STSJ Cantabria , 2 de Octubre de 2000

PonenteMARIA JOSEFA ARTAZA BILBAO
ECLIES:TSJCANT:2000:1666
Número de Recurso638/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 2 de Octubre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SENTENCIA Iltmo. Sr. Presidente Don César Tolosa Tribiño Iltmos. Sres. Magistrados Doña María Teresa Marijuan Arias Doña María Josefa Artaza Bilbao En la Ciudad de Santander, a 2 de Octubre del 2000. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recurso número 638/99, interpuesto por DON Isidro , representado por el Procurador Don Alberto Ruiz Aguayo y defendido por el Letrado Don Bernardo Alonso Sánchez contra la JUNTA VECINAL DE SAN CRISTOBAL DEL MONTE, representada por el Procurador Don Luis Alberto Gómez Salceda y defendida por el Letrado Don Jesús García del Prado. La cuantía del recurso es de 150.151 pesetas. Es ponente la Iltma. Sra. Doña María Josefa Artaza Bilbao, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 12 de Mayo de 1999 contra el Acuerdo de la Junta Vecinal de San Cristóbal del Monte (Ayuntamiento de Valderredible), de fecha 17 de Marzo de 1999, por el que adjudica a Don Plácido el aprovechamiento cinegético del monte, denominado "Monte Viejo", de utilidad pública por el procedimiento de contratación directa.

SEGUNDO

En su escrito de demanda, la parte actora interesa de la Sala dicte sentencia por la que se declare la nulidad de las resoluciones combatidas, por ser contrarias al ordenamiento jurídico.

TERCERO

En su contestación a la demanda, la Junta Vecinal demandada solicita de la Sala la desestimación del recurso, por ser conformes a Derecho los actos administrativos que se impugnan.

CUARTO

Recibido el proceso a prueba, se practicaron las que constan en autos.

QUINTO

Se señaló fecha para votación y fallo que tuvo lugar el día 25 de Septiembre de 2000, en que efectivamente se deliberó, votó y falló.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Son objeto del presente recurso el Acuerdo de la Junta Vecinal de San Cristóbal del

Monte (Ayuntamiento de Valderredible), de fecha 17 de Marzo de 1999, por el que adjudica a Don Plácido el aprovechamiento cinegético del monte, denominado "Monte Viejo", de utilidad pública por el procedimiento de contratación directa.

SEGUNDO

Opone la Junta Vecinal demandada la posible inadmisibilidad del presente recurso contencioso-administrativo por falta de legitimación activa de la parte recurrente, al entender que la misma no ha acreditado que de la eventual estimación del recurso se derive algún tipo de beneficio o ventaja que le haga titular de un interés legítimo del que pudiera dimanar su legitimación para actuar como recurrente en el presente proceso.

El análisis de dicha cuestión exige, sin embargo, tener en cuenta que, a diferencia de los procedimientos de adjudicación de contratos mediante concurso o subasta, en los que la participación en los mismos es abierta, de tal manera que sólo resultan legitimados para impugnar el resultado de la adjudicación quienes han intervenido como participantes en el procedimiento, en el supuesto de autos nos encontramos ante un sistema de contratación directa, en el que la Junta Vecinal ha elegido un único licitador, que ha resultado ser la misma persona a quien se adjudico en el año 1.994, adjudicándosele a este el contrato de arrendamiento mediante Acta de Adjudicación de 17 de Enero de 1.999, con remisión sucinta y somera en esta a las condiciones particulares que figuran en la adjudicación anterior, esto es, sin ni siquiera previa consulta y negociación de los términos del contrato.

Quiere ello decir que no ha existido un procedimiento abierto y público para la adjudicación del aprovechamiento cinegético del monte de referencia, con la consiguiente exclusión del mismo de...

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