STSJ Murcia 473, 2 de Mayo de 2006

PonenteJOSE LUIS ALONSO SAURA
ECLIES:TSJMU:2006:473
Número de Recurso463/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución473
Fecha de Resolución 2 de Mayo de 2006
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA: 00496/2006 ROLLO Nº: RSU 0463/06 46050 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA En la ciudad de Murcia, a dos de Mayo de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos.

Sres. Magistrados, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por don Miguel , contra la sentencia número 41/06 del Juzgado de lo Social número 1 de Cartagena, de fecha 8 de Febrero de 2.006, dictada en proceso número 944/05 , sobre Contrato de Trabajo, y entablado por don Miguel frente a Ministerio de Defensa.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- El demandante viene prestando servicios para el organismo demandado en el Arsenal Militar de Cartagena. El actor, que ostenta la categoría profesional de técnico superior en actividades técnicas. SEGUNDO.- El puesto de trabajo que ocupa el actor no tiene asignado ningún complemento singular de puesto en la relación de puestos de trabajo. TERCERO.- El demandante realiza las siguientes funciones: -Mantenimiento, instalación, reparación y ajuste de equipos electrónicos de telecomunicaciones instalados en submarinos, buques de superficie e instalaciones de tierra. - Integración, coordinación y supervisión de los trabajos descritos. CUARTO.- el demandante interpuso reclamación administrativa previa, que fue desestimada por el organismo demandado." y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda interpuesta por don Miguel , absuelvo al Ministerio de Defensa de las pretensiones deducidas en su contra."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la letrada doña Mª Paz Angosto Tebas, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- El actor, don Miguel , presentó demanda, en la que solicita "Tenga por presentado este escrito, lo admita y en su virtud por interpuesta demanda en materia de sobre el Derecho que le asiste a que a su puesto de trabajo le sea asignados complementos salariales que regula el artículo 75.3 1 y 2 del Convenio Único, publicado en el B.O.E. nº 311 de fecha lunes 29 de Diciembre de 2003 , Boletín el cual habla del Acuerdo sobre la racionalización de los complementos de puestos de trabajo del Convenio Colectivo Único para el personal laboral de la Administración General del Estado que fue suscrito con fecha 24 de Septiembre de 2003 contra Ministerio de Defensa, con domicilio anteriormente indicado, procediendo, tras los trámites legales oportunos a citar a las partes para la celebración del preceptivo acto de conciliación y juicio y seguido que sea por sus trámites se dice justa sentencia en virtud de la cual se declare mi derecho a percibir los complementos salariales solicitados con carácter fijo y todo ello por ser de Justicia que pido en Cartagena a doce Diciembre del dos mil cinco.".

La sentencia recurrida desestimó la demanda.

El actor, disconforme, interpuso recurso de suplicación, en el que, postula la revocación de la sentencia recurrida.

FUNDAMENTO SEGUNDO.- Razones de orden público procesal fuerzan a analizar si concurre nulidad de actuaciones, teniendo en cuenta las circunstancias que concurren en este supuesto.

A...

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