ORDEN FYM/688/2013, de 30 de julio, por la que se modifica la Orden de 5 de julio de 2010, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se concede Autorización Ambiental al Consorcio Provincial Regulador para la Gestión de los Residuos Urbanos de la provincia de Zamora para el centro de tratamiento de residuos sólidos urbanos ubicado en el término municipal de Zamora como consecuencia de la Modificación No Sustancial  4 (MNS n.º 4).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyOrden

Visto el escrito presentado por el CONSORCIO PROVINCIAL REGULADOR PARA LA GESTIÓN DE LOS RESIDUOS URBANOS DE LA PROVINCIA DE ZAMORA mediante el cual comunica modificación de la instalación situada en el término municipal de Zamora y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero .- Mediante Orden de 5 de julio de 2010 de la Consejería de Medio Ambiente, se concede autorización ambiental al CONSORCIO PROVINCIAL REGULADOR PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE LA PROVINCIA DE ZAMORA, para el centro de tratamiento de residuos sólidos urbanos, ubicado en el término municipal de Zamora.

La autorización contempla el Centro de tratamiento de residuos, CTR y el depósito de rechazos: fase I (vaso en explotación) y fase II (ampliación).

Segundo .- Mediante Orden de 7 de septiembre de 2012 de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, se resuelve el recurso de reposición interpuesto por el CONSORCIO PROVINCIAL REGULADOR PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS de la provincia de Zamora contra la Orden de 5 de julio de 2010.

Dicha resolución modifica la orden de autorización ambiental.

Tercero .- Mediante Orden FYM/973/2012, de 26 de octubre, se consideran modificaciones no sustanciales n.º 1 y 2, las revisiones de los controles de ruido y de las condiciones de vertido en el Centro de Tratamiento de Residuos Urbanos en el término municipal de Zamora, titularidad del CONSORCIO PROVINCIAL REGULADOR PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE LA PROVINCIA DE ZAMORA y se modifica la Orden de 5 de julio de 2010.

Cuarto .- Con fecha de 25 de enero de 2013, el representante del CONSORCIO PROVINCIAL REGULADOR PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, notifica la modificación no sustancial (MNS n.º 4) de la autorización ambiental, en relación

a las medidas de control y vigilancia ambiental en base al seguimiento y evolución de los parámetros analizados.

En concreto el Consorcio propone cambios en las medidas de control y vigilancia ambiental, establecidas en la autorización en cuanto a las aguas subterráneas, las aguas superficiales y lixiviados, la suspensión del control analítico de material bioestabilizado y agua de compostaje, estudio de aprovechamiento de biogás, y cubrición de residuos.

La documentación que adjunta es la siguiente:

  1. Ubicación de los puntos de control de aguas subterráneas, aguas superficiales, lixiviados, compost y gases en vaso de vertido, con las correspondientes coordenadas UTM.

  2. Históricos de datos de analíticas de los años 2009, 2010, 2011 y 2012 en los piezómetros de la red de control, n.º 1 � y n.º 2, ubicados aguas abajo.

  3. Estudio hidrogeológico.

  4. ...

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