SAP Alicante 608/2000, 13 de Julio de 2000

PonenteJOSE MARIA RIVES SEVA
ECLIES:APA:2000:3522
Número de Recurso1235-C/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución608/2000
Fecha de Resolución13 de Julio de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 6ª

SENTENCIA

N° 608/00

Iltmos. Sres.

D. José Ceva Sebastia

D. José María Rives Seva

Dª. Cristina Trascasa Blanco.

En la Ciudad de Alicante, a trece de Julio del año dos mil.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Alicante integrada por los Iltmos. Sres expresados al margen ha visto, en grado de apelación (Rollo de Sala n° 1235-C/98) los autos de Juicio Declarativo de Menor Cuantía n° 218/97 en su día incoados ante el Juzgado de 1ª Instancia n° 7 de Alicante en virtud de recurso de apelación entablado por el demandado D. Marcos , representado por el Procurador Sr. Vidal Font y asistido por el Letrado Sr. Marchante García quien ha intervenido en esta alzada en su condición de recurrente. Y como apelado la demandante Deforche N.V., representada por el Procurador Sr. Calvo Sebastiá y asistido por el Letrado Sra. Alcoverro Escartin.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia n° 7 de Alicante en los referidos autos tramitados con el n° 218/97 se dictó con fecha 30 de julio de 1.998 sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador D. Manuel Calvo Sebastiá, en nombre y representación de Deforche N.V., frente a D. Marcos , debo condenar y condeno a D. Marcos a abonar a la actora la cantidad de 4.512.100 pts, y el interés legal de dicha cantidad desde la interposición de la demanda; sin hacer expresa imposición de costas, a excepción de los honorarios del Perito Judicial designado que se imponen por mitad a ambas partes litigantes."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, en tiempo y forma, que fue admitido en ambos efectos; elevándose los autos, previo emplazamiento de las partes a este Tribunal, donde quedó formado el correspondiente rollo n°, 1235-C/98 en el cual se personaron ambas partes; tramitándose el recurso en legal forma y, conferidos los oportunos traslados, se señaló para la celebración del Acto de la Vista el día 12 de julio del presente año, en que tuvo lugar con intervención de las partes comparecidas; solicitándose por la recurrente la revocación de la sentencia impugnada, y que se dictara otra de conformidad con sus intereses y por la parte apelada la integra confirmación de dicha resoluciónTERCERO.- En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. José María Rives Seva.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Es un hecho totalmente indiscutido en los autos que la entidad actora Deforche N.V. realiza unas determinadas obras para el demandado Don Marcos consistentes en la instalación de un invernadero y por importe de 15.559.500 pts y que éste le ha abonado la cantidad de 9.973.400 pts por lo que en el procedimiento se reclama la cifra de 5.586.100 pts en la que no se incluyen los intereses pactados. La parte demandada interesó simplemente en su contestación a la demanda que se desestimara la misma debido a defectos constructivos. La sentencia de instancia estima parcialmente la demanda al entender que aquellos defectos ascienden a la cifra de 1.074.000 pts que debe descontarse de la reclamada por lo que la adeudada lo es la de 4.512.100 pts., cantidad a la que se aquietó la parte actora al no formular recurso contra la sentencia. El recurso proviene de la parte demandada y el mismo solamente puede tener favorable acogida en cuanto a una de las peticiones que se introdujeron en el acto de la vista de forma alternativa y que hace referencia al devengo de los intereses legales de la cantidad, pero no a los restantes pedimentos.

SEGUNDO

Se sigue insistiendo nuevamente en la desestimación de la demanda y la absolución y ello no puede acogerse por cuanto ha quedado debidamente acreditado en los autos que el actor hizo su trabajo profesional y encargado, pero que en el mismo existieron determinados defectos, defectos...

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