Competencia y procedimiento para la devolución de las sanciones COVID, tras la STC 148/2021, de 14 de julio, por la que se estimó parcialmente el recurso de inconstitucionalidad frente a diversos preceptos del RD 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19

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6.21 INFORME SOBRE COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTO PARA LA DEVOLUCIÓN DE LAS SANCIONES
COVID, TRAS LA STC 148/2021, DE 14 DE JULIO, POR LA QUE SE ESTIMÓ PARCIALMENTE EL
RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD FRENTE A DIVERSOS PRECEPTOS DEL RD 463/2020,
DE14 DE MARZO, POR EL QUE SE DECLARÓ EL ESTADO DE ALARMA PARA LA GESTIÓN DE LA
SITUACIÓN DE CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19
Tras la anulación por el TC de los preceptos del RD 463/2020 que servían de base
jurídica para la imposición de sanciones por infringir las restricciones originalmente
impuestas a la libertad de circulación y movimientos por las vías y espacios públicos,
se analiza el procedimiento y la competencia para la devolución de las sanciones cuyo
abono se haya vericado, debiendo distinguirse, según se haya realizado en periodo
voluntario o en periodo ejecutivo. 1
Ha tenido entrada en el Registro del Servicio Jurídico, con fecha 16 de agosto
de 2021, solicitud de informe sobre «Competencia de la Agencia Tributaria a la vista de
la Carta del director general de la AGE en el Territorio, en la que se solicita conocer el
procedimiento a seguir por parte de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno
para proceder a la devolución de las multas ya ingresadas (o cualquier otra sugerencia
que permita agilizar los procedimientos), y que deben ser revisadas de ocio tras la STC
que estima parcialmente el recurso de inconstitucionalidad n.º 2054-2020 interpuesto
contra el Real Decreto 463/2020 (de 14 de marzo, por el que se declara el estado de
alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19).».
En atención a ello, el Abogado del Estado que suscribe, tiene el Honor de informar sobre
la base de las siguientes
ANTECEDENTES
Dirigida misiva al Director del Gabinete del Director General de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria, por el Director General de la Administración General del
Estado en el Territorio, se formula consulta acerca del procedimiento a seguir por parte
de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno para proceder a la devolución de
las multas ya ingresadas así como cualquier otra sugerencia que se considere oportuna
para agilizar estos procedimientos, dado el elevado número de los mismos.
Los términos de la carta remitida son los siguientes:
«Estimado Sr.
Recientemente el Tribunal Constitucional ha dictado sentencia estimando parcialmente
el recurso de inconstitucionalidad n.º 2054-2020 interpuesto contra el Real Decreto
463/2020 (de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la
1 Informe emitido el 20 de agosto de 2021 por D. David Pillado de la Fuente. Abogado del Estado Jefe
Adjunto. Servicio Jurídico Central AEAT.

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