DECRETO 202/ 1985, de 11 de Junio, por el que se aprueba la publicación del acuerdo de la comisión mixta de transferencias de 25 de marzo de 1985 en Materia de Medio Ambiente.
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Emisor | Politica Territorial y Transportes; Presidencia y Justicia |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 202/ 1985, de 11 de Junio, por el que se aprueba la publicación del acuerdo de la comisión mixta de transferencias de 25 de marzo de 1985 en Materia de Medio Ambiente.
En virtud de lo establecido en el artículo segundo del Acuerdo de la
Comisión Mixta de Transferencias aprobado por Real Decreto 2.339/ 1980, de 26 de Septiembre, y a los efectos del cumplimiento de los trámites de formalización en el mismo requeridos, por entender que el
Real Decreto 792/ 1985, de 19 de Abril, recoge en sus mismos términos el Acuerdo del Pleno de la citada Comisión Mixta de 25 de Marzo de 1985, sobre traspaso de servicios del Estado a la Comunidad Autónoma del
País Vasco en materia medio ambiente, a propuesta de los Consejeros de Presidencia y Justicia y de Política Territorial y Transportes, previa aprobación de la Presidencia y deliberación y aprobación del
Pleno del Gobierno en su reunión del día 11 de Junio de 1985,
DISPONGO:
Mixta de Transferencias en los términos establecidos por el Real
Decreto 792/ 1985, de 19 de Abril, y Anexo, y procédase a la publicación de los mismos en el Boletín Oficial del País Vasco.
Las competencias que, según la legislación estatal, corresponden al Consejo de Ministros, serán ejercidas por el Pleno del Gobierno Vasco; las demás competencias se ejercerán por el indicado Departamento de Política Territorial y Transportes.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 11 de Junio 1985. El Presidente,
JOSE ANTONIO ARDANZA GARRO. El Consejero de Presidencia y Justicia,
JUAN RAMON GUEVARA SALETA. El Consejero de Política Territorial y Transportes,
JOSE RAMON ESTOMBA GOIKOETXEA.
REAL DECRETO 792/1985, de 19 de abril, sobre traspaso de servicios del Estado a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de medio ambiente.
El artículo 149.1.23 de la Constitución reserva al Estado la competencia...
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