SAP Murcia 222/2007, 13 de Octubre de 2007

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de Murcia, seccion 4 (civil)
Número de resolución222/2007
Fecha13 Octubre 2007

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00222/2007

Iltmos. Sres.:

D. Carlos Moreno Millán

Presidente

D. Juan Antonio Jover Coy

D. Jaime Giménez Llamas

Magistrados

S E N T E N C I A Nº 222

En la ciudad de Murcia, a trece de octubre de dos mil siete.

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Totana y seguidos ante el mismo con el nº 317/04, -rollo nº 437/06-, entre las partes, actora, D. Iván, mayor de edad, vecino de Alhama de Murcia, con domicilio en CALLE000 nº NUM000, con D.N.I. nº NUM001, representado en el Juzgado por el Procurador Sr. Gallego Iglesias y en la Audiencia por la Procuradora Sra. Gómez Morales, y dirigido por el Letrado Sr. Bañón García; y demandados, Manolo Victoria S.L., con C.I.F. nº B-30448302, y Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros S.A., con domicilio social en Madrid, Paseo de la Castellana nº 39, con C.I.F. nº A-28007748, representada por el Procurador Sr. Jiménez Cervantes Nicolás y dirigida por el Letrado Sr. Cavallé Cobo. Versando sobre reclamación de cantidad derivada de culpa extracontractual y contrato de seguro.

Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recurso de apelación interpuesto por Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. contra la sentencia de 3 de octubre de 2005, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Totana; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

La referida resolución contiene el siguiente fallo:

"ESTIMO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por D. Iván y:

Primero

CONDENO a la entidad aseguradora Allianz S.A. al pago al actor de NUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS EUROS CON QUINCE CENTIMOS más los intereses que dicha cantidad devengue calculados al veinte por ciento desde el 13 de Agosto de 2001.

Segundo

ABSUELVO a Manolo Victoria S.L. de los pedimentos deducidos de contrario.

Tercero

CONDENO a la entidad Allianz S.A. al pago de las costas del presente procedimiento, a excepción de las devengadas por la codemandada absuelta, Manolo Victoria S.L., de las que debe responder D. Iván ".

Segundo

Contra dicha sentencia interpuso Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., recurso de apelación, que tras tenerse por preparado fue formalizado conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuic. Civil.

Tercero

Seguidamente se remitieron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, donde se formó el correspondiente rollo, con el nº 437/06, y se señaló el 10 de octubre de 2007 para que tuviera lugar la votación y fallo del recurso, tras lo cual quedó éste visto para sentencia.

Cuarto

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

D. Iván interpuso demanda de Juicio Ordinario solicitando que se condenara solidariamente a la mercantil Manolo Victoria S.L. y a la entidad Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros S.A., a pagar al actor la cantidad de 9.286,15 euros, más intereses del artículo 20 de la Ley 50/80 a cargo de la Compañía de Seguros desde la fecha del siniestro.

Según exponía la representación del actor, a consecuencia de la instalación en su vivienda unifamiliar, situada en Alhama de Murcia, de unos canales metálicos para evitar salpicaduras de lluvia en los cristales del frontal de la misma, contrató con Manolo Victoria S.L. la realización de tales trabajos.

Añadía el actor que al cortar y soldar los canales metálicos, saltaron chispas de soldadura que quemaron los cristales, haciendo necesaria su sustitución. Por ello el Sr. Iván contrató con una tercera empresa la sustitución de todos los cristales dañados, lo que ascendió a 8.005,30 euros, más I.V.A.

La mercantil causante de los daños tenía...

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