SAP Barcelona, 27 de Enero de 2001
Ponente | MARIA EUGENIA ALEGRET BURGUES |
ECLI | ES:APB:2001:921 |
Número de Recurso | 1201/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 27 de Enero de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 14ª |
Dª. Dª. MARIA EUGENIA ALEGRET BURGUESDª. Dª. MARTA FONT MARQUINADª. Dª. ROSA MARIA AGULLO BERENGUER
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN CATORCE
ROLLO Nº 1201/2000
COGNICION Nº 381/99
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 DE SABADELL
S E N T E N C I A N ú m
Ilmos. Sres.
D. /Dª. MARIA EUGENIA ALEGRET BURGUES
D. /Dª. MARTA FONT MARQUINA
D. /Dª. ROSA MARIA AGULLO BERENGUER
En la ciudad de Barcelona, a veintisiete de Enero de dos mil uno.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Catorce de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Cognición, nº 381/99 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Sabadell, a instancia de D/Dª. Raúl , contra D/Dª. Fernando y D/Dª. María Purificación ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por ambas partes demandadas contra la Sentencia dictada en los mismos el día 9 de Junio de 2.000, por el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por D. Raúl representado por la Procuradora Sra quintana, contra D. Fernando asistido del letrado D. Xavier Tatche Torres y contra Dª. María Purificación , asistida de la Letrado Dª. Esther Susín, debo de condenar a los referidos demandados a satisfacer al actor la cantidad de seiscientas setenta y dos mil ochocientas pesetas, más el interés legal devengado desde la fecha de interposición de la demanda, incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución, con imposición de las costas causadas a la parte actora."
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y Fallo el día 22 de Enero de 2.002.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. MARIA EUGENIA ALEGRET BURGUES, Presidenta de la Sección.
Se aceptan los de la sentencia apelada,
Frente a la sentencia de primera instancia que estima íntegramente la demanda presentada por el agente de la propiedad inmobiliaria D. Raúl contra el matrimonio formado por D. Fernando y Dª María Purificación en reclamación de sus honorarios por la mediación llevada a cabo en interés de los anteriores se alzan las defensas de ambos demandados reproduciendo los motivos defensivos alegados en su momento en sus escritos de contestación a la demanda y que fueron debidamente resueltos por el juzgadora quo. Y es que, en efecto, en relación con el contrato de mediación tiene declarado nuestro más alto tribunal que es doctrina consolidada (véase la S 22 diciembre 1992 y las que en ella se citan) la de que en el contrato de mediación o corretaje, que es un contrato innominado "facio ut des", por el que una de las...
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Contenido del contrato de corretaje
...de 1997 (AC 1997\338). [434] Sentencia del Tribunal Supremo de 18 de noviembre de 1991(RJ 1991\8409). [435] Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona 27 de enero de 2001 (AC 2002\409). Sentencia de la Audiencia Provincial de Asturias de 29 de enero de 2002 (AC 2002\617). [436] En la......