006 ), y de los...
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