SAP Vizcaya 3/2005, 3 de Enero de 2005
Ponente | MARIA MAGDALENA GARCIA LARRAGAN |
ECLI | ES:APBI:2005:2 |
Número de Recurso | 576/2003 |
Número de Resolución | 3/2005 |
Fecha de Resolución | 3 de Enero de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Vizcaya, Sección 5ª |
SENTENCIA Nº 3/05
PRESIDENTE
Dª. Mª ELISABETH HUERTA SANCHEZ
MAGISTRADOS
Dª. LEONOR CUENCA GARCÍA
Dª. MAGDALENA GARCÍA LARRAGAN
En la Villa de Bilbao, a 3 de enero de 2005.
Vistos por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial en grado de apelación, los presentes autos de juicio ordinario nº857/02 sobre arrendamiento seguidos en primera instancia ante el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Bilbao y del que son partes como demandante Emilia representado por el Procurador Sr. Bartau Rojas y dirigido por el Letrado D . Carlos Hermoso , y como demandado Soledad representado por el Procurador D.Francisco de Borja y dirigido por el Letrado D Carlos Sebastián Ipiña, siendo Ponente en esta instancia la Ilma. Sra. Magistrada Dª MAGDALENA GARCÍA LARRAGAN
Se dan por reproducidos los antecedentes de la sentencia apelada.
Por el Juzgador en primera instancia se dictó, con fecha 16 de julio de 2003, sentencia cuya parte dispositiva dice literalmente: FALLO:Desestimar la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Dª Alfonso José Bartau Rojas, en nombre y representación de Dña. Emilia contra Dña. Soledad . Sin condena en costas.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de Dª Emilia y se dedujo impugnación por la representación de Dª Soledad ; y admitidos dichos recursos en ambos efectos se elevaron los autos a esta Audiencia previa su tramitación, y recibidos en esta Audiencia y una vez turnados a esta sección, se formó el correspondiente rollo y se siguió este recurso por sus trámites.
Para la votación y fallo del presente recurso quedó señalado el día y hora correspondiente.
En la tramitación de estos autos en ambas instancias se han observado las formalidades y términos legales, excepto el plazo para dictar sentencia debido a la atención de otras causas, haciéndose constar que la duración de los soportes audiovisuales del acto de audiencia previa y acto del juicio es de 7 minutos 31 segundos y de 14 minutos 46 segundos, respectivamente
Frente a la sentencia de instancia, que desestima su demanda en solicitud de declaración de extinción del contrato de arrendamiento sobre la vivienda sita en la CALLE000 nº NUM000 , piso NUM001 NUM002 de Bilbao, la que deduce al amparo de lo dispuesto en el articulo 16 de la L.A.U. de 1994 en relación con su Disposición Transitoria Segunda apartado b ) ante la falta de notificación del derecho de subrogación en el plazo de tres meses e incumplimiento de los restantes requisitos del precepto tras el fallecimiento del arrendatario Sr. Carlos José , acaecido el 6 de noviembre de 1999, se alza la representación actora en un alegato en que, en síntesis, sostiene que ninguna prueba ha aportado la demandada para acreditar que ella ha sido la titular o cotitular original del arrendamiento, el que tan solo reconoce la actora concertado con su fallecido esposo el antedicho Sr. Carlos José ; y que la condición decónyuge del arrendatario no convierte en contratante a quien no lo es. Entiende así que al no haber existido ninguna comunicación ejercitando el derecho de subrogación se produce la extinción del arrendamiento por imperativo legal del artículo 16.3 de la L.A.U ., por lo que solicita se dicte sentencia mediante la que se estime íntegramente el recurso y se revoque la sentencia de instancia, estimando íntegramente los pedimentos de la demanda con los pronunciamientos que le son inherentes.
A la vista de las antedichas alegaciones y habida cuenta que la sentencia de instancia desestima íntegramente la demanda ante las...
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