SAP Cádiz 110/2005, 13 de Septiembre de 2005

PonenteRAMON ROMERO NAVARRO
ECLIES:APCA:2005:903
Número de Recurso67/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución110/2005
Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 5ª

CARLOS ERCILLA LABARTAANGEL LUIS SANABRIA PAREJORAMON ROMERO NAVARRO

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CADIZ

SECCION 5ª

Presidente: Don Carlos Ercilla Labarta

Magistrados: Don Angel Sanabria Parejo y Don Ramón Romero Navarro

Juzgado de Primera Instancia núm 2 de Chiclana de la Frontera

Asunto núm 226/2003

Rollo de apelación núm 67 /2005

S E N T E N C I A

En Cádiz a trece de septiembre de dos mil cinco.-

Visto por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial,integrada por los Magistrados del margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en autos de juicio verbal seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia referenciado , cuyo recurso fue interpuesto por DIRECT SEGUROS S.A. y en el que es parte recurrida Teresa representada por el procurador Sr.Lepiani Velazquez y defendida por el letrado Sr.D.Carlos Zambrano G-Raez así como MAPFRE MUTUALIDAD representada por el procurador Sr.Guillen Guillén

Ha sido ponente el Iltmo.Sr.Magistrado D.Ramón Romero Navarro, que expresa el parecer de esta Sala y en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Que por el Sr. Juez de Primera Instancia núm 2 de Chiclana de la Frontera con fecha 29 de abril de 2004 dictó sentencia en los presentes autos, cuyo Fallo es del siguiente tenor literal:"

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, por la representación de la parte apelante se preparó, en tiempo y forma, recurso de apelación por entender lesiva para sus intereses la resolución de instancia. Admitido que lo fue en ambos efectos, y formalizado motivando los motivos de disentimiento con la sentencia, se dio traslado del escrito de formalización a la parte contraria por plazo de diez días a fin de que pudieran oponerse al recurso o impugnar la resolución. Transcurrido dicho término se elevaron a esta Audiencia los autos originales con los escritos presentados.-

TERCERO

Recibidos los autos, formado el rollo correspondiente para sustanciar la apelación, turnada que fue la ponencia, transcurrido el término de emplazamiento y no habiéndose propuesto prueba en el escrito de interposición, quedaron los autos conclusos para dictar resolución dentro del término legal, luego de señalarse día para la deliberación y votación.-

CUARTO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades legales.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurso formulado por Direct...

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