La Comunidad Balear adopta medidas para impulsar el turismo sostenible

AutorEva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas117-118
www.actualidadjuridicaambiental.com
117
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 20 de mayo de 2016
La Comunidad Balear adopta medidas para impulsar el turismo sostenible
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro
Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Ley 2/2016, de 30 de marzo, del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes
Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible. (BOIB núm. 42, de 2 de abril de
2016)
Temas Clave: Fiscalidad ambiental; Turismo sostenible
Resumen:
La actividad turística constituye el núcleo de la economía balear pero, al mismo tiempo, ha
supuesto una explotación excesiva de los recursos territoriales y medioambientales. Con el
objetivo de mantener la competitividad del sector se considera necesario invertir no solo en
infraestructuras sino en productos medioambientales que respondan a las preferencias
actuales y a las tendencias futuras de los turistas, cada vez más interesados en destinos que
fomenten el desarrollo medioambiental sostenible. Todo ello exige a los agentes implicados
así como a las instituciones públicas un esfuerzo que garantice un turismo sostenible,
esfuerzo para el que hay que contar con la colaboración del sector empresarial.
En el ejercicio de la autonomía financiera, mediante la presente ley se establece un nuevo
tributo, el impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears, que tiene un carácter
básicamente finalista, mediante la afectación de los ingresos que se recauden a la realización
de gastos e inversiones vinculadas, en esencia, con el desarrollo y la protección
medioambiental, y con el turismo sostenible. A tal efecto, se crea el fondo para favorecer el
turismo sostenible que se nutrirá del producto de la recaudación de este nuevo tributo,
y, teniendo en cuenta que el desarrollo sostenible requiere la colaboración y la participación
de la sociedad, se crea también la Comisión de Impulso del Turismo Sostenible, órgano en
el que participarán las administraciones públicas y los agentes económicos y sociales. Esta
comisión elaborará un plan anual de impulso del turismo sostenible que fije los objetivos
anuales prioritarios, con criterios de equilibrio territorial, y será la encargada de velar por la
aplicación del citado fondo.
Así pues, el impuesto que se establece mediante la presente ley está destinado, por una
parte, a compensar a la sociedad balear por el coste medioambiental y social y la
precariedad laboral que supone el ejercicio de determinadas actividades que distorsionan o
deterioran el medio ambiente en el territorio de las Illes Balears, y, por otra, a mejorar la
competitividad del sector turístico por medio de un turismo sostenible, responsable y de
calidad en el archipiélago.
Por lo tanto, se hace recaer el peso del gravamen sobre las personas físicas que disfrutan de
las estancias turísticas, por medio de establecimientos turísticos, y que, directa o
indirectamente, alteran el equilibrio natural, lo cual repercute en el conjunto del grupo
social, que soporta sus efectos.

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