Corrección de erratas del Decreto-ley 21/1960, de 15 de diciembre, que concedía moratoria y otros beneficios para el pago de los impuestos de Derechos reales, Caudal Relicto, sobre los bienes de las personas jurídicas y Contribución Urbana.

MarginalBOE-A-1961-489
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyLey
B~
O.
de!
E.-Nq
1
m.
8 10 enero 1961 369
1.
DISPOSIClbNES
'
GENERA
,
LES
<
MIN1STERIO
DE
HACIEN
,
DA
CORRECCIONde
errqtqs de!
Decreto-Ieı;
21
/1960,
de
·
15
dt
diciembre, que concedia
moratoria
y otros beneficios
para el pago
cıe
los
Impuestos
de
Derechos reales, Cau-
dal
R(Jlicto, sobre
los
Bienes de
las
Personas
Juridicas
y
Coniribuci6n
Urbana. '
Habiendo5e padecido error en
la
lnscrlpci6n
de1
citado De-
creto. publicado en el «Boletin Oficial del Estado»
nıimero
303.
de fecha
19
de dlciembre de
1960
. se transcrlbe a continuacl6n.
rectiflcado debldamente.
sU
articulo segundo. que
e5
el
afectaı;io:
«Arttcuıo
segıindo.-Las
llquidaciones
ıı.,ue
şe
.glren por
108
nıimeros
seis., dieciseis. diecisiete; dleclocho. dlecinueve. :ve!nte.
veint!uno. ve!ntid6s. velntiocho.
cuarenta
y' cuatro.
cuarepta
y
5eis.
c!ncuenta y uno y c!ncuenta y tres bis de
la
vigente
tar
i
fa
del Impuesto de Derechos reales. como consecuencla de
la
presentaci6n de
105
. documentos a que se ref!ere ,
elarticulo
anter1or. gozaran. ademas
6.e1
benef!cl0
en
el concedido.
de
una
'
bonif!cac!6n del clncuenta 'por c!ento
ep
las correspond!entes
bases.»
ORDEN
de
15 de dictembre de 1960 por la
que
se estq-
b!ece el procedimiento a ' seguir en la
tramitaci6n
de
!as
iniciattvas
lörmuladas
en re!aci6n
COn
los servicios
pUblicos de!
Ministerio
de
Haciep.da. '
nustris!mo sefior;
La
Ley sobre Procedimiento administrativo.
de
17
de julio
de'
1958.
estableci6 en su articuio
34
que «en todos los Min iste-
r!os civiles existira
una
Oficina de Iniciativas y Reclamaci0nes.
dependientes de
108
Secretarios' generales tecn!cos.
o.
en
su
defecto. de
108
Subsecretarios»,
La
Orden m!nisterial de este Departamento de fecha
20
c'€
octubre de
1958
. !nserta
en
el
«BoletinOficial
del Ministerio»
de 7 de noviembre del mismo afio. ciispuso que «en dependen-
c!a d!recta de
la
Se('retar!a General Tecnica del Mih!sterl0
d'e Hacienda se encomienc-e
al
Servicio 'Central de Informaci6n
para,
la
gesti6n e !nvestigaci6n de los Tributos
la
' ,organizaci6n
de
la
Oficina de
Iniciıı,tivas
y Reclamaciones 'previSta en el ar-
ı!culo
34
. paITafo primero. de_
la
Ley de Procedimiento admi-
nistrativo». , ,
Dictadas por Orden de
la
Presiden('la del Goblerno de 5 de
enero
c'€
1959
«(Bolet!n Oftclal del Estado» del dia
6)
normas
para
Ia
mejor y concorde organizaci6?-. , cometido y funciona-
miento de las Oflcinas de
ınici.ativas
y Reclamaciones. parece
convenlente
determ!nıır
el 'procedimiento a que deben some-
terse las inic!ativas que. formuladas por los administrados. afec-
ren
a
108
serv!cios
pıibllcos
de este Ministerio. asi como
la
('rea-
c!6n del Comite de
ınic!at!vas
a que se refiere el
nıimero
4
de
dicha
Orden. \
Por
-ell0. de acuerdo con
la
Orden de
la
Presidencla del 0.0-
bi~rno
de 5 de enero c'e
1960.
este M!n!sterio
ha
tenido a 'bien
dispoIfer:
1.0
Las iniciatlvas
qıJe
'
108
adm!n!strad0s formulen en or-
den
a
la
mayor perfecci6n de
105
serv!cio5
ptıbllcos
encbmen-
Qııdos
al M!nister!o de lIaclenda
Se
presentaran directament'e
ante
la
Oficina de
ınic!at!vas
y Reclamaciones de este Minis"
terio' 0 a traves
de
la
Ofic!na Oentral de Inic!ativas c 'e
la
Pre-
ıidenc!a
del Gobierno.
Toda iniclat!va quedara
regls~rada
en el Regis.tro
generaı
del Serv!c!o
Oentraı
de lnformaciôn del Minist"erio de Ha-
ciendllı.
