ORDEN SLT/306/2010, de 25 de marzo, por la que se establecen, para el año 2010, los valores de las unidades de pago para la contraprestación de los servicios llevados a cabo por los centros sociosanitarios.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE SALUD
Rango de LeyOrden

ORDEN

SLT/306/2010, de 25 de marzo, por la que se establecen, para el año 2010, los valores de las unidades de pago para la contraprestación de los servicios llevados a cabo por los centros sociosanitarios.

El artículo 9.2 del Decreto 215/1990, de 30 de julio, de promoción y financiación de la atención sociosanitaria (DOGC núm. 1348, de 28.9.1990), establece que los valores de las unidades básicas de pago para la contraprestación de los servicios llevados a cabo por los centros sociosanitarios se determinarán anualmente y se publicarán, mediante una orden, a propuesta de los órganos competentes de los departamentos de Salud y de Acción Social y Ciudadanía.

A estos efectos, el Consejo de Dirección del Servicio Catalán de la Salud, en virtud de las funciones que le atribuye el artículo 14.1.k) de la Ley 15/1990, de 9 de julio, de ordenación sanitaria de Cataluña, ha propuesto al Departamento de Salud la aprobación de las tarifas de las unidades de pago correspondientes a los servicios llevados a cabo por los centros sociosanitarios para el año 2010.

Visto lo que disponen el Decreto 215/1990, de 30 de julio, de promoción y financiación de la atención sociosanitaria; la Orden de 15 de mayo de 1991, por la que se determinan las actividades de asistencia sociosanitaria que se pueden concertar con las entidades titulares de centros, servicios y establecimientos sociosanitarios (DOGC núm. 1452, de 7.6.1991), y el Decreto 163/2002, de 11 de junio, por el que se regula la actividad de evaluación integral ambulatoria en geriatría, cuidados paliativos y trastornos cognitivos que puede contratar el Servicio Catalán de la Salud (DOGC núm. 3660, de 19.6.2002);

De conformidad con lo que prevé el artículo 40.2 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno;

De acuerdo con la consejera de Acción Social y Ciudadanía,

Ordeno:

Artículo único

Se establecen para el año 2010 los valores de las unidades de pago para la contraprestación de los servicios llevados a cabo por los centros sociosanitarios, de la manera y por la cuantía que se detallan en el anexo de esta Orden.

Disposición adicional única

En el año 2010 no se incrementarán las tarifas de los contratos administrativos adjudicados por el Servicio Catalán de la Salud para la prestación de los servicios llevados a cabo por los centros sociosanitarios.

Disposiciones finales

Prime...

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