Orden Foral nº 8/2007, de 25 de enero, que complementa la regulación del procedimiento establecido por el Decreto Foral 76/2006, de 29 de noviembre, para la autorización previa al otorgamiento de licencia municipal de construcción de vivienda vinculada a una explotación agraria y ganadera.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Agricultura
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL nº 8/2007 de 25 de enero que Complementa la regulación del procedimiento establecido por el Decreto Foral 76/2006, de 29 de noviembre, para la autorización previa al otorgamiento de licencia municipal de construcción de vivienda vinculada a una explotación agrícola y ganadera.

Mediante Decreto Foral 76/2006, de 29 de noviembre, se aprobó el procedimiento para la expedición por el Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Alava de la autorización previa al otorgamiento de licencia municipal de construcción de vivienda vinculada a una explotación agrícola y ganadera.

En la tramitación de dichas autorizaciones se ha constatado la necesidad de desarrollar la regulación del contenido del informe técnico económico de viabilidad de la Explotación agraria a la que se vincula la vivienda así como otros aspectos relativos a requisitos y vinculación de las parcelas.

Dado que el citado Decreto Foral 76/2006, faculta al Diputado Foral del Departamento de Agricultura para dictar las disposiciones complementarias que requiera la ejecución de lo dispuesto en el mismo, es por lo que, en el ejercicio de las facultades que me otorga el nº 15 del artículo 40 de la Norma Foral 52/1992 de 18 de diciembre

DISPONGO

Primero.- Complementar la regulación del procedimiento para la expedición por el Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Alava de la autorización previa al otorgamiento de licencia municipal de construcción de vivienda vinculada a una explotación agrícola y ganadera del Decreto Foral 76/2006, con arreglo a lo siguiente:

  1. - El informe técnico económico de viabilidad económica exigido en el artículo 1.a) del Decreto Foral 76/2006 se referirá al menos a los siguientes aspectos: - Superficie y rendimientos medios en cada actividad productiva de la explotación. - Cabezas de ganado por especies y sus rendimientos medios, en su caso. - Maquinaria, equipos y edificios, en su caso. - Composición y dedicación de la mano de obra familiar y asalariada. - Gastos de cada actividad productiva y gastos fijos del conjunto de la explotación.

  2. - La relación de parcelas a vincular urbanística y registralmente a la edificación sujeta a autorización deberá contener todas las parcelas de la Explotación consideradas para acreditar la viabilidad y rendimiento de la Explotación, tanto se trate de parcelas en propiedad como en arrendamiento.

  3. - Los Márgenes brutos de los diversos cultivos y los Módulos objetivos serán los establecidos en la Orden de 18 de junio de 2001, del Departamento de Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco, con las actualizaciones que se aprueben en su caso y que actualmente son los siguientes:

    MARGEN BRUTO
    FAMILIA ESPECIE ESTANDAR /€ U.T.A. / HA
    Pastos permanentes Prados o praderas naturales 255,43* 0,05*
    Pastos permanentes Pastos de montaña 105,18* 0,02*
    * Únicamente se considerará aquellos pastos cuya producción forrajera se destine a la venta. Aquellas
    que se consuman por el ganado de la explotación tienen margen 0 y U.T.A.s 0.
    Cereales grano Trigo 627,73 0,05
    Cereales grano Cebada 612,88 0,05
    Cereales grano Avena, mijo y panizo 536,82 0,05
    Cereales grano Maíz y sorgo 318,19 0,10
    Cereales grano Otros cereales 517,03 0,05
    Leguminosas grano Judías 1.867,42 0,25
    Leguminosas grano Otras 410,98 0,25
    Proteaginosas grano Guisante 410,98 0,25
    Tubérculos consumo humano Patata consumo 1.839,34 0,17
    Tubérculos consumo humano Patata siembra 2.348,08 0,25
    Cultivos industriales Remolacha azucarera (secano) 1.284,83 0,10
    Cultivos industriales Remolacha azucarera (regadío) 2.079,13 0,14
    Cultivos industriales Girasol 606,13 0,05
    Cultivos industriales Tabaco 6.111,12 1,00
    Cultivos industriales Colza 454,59 0,05
    Plantas aromáticas,
    Cultivos industriales medicinales y especias 587,49 0,50
    Plantas Temporada,
    Flores y ornamentales maceta, exterior 55.847,25 2,00
    Flores y orn.
    (aire y/o bajo abrigo) Flor cortada 55.847,25 2,00
    Flores y orn. Planta temporada,
    (invernader
    ...

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