El contrato de concesión mercantil, de Teresa Puente Muñoz.

AutorVicente Espert
CargoDoctor en Derecho Notario
Páginas1530-1538

    PUENTE MUÑOZ, TERESA: El contrato de concesión mercantil. Editorial Montecorvo, recensión por Vicente Espert, Doctor en Derecho, Notario.

La aparición de una obra jurídica plantea al estudioso, y más aún si se trata de un jurista práctico, la duda de si debe leerla o no, dado que el tiempo de que se dispone para el estudio es escaso y, por consiguiente, hay que ser un poco avaro en la inversión del mismo que se dedica a nuestro enriquecimiento intelectual y a su adecuada distribución. El autor de estas líneas, que es jurista sencillo y práctico, si cabe, y, por ende, para enriquecer las posibilidades de elección en la solución de problemas de su modesta práctica, ha leído el libro objeto de este estudio y ha considerado que no solamente merecía la pena leerlo, sino que era conveniente escribir unas notas sobre él para conocimiento del público especializado, ya que, además de tratarse de un libro de una utilidad evidente, se trata de un obra ágil, bien construida, de lectura fácil, que produce gusto y a veces regusto intelectivo al ir desarrollando sistemática y armoniosamente los enjundiosos problemas que plantea.

La doctora Puente se había ya preparado concienzudamente para esta obra, ciertamente de envergadura, previa la publicación de dos trabajos que podríamos llamar propedéuticos, respecto del libro y que fueron «El pacto de exclusiva en la compraventa y el suministro» y «El pacto de exclusiva en la jurisprudencia del Tribunal Supremo», ambos publicados en la Revista de Derecho Mercantil. Y es que una obra madura necesita un período de gestación y a veces algunas manifestaciones exteriores parciales para cuajar en un todo unitario que satisfaga las necesidades de una investigación plena de una determinada institución jurídica.

La concesión mercantil se sitúa en la difícil encrucijada entre la absoluta libertad de mercado y de libre cambio, dogma de una economía liberal ya superada; la constitución de fuertes grupos financieros industriales y comerciales que tienden a la creación de monopolios con opresión de los mercados de consumidores, y la concesión que el neocapitalismo hace a regañadientes a las tendencias contrarias de estas actitudes monopolísticas, restricciones que aparecen en el artículo 85 del Tratado de Roma, constitutivo de la Comunidad Económica Europea y que en España tiene su reflejo en la Ley prohibitiva de las prácticas rectrictivas de la competencia y la creación del Tribunal de Defensa de la Competencia. Y es que la Inmensa americanae pacis majestas ni es tan inmensa ni parece tan duradera y las tensiones ideológicas del mundo moderno no solamente hacen vibrar los más sólidos pilares del Derecho público, sino que también plantean contradicciones, a veces difíciles de salvar, en campos jurídicos privados en que las tendencias luchan entre dos extremos contrapuestos: un capitalismo opresor, disfrazado con una capa de liberalismo, o una dirección absoluta de la economía por parte del Estado, lo que supone la ruptura de los moldes y de las instituciones que el Derecho privado está manejando desde tiempos de la lejana Roma.

Empezaremos señalando, como ya hemos hecho anteriormente, que el contrato de concesión mercantil es un género amplio, dentro del que se Page 1531 subsurnen multitud de modalidades y entre ellas los contratos a los que se adhiere un pacto de exclusiva (el autor de estas líneas no cree viable un pacto de exclusiva autónomo, montado en el aire, sino que solamente lo concibe como un pacto añadido y modificante de un contrato principal y sustancial, como puede ser la compraventa, el suministro, el arrendamiento de servicios, etc.). Señalaremos también la sistemática del libro, que el autor de estas líneas considera como perfecta: es un modelo de construcción lógica, tanto en su distribución de capítulos como en el desarrollo progresivo de éstos, lo que hace su lectura armoniosa y lo que quizá sea más difícil, es una obra jurídica, incluso amena, hasta el punto de que es difícil desprenderse de la lectura del libro una vez que ésta se ha iniciado. La impresión gráfica es agradable con la única particularidad, que hay que achacar a los impresores, de la deleznable ortografía de todas las citas que se hacen en francés. En este aspecto no solamente en esta obra, sino en otras de la misma Editorial, el autor de estas líneas ha advertido un descuido en la corrección de pruebas de imprenta, que aunque no desmerezcan la cualidad intrínseca de la obra, sí producen un choque molesto al público, particularmente selecto y culto que es a quien van dirigidas. Sin embargo, digamos, en honor de la Editorial, que en otros aspectos tipográficos no escamotea medios y por ello las obras son de lectura descansada y no agobiante por la apretura de líneas o por la oscuridad del papel.

El pensamiento de la doctora Puente, que se trasluce de la lectura del libro que comentamos, muestra haber...

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