SAP Murcia 262/2007, 19 de Noviembre de 2007

PonenteCARLOS MORENO MILLAN
ECLIES:APMU:2007:2508
Número de Recurso252/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución262/2007
Fecha de Resolución19 de Noviembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00262/2007

Rollo nº: 252/07

Ilmos. Sres.

Don Carlos Moreno Millán.

Presidente

Don Juan Antonio Jover Coy.

Don Fernando López del Amo González

Magistrados

SENTENCIA Nº 262

En la ciudad de Murcia, a diecinueve de Noviembre de dos mil siete.

Esta Sección Cuarta de la Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario que con el número 107/06 se han tramitado en el Juzgado Civil nº 2 de Caravaca de la Cruz, entre las partes, como actora y ahora apelante "Grupo Catalana Occidente" S.A., representada por el Procurador Sr. Rentero Jover y dirigida por la Letrada Sra. Laborda Sánchez; y como demandado D. Jose Pedro, representado por la Procuradora Sra. Cruz Fernández y dirigido por el Letrado Sr. Ciudad González. Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Carlos Moreno Millán, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado Civil citado dictó sentencia en estos autos con fecha 12 de Marzo de 2007, cuyo Fallo es del siguiente tenor literal: FALLO: "Desestimando la excepción de prescripción alegada por el Procurador Sr. González Rodríguez, en nombre y representación de Don Jose Pedro, y entrando en el fondo del asunto, debo DESESTIMAR y DESESTIMO íntegramente la demanda formulada por el procurador Sr. Robles-Muso Pascual, en nombre y representación de la compañía aseguradora Grupo Catalana Occidente, contra Don Jose Pedro, y por tanto ABSUELVO a Don Jose Pedro, de todos los pedimentos en su contra, con expresa imposición de costas a la parte actora".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la Aseguradora demandante que basó en error en la valoración de la prueba, del que se dio traslado a la otra parte que se opuso a mismo

TERCERO

Previo emplazamiento de las partes, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial, en cuya Sección Cuarta se registraron con el número de Rollo 252/07.

Por providencia de 4 de Octubre de 2007 se señaló para votación y fallo el día 16 de Noviembre de 2007.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente al contenido de la sentencia de instancia que desestima en su integridad la acción de repetición ejercitada por la Cía. de Seguros Catalana Occidente al amparo de lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley de Contrato de Seguro, contra su asegurado, el demandado causante del accidente D. Jose Pedro, en reclamación de la cuantía indemnizatoria satisfecha al tercero perjudicado en el citado siniestro en el que el Sr. Jose Pedro conducía bajo la influencia de bebidas alcohólicas, la mencionada Aseguradora, disconforme con el cuestionado pronunciamiento judicial, comparece en esta alzada, interesando su revocación y el dictado de otra que acepte y acoja la pretensión objeto de la demanda, por entender que la Juzgadora de instancia ha incurrido en error en la valoración de la prueba y en la aplicación de la correspondiente normativa.

SEGUNDO

Concretada en los indicados términos la cuestión impugnatoria suscitada en esta apelación, entiende este Tribunal, tras la revisión de lo actuado en los presentes autos, que en efecto asiste razón a la parte recurrente en la pretensión que solicita, por lo que procede, como seguidamente se...

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