SAP Albacete 69/2000, 17 de Marzo de 2000
Ponente | ANTONIO JESUS NEBOT DE LA CONCHA |
ECLI | ES:APAB:2000:260 |
Número de Recurso | 12/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 69/2000 |
Fecha de Resolución | 17 de Marzo de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Albacete, Sección 2ª |
SENTENCIA NUM 69/00 EN NOMBRE DE S.M. EL REY
En ALBACETE, a diecisiete de marzo de dos mil
VISTOS, ante esta Audiencia Provincial, en apelación admitida .a la parte demandante, los autos de Juicio de Cognición, seguidos en el Juzgado Mixto num. 3 de Albacete, a instancia de Esther , representado por el/la Procurador/a D/ÑA.ANA LUISA GOMEZ CASTELLO, y dirigido por el/la Letrado D/DÑA.ANTONIO
M. NUÑEZ-POLO ABAD, contra Eva , que por su incomparecencia lo ha estado en los Estrados del Tribunal.-ACEPTANDO, los antecedentes de la sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice así: Que debo desestimar como desestimo la demanda formulada por la Procurador Doña Ana Luisa Gomez Castello actuando en nombre y representación de Doña Esther , contra Doña Eva , absolviendo a ésta de las pretensiones formuladas en la demanda, e imponiendo a la actora las costas causadas..-ANTECEDENTES DE HECHO
La relacionada Sentencia de 22 de Noviembre de 1999 , se recurrió en apelación por la parte demandante, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que se personaron dentro del término del emplazamiento y en legal forma las partes litigantes y seguidos los demás trámites,se señaló día y hora para la votación y Fallo de la apelación.-SEGUNDO.- Que en la sustanciación de los presentes autos, en ambas instancias se han observado las ,prescripciones legales excepto el plazo para dictar Sentencia por el Juzgado, por las razones que el mismo expresa.
VISTO, siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. ANTONIO NEBOT DE LA CONCHA.-Aceptando los fundamentos jurídicos de la resolución impugnada, y
Como señala el juzgador a quo en su fundamento primero la actora reclama de la demandada en base a la siguiente relación: a) un tercero ajeno al proceso, Hugo , encarga a la actora, intermediaria inmobiliaria, que le venda un chalet de su propiedad. B) la demandada llama a la actora, cuyo teléfono observa en un cartel de venta sito en el referido chalet. C) La actora pone en contacto a la demandada con el vendedor, a través de proporcionarle a éste, el teléfono de aquellos y acompañarles a visitar el inmueble. D) A través de conversaciones entre actor, y demandada llegan a un acuerdo de compraventa, que se formaliza en escritura pública.
Nos encontramos, al menos en la...
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SAP Madrid 20/2020, 28 de Enero de 2020
...la condición de cliente, de la actora, ni por ende, obligada al pago por los servicios que se prestaron. Siguiendo la SAP de Albacete, Sección 2ª, de 17 de Marzo de 2000, habría que distinguir dos situaciones: a) cuando alguien que quiere comprar/alquilar se dirige al corredor para que le b......