SAP Murcia 112/2007, 23 de Marzo de 2007

PonenteABDON DIAZ SUAREZ
ECLIES:APMU:2007:1168
Número de Recurso221/2006
Número de Resolución112/2007
Fecha de Resolución23 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

MURCIA

SENTENCIA: 00112/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

MURCIA

Sección 002

Domicilio : RONDA DE GARAY S/N MURCIA

Telf : 968 229141

Fax : 968 229138

Modelo : SEN00

N.I.G.: 30030 37 1 2006 0201026

ROLLO : RECURSO DE APELACION 0000221 /2006

Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de JUMILLA

Procedimiento de origen : PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000030 /2005

RECURRENTE : Jesús Luis

Procurador/a : JOSE LUIS MARTINEZ GARCIA

Letrado/a :

RECURRIDO/A : BODEGAS HUERTAS S.A.

Procurador/a : GEMA PEREZ HAYA

Letrado/a :

AUDIENCIA PROVINCIAL Rº221/06

SECCIÓN SEGUNDA Ordinario 30/05

MURCIA Jumilla

S E N T E N C I A NUM. 112/2007

ILTMOS. SRES.

D. ABDÓN DÍAZ SUÁREZ

PRESIDENTE

D.ª MARIA JOVER CARRION

D. FERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZÁLEZ.

MAGISTRADOS

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En la ciudad de Murcia a veintitrés de marzo de dos mil siete.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Segunda de esta Iltma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario núm. 30/05 que, en primera instancia, se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Jumilla, entre las partes, como actor y ahora recurrente D. Jesús Luis, representado por el Procurador Sr. Martínez García y defendido por la Letrada Sra. Rico Palao, y como demandada y ahora recurrida "BODEGAS HUERTAS S.A.", representada por la Procuradora Sra. Pérez Haya y defendida por el Letrado Sr. Jiménez Díaz.

Siendo ponente el Iltmo. Sr. Presidente. D ABDÓN DÍAZ SUÁREZ, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que el Juzgado de Instancia citado, con fecha 30 junio de 2005, dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así:"FALLO: Se desestima la demanda formulada por "D. Jesús Luis, absolviendo a Bodegas Huertas S.A. de la pretensión deducida en su contra. Corresponde a la actora abonar las costas del presente procedimiento".

SEGUNDO

Que contra la anterior sentencia, y en tiempo y forma, interpuso recurso de apelación la parte actora solicitando la revocación de la Sentencia. Admitido a trámite el recurso se dio traslado a la otra parte, quien presentó escrito oponiéndose al recurso y pidiendo la confirmación del fallo apelado.

TERCERO

Por el Juzgado de instancia se elevaron las actuaciones a esta Iltma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Segunda donde se registraron con el núm. De Rollo 221/06, dictándose resolución acordando traer los autos a la vista para dictar Sentencia y señalándose para votación y fallo sin celebración de vista el día 21 de marzo de 2007.

CUARTO

Que en la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se promovió el actual litigio para reclamar una deuda derivada de operaciones de compra de uva parcialmente impagadas, interponiéndose recurso de apelación contra la desestimación en la instancia de esta pretensión reclamatoria, para postular en alzada un pronunciamiento revocatorio que acoja los pedimentos de la demanda.

SEGUNDO

Como ya lo hiciera durante la sustanciación del juicio, la sociedad demandada y ahora recurrida apoya su conducta de resistencia procesal en dos pilares: las ventas han sido pagadas en su integridad y el género vendido no puede considerarse uva ecológica, ni apta para su comercialización con esa indicación.

No acepta Bodegas Huertas S.A. que el pagaré por importe de 25.000€, lo fuera en concepto de liquidación de diferencias de precios existentes entre lo pagado por la demandada y el precio medio de mercado de la uva del actor, tesis claudicante para la compradora, por ser el importe del pagaré superior a las cantidades que se reclaman por las campañas de 1999, 2000 y 2001 y emitirse 2 meses antes de la vendimia de 2002 (13 de junio) y su finalidad no fue otra que la de constituir una anticipo a cuenta de la vendimia venidera, siendo práctica habitual que se realizaran anticipos a cuenta y que los precios recibidos por el actor están en la...

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