Comunicación de la Comisión - Directrices sobre ayudas estatales en materia de clima, protección del medio ambiente y energía 2022 (DOUE C80 de 18 de febrero de 2022)

AutorSara García García
CargoDoctora en Derecho por la Universidad de Valladolid
Páginas75-77
Recopilación mensual n. 121, Marzo 2022
75
Unión Europea
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 7 de marzo de 2022
Comunicación de la Comisión - Directrices sobre ayudas estatales en materia de
clima, protección del medio ambiente y energía 2022 (DOUE C80 de 18 de febrero
de 2022)
Autora: Sara García García, Doctora en Derecho por la Universidad de Valladolid
Palabras clave: Ayudas estatales. Energía renovable. Medioambiente. Pacto Verde Europeo.
Resumen:
La Unión Europea es plenamente consciente de que alcanzar los objetivos comprometidos
en el seno del Pacto Verde Europeo exige un amplísimo esfuerzo económico por parte de
todos los agentes implicados. Concretamente, la Comisión ha estimado, tal y como expone
en el propio texto de la presente Comunicación, que alcanzar los nuevos objetivos en materia
de clima, energía y transporte requerirá, antes de 2030, una inversión anual superior a los
520.000 millones de euros. Es por ello que, reconoce la Comisión, «la magnitud de este reto de
inversión exige movilizar tanto al sector privado como los fondos públicos de manera eficiente y esto afectará
a todos los sectores y, por tanto, a la economía de la Unión en su conjunto».
Dentro de todo el despliegue de fuerzas que este reto exige, asumen un papel esencial las ayudas
estatales y, por tanto, su regulación, su control y la política de competencia. Para evitar que
las ayudas estatales falseen o amenacen con falsear la competencia en el mercado interior y
afecten a los intercambios entre Estados miembros, el Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea establece el principio de la prohibición de las ayudas estatales; sin embargo,
en determinados casos, este tipo de ayudas puede ser compatible con el mercado interior en
virtud del artículo 107, apartados 2 y 3, del Tratado; una previsión conforme a la cual «una
medida de ayuda puede declararse compatible con el mercado interior siempre que se cumplan dos condiciones,
una positiva y otra negativa. La condición positiva es que la ayuda facilite el desarrollo de una actividad
económica. La condición negativa, que no afecte desfavorablemente a las condiciones de los intercambios en un
grado contrario al interés común».
Pues bien, las presentes Directrices ofrecen orientaciones para la determinación de la
compatibilidad de las ayudas para la protección del medio ambiente, incluida la protección
del clima, y medidas de ayuda a la energía que se otorguen desde el 27 de enero de 2022.
Estas sustituyen a las Directrices previstas para el periodo 2014-2020 (DOUE C 200 de 28
de junio de 2014). Debido al cambio de fundamento sobre el que se sostienen ambos grupos
de directrices (en este caso son los objetivos del Pacto Verde Europeo, en el anterior de la
Estrategia Europa 2020), cambia el conjunto de categorías de ayuda susceptibles de ser
revisadas. Asimismo, resulta ser una novedad destacable la posibilidad expresamente prevista
en las directrices de 2022 de sopesar los efectos positivos de la ayuda con los efectos
negativos sobre la competencia y los intercambios a la hora de determinar su compatibilidad
o no con el Derecho y el mercado. En estos casos se ponderarán intereses económicos (los
propios del mercado) con intereses medioambientales, de forma que, si estos últimos superan
de forma importante a aquellos, podría considerarse compatible la ayuda.

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