SAP Murcia 203/2010, 15 de Abril de 2010

PonenteJUAN ANTONIO JOVER COY
ECLIES:APMU:2010:848
Número de Recurso588/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución203/2010
Fecha de Resolución15 de Abril de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00203/2010

Rollo nº 588/09

Iltmos. Sres.:

D. Carlos Moreno Millán

Presidente

D. Juan Martínez Pérez

D. Juan Antonio Jover Coy

Magistrados

En la ciudad de Murcia, a quince de abril de dos mil diez.

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Murcia y seguidos ante el mismo con el nº

2.060/08, -rollo nº 588/09-, entre las partes, actora D. Cipriano, mayor de edad, con D.N.I. nº NUM000, representado por el Procurador Sr. Sánchez Aldeguer y dirigido por el Letrado Sr. Andúgar Carbonell; y demandada, D. Edemiro, en rebeldía, y la entidad Preventiva, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., con domicilio social en Florida (Madrid), calle Arminza nº 2, con C.I.F. nº A-28027332, representada por la Procuradora Sra. Bermejo Garres y dirigida por el Letrado Sr. Rodríguez Rodríguez. Versando sobre reclamación de cantidad derivada de culpa extracontractual.

Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recurso de apelación interpuesto por Preventiva, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., contra la sentencia de 20 de febrero de 2009, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Murcia; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La referida resolución contiene el siguiente fallo: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador D. SANTIAGO SÁNCHEZ ALDEGUER en nombre y representación de D. Cipriano contra D. Edemiro declarado en rebeldía, y LA MERCANTIL SEGUROS PREVENTIVA, en la persona de su legal representante, representada por la Procuradora Dª. ENCARNA BERMEJO GARRES, debo condenar a la parte demandada a que abone al actor la cantidad de DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y DOS EUROS CON OCHENTA Y SEIS CÉNTIMOS (2.972,86 #), más los intereses legales, respecto a la Compañía aseguradora, en la forma determinada en el art. 20 de la L.C.S ., así como el pago de las costas procesales.

Segundo

Contra dicha sentencia interpuso Preventiva, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., recurso de apelación, que tras tenerse por preparado fue formalizado conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuic . Civil.

Tercero

Seguidamente se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial, donde se formó el correspondiente rollo, con el nº 588/09, y se señaló el 13 de abril de 2010 para que tuviera lugar la votación y fallo del recurso, tras lo cual quedó éste visto para sentencia.

Cuarto

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

D. Cipriano interpuso demanda de Juicio Verbal solicitando que se condenara a D. Edemiro y esposa, y a la mercantil Preventiva, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. a pagar al actor la cantidad de 2.972,86 euros, más intereses, al ascender a dicha suma la factura de reparación de los daños ocasionados al vehículo Seat Toledo, matrícula ....-ZVW, perteneciente al Sr. Cipriano, a consecuencia de la caída sobre dicho vehículo, que se encontraba aparcado en la calle Corazón de Jesús, a la altura del nº 25 de la localidad de Javalí Nuevo, de tejas...

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