SAP Granada 308/2006, 29 de Septiembre de 2006

PonenteJOSE MALDONADO MARTINEZ
ECLIES:APGR:2006:1496
Número de Recurso432/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución308/2006
Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 5ª

SENTENCIA N Ú M. 308

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. ANTONIO MASCARÓ LAZCANO

MAGISTRADOS

D. JOSÉ MALDONADO MARTÍNEZ

D. JOCHEN ALBIEZ DOHRMANN

En la Ciudad de Granada, a veintinueve de Septiembre de dos mil seis.

La Sección Quinta de esta Audiencia Provincial constituida con los Iltmos. Sres. al margen relacionados ha visto en grado de apelación -rollo nº 432/06- los autos de Juicio Ordinario nº 608/04 del Juzgado de Primera Instancia nº Cinco de Granada, seguidos en virtud de demanda de Dª Marí Juana , representada por la Procuradora Dª Mª ANGELES CALVO SAINZ, contra Jesús Carlos , representado por el Procurador D. RAFAEL MERINO JIMÉNEZ CASQUET.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, por el mencionado Juzgado se dictó resolución en fecha veintidós de Septiembre de dos mil seis , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que, estimando la demanda interpuesta por la Procuradora DÑA. MARIA ANGELES CALVO SAINZ en nombre y representación de Marí Juana , frente a DON Jesús Carlos representado por el Procurador RAFAEL MERINO JIMÉNEZ CASQUET, debo condenar y condeno al demandado a que abone a la actora la cantidad de CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE EUROS (5.939,00 EUROS), más intereses legales y costas".

SEGUNDO

Que contra dicha resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, al que se opuso la parte contraria; una vez elevadas las actuaciones a este Tribunal se siguió el trámite prescrito y se señaló día para la votación y fallo, con arreglo al orden establecido para estas apelaciones.TERCERO.- Que, por este Tribunal, se han observado las formalidades legales en ésta alzada.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ MALDONADO MARTÍNEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Estimada la demanda formulada por la parte actora -inicialmente en proceso monitorioen reclamación de cantidad con causa en obligaciones contractuales, concretamente el precio de un contrato de arrendamiento de servicios, se alza frente a dicha decisión la parte condenada que pide la revocación de la sentencia con la consiguiente desestimación de la demanda.

La demanda se articuló fundamentándola en un innominado contrato de arrendamiento de servicios, a cuyo efecto se aportaba -con el procedimiento monitorio previo- un documento firmado por el demandado en el que bajo la rubrica "parte de visitas" se decía que la actora había sido requerida "como intermediario en la posible transacción de un inmueble", cuya dirección se indicaba, y en el que se incorporaba un compromiso del firmante de efectuar la transacción por medio de la Agencia propiedad de la actora (compromiso amparado en las normas que regulan el mandato) y las consecuencias de no efectuarlo, documento que la sentencia considero como un contrato de corretaje.

SEGUNDO

La Jurisprudencia del Tribunal Supremo, expuesta en las sentencias de 27 de diciembre de 1.962, 2 de Mayo de 1.963, 5 de Mayo de 1.973, 5 de Junio de 1.978, 12 de Marzo y 1 de Diciembre de

1.986, 26 de Marzo y 23 de septiembre de 1.991, 21 de Mayo de 1.992, 30 de Noviembre de 1.993, 25 de Junio de 1.994, 5 de Febrero de 1.996 y 21 de Octubre de 2.000 distingue dos formas del contrato de...

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