2.° Se const!tuye
en
la
Secretat!a General Tecn!ca del
M!-
nisterio de Hacienda un, Comite de
In!cıativas.
que
estara
pre-
E!
por
el
Secretario general
tecnko
0 persona en, quien
delegue y del que
formaran
parte
el
Jefe
del, Servic!o Cen
tral
de
Info
rp:ı
aci
6
n
y
el
J€'fe. de
la
Secci6n
Especiaı
de Raciona-
1iz'aci6n y
M~canizac
i6
n
de los SerVicios. directamente 0 por
medio .de las personas en qu ienes tambien deleguen;
el
Jefe
de la Secci6n quint a del Servic
io
Central de Informaci6n. que
'
actuara
como Secretario. y un represe
ntante
designado por
cada
una
de las Direcciones Oeneraies a las que afecte
La
!n!-
c!atlya.
3,
0 Las iniciat!vas a que
se
reftere la disp
os
ic
i6n
prımera
se sometera.n a la consideraci6n del Com!te pa
ra
que este re-
51.\eJva
sobre la procedencia de su admis!6n a estud!o,
El Com!te de
In
iciativas des i
gnara
en '
su
ca
so
el
Iuncionar!o
o funcionarios que
ha
y an de ef
ec
t
uar
los
estudlos correspon-
diente5. qu!enes. una
vez
cumplldo su encargo. emit
lran
el
opor-
tUn·J
Informe. formulando las conclusion
es
que
resuıten
pro-
cedentes. '
No
obstante; cuando las
mOG
'i
ficaciones que en la
ıniclat
i
va
&e
propongan no sea de manifles
ta
' !mportancia 0 trascenden-
c!a.
el
estudio
se
efectuara en la forma que sef\.ale
el
Comit6
d'e Iniciativas, '
4,0
Las conclus!ones a que
ha
ce referencia la
dıspos!ci6n
anter!or
se
trasıadaran.
en todo caso.
POr
el
Comite de Inic!9.-
tivas a las D!re
cc
ion
es
Gene'rales a las que afecten
para
qu~
hagan
con
star
las observaciones y repar05 que e.stlmen conve-
riientes, El Secretar
io
general t
ec
nlco.
una
vez
eva:cuado ·d!cho
tram!te.
el
evara
10
actuado al Sobsecretar!o
para
que e5te, a
la
v!sta de
105
antecedentes y a propuesta de
la
Secretıiria
Ge-
neral Tecnlca. ordene. cuando as!
10
cons!dere procedent
e,
que POl'
el
funcionario 0 funcionar!os que efectuaron 1
05
tra-
bajos 0 por otros que se
de
~ig
nen
Se
redacte. bajo
la
depen-
dencia de
105
Directores generaTes correspondlentes.
el
proce-
dim!ento de
dılıposi
c
i6n
que proceda.
5,0
El Com!te de
Ini
ciativas se reu
nira
mensualmente
'1
en cada reun16n
se
examinar
an
ı
las
!n!c!at!vas recib!das descie
la
iıltima
i
ses
i6n y se
C:
'
ec
ı
r.ira
sobre su admis
16n
a estudio 0 des-
estimaci6n.
As
i
nıismo
se
dara
cue
nta
de los estudios e !nfor-
mes emitidos y 'de ias observaciones de
los
titu
lares
cie
los
centros
directivos,
EI
Secret
arlo
se
encarg
ar
a. de
ej
E'
cutar todos
los
acuerdos
de
la
Junta
·; llevara un libro de actas y preparara ' las audien-
cias verbal
es
de
10
5. interesad
os
ante
el
Comite
Goe
Iniciat!vaıı.
('aso de que este creyese conveniente oir al autor de
la
ihic!a-
t!va; asimis
mo
requerira de autorldades y personalidades
104
:nformes que el Comite haya aJ:ordado,
El Jefe ' del Servi
cio
de
In
formaci6n
hara
llegar al Oom!t6
de Iniciativas
el
Informe 'a que se refiere
e1
ntımero
14
de
ıa.
Orden G'e
la
Pre
sldenc:a del Goblerno
de
deenero
de
1959.
6.
0 El Presidente. los Vocales y
el
Secretario perciblran por
la
s sesiones aue
se
celebren las dietas cc
rr
esDon
di
entes. las CUR-
les se
abonaran
con cargo a los creditos de. Serv!cio Centra1
de
ınformaci6n
.
en
el
que se halla integrada
la
Oftc
ina
de
Inlcitivas y Reclamaciones,
7
,0
La
Oftcina de
Inforın
aci6n
se encargara de divulgar
ço
r prensa. radio y otros med ios los concurs
os
sobre !n!ciatlvas
que pud!era organizar
el
Co
mite, con establec!ll1!ertto de pre-
mios en
met
aııc
o
.
G'e acuerdo con las normas dictadas por
la
Pre
sidencia tteVOobierno.
Lo que comunico
aV,
J,
para
su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V.
1,
much
os
afios,
Madr!d.
15
de 'diciembre de
19
60,-
P,
0.
. A Cejudo.
Ilmo. Sr, Secretario
generaı
tecnico de
es
te Minlster!o.
ORDEN
de
15
de
'
dicl
embre de 1960 por la que
se
aprue-
ban las. Tari/as
tıe
la Cuot a
de
Licencia Fiscal de!
Impuesto
lndustrial.
Cont!nuaci6n de las nue
va
5 tarifas de la
Ciıota
de L1cenc!a
F!scal del Iinpuesto Industria
l.
apr
ob
adas por
la
citada ,Orc.en
mlnisterial y euya publicaci6n
ha
sldo iniciada en
e'
i
«Bo
letin
Oficial del Estado»
nıimerp
310.
correspondiente
al
dia27
.de
diciembre de
1960.

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