Orden 2/2013, de 14 de junio, de la Consejería de Presidencia y Justicia, por la que se anuncia la convocatoria de la XXIX Muestra de Arte Joven en La Rioja 2013

SecciónIII. Otras disposiciones y actos
EmisorConsejerÍA de Presidencia y Justicia
Rango de LeyOrden

La Ley 7/2005, de 30 de junio, de Juventud de La Rioja, indica que la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja fomentará las iniciativas culturales juveniles, con especial protección al genio cultural de las jóvenes y los jóvenes creadores riojanos y su promoción artística, encuadrando como actividad juvenil aquellas acciones que tengan por objeto el fomento de la creatividad de la juventud riojana y encomendando al Instituto Riojano de la Juventud la organización de tales actividades.

Actualmente el ejercicio de dichas funciones corresponde a la Dirección General del Deporte y del Instituto Riojano de la Juventud de la Consejería de Presidencia y Justicia, Consejería a la que se le asignan las competencias en materia juvenil por el Decreto 27/2012, de 13 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia y Justicia y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de organización del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

En dicho marco, la Dirección General del Deporte y del Instituto Riojano de la Juventud, atendiendo al interés creciente, al aspecto formativo de la faceta cultural y a la buena acogida de ediciones anteriores promueve la convocatoria de la XXIX Muestra de Arte Joven en La Rioja 2013, para jóvenes nacidos o residentes en La Rioja.

Esta Muestra pretende fomentar y apoyar la profesionalización de los jóvenes creadores promoviendo la innovación y la excelencia en la expresión artística. En apoyo de dicha profesionalización se posibilita a los jóvenes artistas que presenten un proyecto concreto de desarrollo artístico.

La organización de la Muestra se lleva a cabo a través de la Consejería de Presidencia y Justicia con la colaboración de la Escuela Superior de Diseño de La Rioja, el Museo Würth de La Rioja, la Casa de la Imagen de Logroño y las Corporaciones Locales de La Rioja.

En consecuencia, en uso de las atribuciones que le confiere el Decreto 27/2012, de 13 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia y Justicia y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003 de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, el Consejero de la Presidencia y Justicia, en uso de las facultades conferidas,

Dispone

Artículo 1 Objeto.

La presente Orden tiene por objeto proceder a la convocatoria la XXIX Muestra de Arte Joven en La Rioja 2013, actividad juvenil organizada por la Consejería de Presidencia y Justicia en aras a fomentar la creatividad artística de los jóvenes riojanos, regulando las condiciones de participación en la misma así como la organización de la selección y exposición de las obras y proyectos de desarrollo artístico presentados.

Artículo 2 Participantes.

Podrán concurrir a la XXIX Muestra de Arte Joven en La Rioja 2013 todos los jóvenes nacidos o residentes en La Rioja, cuyo año de nacimiento esté comprendido entre 1978 y 1994, ambos inclusive.

La residencia en La Rioja se acreditará mediante la presentación del oportuno volante de empadronamiento.

Artículo 3 Formas de expresión.

Las formas de expresión artísticas incluidas en la XXIX Muestra de Arte Joven en La Rioja 2013 serán las siguientes:

Formas plásticas bidimensionales (pintura, cómic, dibujo, técnicas de estampación).

Formas tridimensionales y espaciales (Escultura, instalación, cerámica y perfomance).

Formas visuales, sonoras y digitales (Fotografía, multimedia, Net-Art y arte sonoro).

Formas proyectuales creativas (Diseño: objeto, proceso, servicio, conocimiento o entorno)

Artículo 4 Condiciones técnicas en la presentación de obras.
  1. Para ser aceptadas las obras presentadas, deberán reunir las siguientes condiciones técnicas:

    1. Deberán ser obras originales y se presentarán sin firmar, quedando excluidas las copias. En las obras no deben figurar ni logos ni colaboradores.

    2. El tema y las técnicas serán libres.

    3. Formas plásticas bidimensionales. Las obras no deberán exceder en más de dos metros, en su máxima dimensión por pieza o componente de la obra, ni superar los 50 kg. de peso, ni los dos metros de altura en la totalidad de la obra. Deben ser consistentes por motivo de traslado y exposición. Las obras con características específicas de montaje adjuntarán, bocetos o material fotográfico descriptivo. En ningún caso se podrá instalar la pieza en la sala al ser presentada. En caso de ser seleccionada para la exposición, el autor aportará todo el material necesario para su montaje.

    4. Formas tridimensionales y espaciales. Las obras no deberán exceder en más de dos metros, en su máxima dimensión por pieza o componente de la obra, ni superar los 50 kg. de peso, ni los dos metros de altura en la totalidad de la obra (excluyendo las obras que se presenten en formato de proyecto). Deben ser consistentes por motivo de traslado y exposición. Las obras con características específicas de montaje adjuntarán, bocetos o material...

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