Concepto, caracterización y clases de matrimonio
Autor | Roldán Jimeno Aranguren |
Cargo del Autor | Profesor Titular de Historia del Derecho de la Universidad Pública de Navarra |
Páginas | 43-82 |
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El matrimonio vascónico, salvo un determinado período en la Alta Edad Media, siempre se ha caracterizado por la monogamia, al menos desde el Neolítico, período del que disponemos de un primer testimonio arqueológico de la inhumación de una pareja126. Este tipo de enterramientos desaparecieron en el período protohistórico, cuando los cuerpos pasaron a ser incinerados, costumbre continuada en época romana hasta el siglo IV d.C. La arqueología de la Edad del Hierro vascónica evidencia, sin embargo, un mundo urbano floreciente donde la casa y la familia ocupaban un papel central127. Estrabón dejó apuntado que las ceremonias matrimoniales de los pueblos del norte peninsular eran similares a las de los griegos (año 7 a.C.)128. Esta conocida cita, demasiado genérica, parece referirse a la existencia de una sociedad patriarcal con matrimonio monogámico129, tipo de unión que continuó con la romanización y la cristianización.
El cristianismo había alcanzado los valles más profundos y montañas más elevadas de Vasconia para cuando los musulmanes irrumpieron en Navarra (c. 714) y quedó configurada la teofrontera entre las dos grandes religiones a partir del repliegue musulmán producido años después del descalabro de Poitiers (732). El territorio cristiano conservó su derecho y religión por el pacto suscrito con los musulmanes. Se mantuvo, por tanto, el matrimonio entre los vascones. La creación de al-Ándalus, por un lado, y el abandono durante algunos siglos de la vertiente atlántica por las incursiones normando-escandinavas, por otro, redujeron el territorio cristiano a la denominada Navarra primordial o nuclear, en la que fue gestándose el reino de Pam-
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plona, alumbrado finalmente con Sancho Garcés I (905-925), y que fue ampliando sus fronteras con la conquista de nuevos territorios, hasta 1119, cuando Alfonso el Batallador logró hacerse con la Ribera tudelana, quedando en adelante cerrada toda capacidad expansiva meridional navarra.
En la Europa altomedieval, el matrimonio de régimen jurídico consuetudinario se caracterizó por una gran diversidad territorial y social. También en Navarra, donde se asistió a una vigorización de los matrimonios de régimen jurídico consuetudinario, impermeables y ajenos a las elucubraciones de la patrística –que negó a los esposos repudiadores el derecho a posteriores nupcias–, a la doctrina de San Agustín sobre la indisolubilidad de la institución, y a las escuelas de teólogos y canonistas que iban elaborando teorías sobre las condiciones esenciales del matrimonio, puestas por unos en el consentimiento y por otros en la cópula carnal130. Cabe plantear la hipótesis de que dentro de la sociedad altomedieval, y de la pamplonesa en concreto, los criterios sobre el matrimonio no coincidirían con los fines de la institución que venían estableciendo los teólogos y canonistas: fidelidad conyugal (bonum fidei), procreación (bonum prolis), indisolubilidad (bonum sacramenti) y remedio de la concupiscencia. Entre las condiciones esenciales o propiedades del matrimonio canónico se cuentan la unidad y la indisolubilidad. La unidad exige que la unión sea de un solo hombre con una sola mujer, de ahí que el matrimonio sea monogámico y monoándrico, excluyendo la poligamia (matrimonio simultáneo de un hombre con varias mujeres) y la poliandria (de una mujer con varios hombres).
Sobre la realidad antedicha, cabe advertir que el matrimonio navarro no siempre se ha caracterizado por la monogamia. A diferencia de la sociedad cristiana, la poligamia era hecho y derecho en el mundo musulmán; el número de esposas, esclavas y eunucos dependía de la fortuna económica del dueño, aunque el Corán limitaba la poligamia a cuatro mujeres, siempre que el varón fuese equitativo con ellas131. Los musulmanes del valle del Ebro, parientes de la familia Arista, también la practicaron132. En sus harenes tenían mujeres cristianas y musulmanas. Según costumbre, la madre cristiana no imponía a sus hijos nombres árabes, sino los habituales entre los vascones de la tierra pamplonesa, teniendo derecho a educar a la prole en la fe cristiana. Es un ejemplo la princesa Urraca, hija del Banu Qasi Abd-Allah.
