SAP Albacete 69/2000, 17 de Marzo de 2000

PonenteANTONIO JESUS NEBOT DE LA CONCHA
ECLIES:APAB:2000:260
Número de Recurso12/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución69/2000
Fecha de Resolución17 de Marzo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Albacete, Sección 2ª

SENTENCIA NUM 69/00 EN NOMBRE DE S.M. EL REY

En ALBACETE, a diecisiete de marzo de dos mil

VISTOS, ante esta Audiencia Provincial, en apelación admitida .a la parte demandante, los autos de Juicio de Cognición, seguidos en el Juzgado Mixto num. 3 de Albacete, a instancia de Esther , representado por el/la Procurador/a D/ÑA.ANA LUISA GOMEZ CASTELLO, y dirigido por el/la Letrado D/DÑA.ANTONIO

M. NUÑEZ-POLO ABAD, contra Eva , que por su incomparecencia lo ha estado en los Estrados del Tribunal.-ACEPTANDO, los antecedentes de la sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice así: Que debo desestimar como desestimo la demanda formulada por la Procurador Doña Ana Luisa Gomez Castello actuando en nombre y representación de Doña Esther , contra Doña Eva , absolviendo a ésta de las pretensiones formuladas en la demanda, e imponiendo a la actora las costas causadas..-ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La relacionada Sentencia de 22 de Noviembre de 1999 , se recurrió en apelación por la parte demandante, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que se personaron dentro del término del emplazamiento y en legal forma las partes litigantes y seguidos los demás trámites,se señaló día y hora para la votación y Fallo de la apelación.-SEGUNDO.- Que en la sustanciación de los presentes autos, en ambas instancias se han observado las ,prescripciones legales excepto el plazo para dictar Sentencia por el Juzgado, por las razones que el mismo expresa.

VISTO, siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. ANTONIO NEBOT DE LA CONCHA.-Aceptando los fundamentos jurídicos de la resolución impugnada, y

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Como señala el juzgador a quo en su fundamento primero la actora reclama de la demandada en base a la siguiente relación: a) un tercero ajeno al proceso, Hugo , encarga a la actora, intermediaria inmobiliaria, que le venda un chalet de su propiedad. B) la demandada llama a la actora, cuyo teléfono observa en un cartel de venta sito en el referido chalet. C) La actora pone en contacto a la demandada con el vendedor, a través de proporcionarle a éste, el teléfono de aquellos y acompañarles a visitar el inmueble. D) A través de conversaciones entre actor, y demandada llegan a un acuerdo de compraventa, que se formaliza en escritura pública.

SEGUNDO

Nos encontramos, al menos en la...

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