La larga convivencia familiar entre Banu-Qasis y Aristas y la permanencia de príncipes pamploneses en la capital del emirato –como llegó a ser de veinte años para Fortún Garcés–, y la influencia cultural ejercida por Córdoba sobre los reyes pamploneses y aragoneses, pudo incidir en las costumbres e instituciones familiares de las elites, concretamente en la aceptación de matrimonios plurales simultáneos y de barraganas. Ese intrincado mundo de las relaciones matrimoniales entre las primeras elites pamplonesas y la familia de los gobernantes y emires andalusíes del que da buena cuenta el historiador J?bir ibn Hayy?n en el Kit?b al-muqtabis (siglo
XI), sobre los vínculos entre Pamplona y el emirato cordobés entre 799 y 816, o
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bajo el gobierno de los Arista, entre los años 825 y 852, etc., explica, por otra parte, algunas cuestiones relativas a los efectos de los matrimonios entre los musulmanes y las “vasconas” cautivas133.
Antes de que las segundas mujeres de los magnates pamploneses fueran consideradas “concubinas” por influencia del Derecho romano, pudieron tener carácter de esposa legítima. No parecen ser las “amantes” ocasionales o habituales de un hombre, con o sin conocimiento y consentimiento de la esposa. La barragana compartía el hogar y la mesa del marido con las esposas y gozaba de un estatuto legal. Pudiera existir también una cierta influencia del matrimonio germánico, que a pesar de ser monogámico, permitía a los nobles la poligamia.
La poligamia o convivencia simultánea de un varón con dos o más esposas, sea en virtud de matrimonio civil, o de contrato de barraganería, es un fenómeno histórico constatable en las clases altas de la sociedad pamplonesa altomedieval, hasta el punto de que, en caso de tener un rey descendencia con una mujer de condición inferior, podía exigir a esta fidelidad, como ocurrió con Sancho el de Peñalén y Eximina. Esto suponía una reserva personal de la mujer como cosa propia, lo que, teniendo el rey esposa, no dejaba de ser una forma de bigamia.
Una somera mirada a la estructura familiar de los príncipes cristianos pamploneses descubre un complejo mundo repleto de incógnitas134, en el que destaca la pluralidad de uniones conyugales de un mismo personaje –generalmente masculino–, algunas de ellas sucesivas por repudio de anteriores esposas.
Según las Genealogías de Roda, como consecuencia de un incidente acaecido en Bellosta el día de San Juan, hacia el año 812, García “el Malo”, hijo de Galindo Belascotener, mató a su cuñado Céntulo, repudió a su esposa Matrona y tomó por mujer a una hija de Eneko Arista:
“Y porque le encerraron en un hórreo el día de San Juan en la villa llamada Bellosta, mató a Céntulo Aznar y abandonó a la hija de este y contrajo matrimonio con una hija de Eneko Arista e hizo una alianza con él acerca de los moros y le echó del condado”135
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La política pamplonesa viró de rumbo con el cambio de la dinastía Íñiga por la Jimena. El nacimiento del reino pamplonés bajo la figura de Sancho Garcés I (905-925) supuso el abandono de la política defensiva del siglo IX, y el comienzo de una expansión de los dominios del espacio iruñés por tierras de Deio y las riberas riojanas del Viguera y Nájera. La ruptura con la dinastía anterior no parece violenta, a tenor de los enlaces matrimoniales136. Tras la muerte de Sancho Garcés I, sus hijas Onneca, Urraca, Belasquita, Sancha y Lupa crearon numerosos vínculos políticos con León, Bizkaia, Álava y Viguera, respectivamente137.
Sucedió a Sancho Garcés I su hijo varón García Sánchez I, niño de doce años. Durante la minoría de edad gobernó su tío Jimeno Garcés (925-931)138, el cual tuvo ex ancilla a su hijo, García, fallecido en Córdoba. Por su parte, García Ramírez de Viguera, nieto de García Sánchez I por línea segundogénita del infante Ramiro, tuvo una hija fuera de matrimonio, “que pecó y fornicó con un hermano suyo, hijo de una concubina de su padre”. Da la noticia Fronila, hija de García Ramírez de Viguera y de su mujer doña Toda139.
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García Íñiguez tuvo por hijo y sucesor a Sancho Garcés II Abarca, nacido de su mujer Andregoto Galíndez de Aragón, a la que posteriormente abandonó. Repudiada, sobrevivió muchos años después de las siguientes nupcias contraídas por su marido140.
El último testimonio corresponde a Sancho Garcés III el Mayor (1004-1035). Nacido hacia el año 992, tenía unos doce años al iniciar el reinado, tutelado por su madre y su abuela, y por los obispos de Nájera, Aragón y Pamplona141. El Libro de las generaciones, escrito en el siglo XIII, afirma que
“El rey don Sancho el Mayor ovo d’una dueynna .IIII.º fijos; de su muger,
.III., et de ganancia uno. Los de bendicion [fueron] el rey don Ferrando, el rey don Garçia de Navarra, et don Gonçalo, rey d’Aragon, et dos fijos de su muger dona Albira”142.
Parece que todos los reyes pamploneses de la décima centuria mantuvieron uniones múltiples y, a veces, simultáneas con dos...
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