ORDEN BES/226/2002, de 14 de junio, de modificación de la Orden BES/12/2002, de 14 de enero, de convocatoria para la acreditación de entidades colaboradoras del Programa de apoyo a la acogida residencial para personas mayores, del Programa de ayudas para el acceso a las viviendas con servicios comunes para personas con problemática social...

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

BES/226/2002, de 14 de junio, de modificaciÛn de la Orden BES/12/2002, de 14 de enero, de convocatoria para la acreditaciÛn de entidades colaboradoras del Programa de apoyo a la acogida residencial para personas mayores, del Programa de ayudas para el acceso a las viviendas con servicios comunes para personas con problem·tica social derivada de enfermedad mental y del Programa de apoyo a la autonomÌa en el propio hogar.

La Orden BES/12/2002, de 14 de enero, abriÛ convocatoria para que las personas fÌsicas o jurÌdicas presentaran solicitudes para ser acreditadas como entidades colaboradoras de diferentes programas del Departamento de Bienestar Social, y estableciÛ los criterios y condiciones de organizaciÛn y funcionamiento necesarios para obtener la acreditaciÛn en los diferentes programas y servicios;

Visto que resulta necesario modificar algunos aspectos referentes a las condiciones que deben cumplir las entidades colaboradoras del Programa de apoyo a la acogida residencial para personas mayores, especÌficamente en lo que afecta a la organizaciÛn administrativa, funcionamiento general y recursos humanos, y tambiÈn de las condiciones exigibles a las entidades titulares de viviendas con servicios comunes para personas con problem·tica social derivada de enfermedad mental;

En uso de las facultades que me otorga la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organizaciÛn, procedimiento y rÈgimen jurÌdico de la AdministraciÛn de la Generalidad de CataluÒa,

Ordeno:

ArtÌculo 1

Objeto

Esta disposiciÛn tiene por objeto la modificaciÛn del artÌculo 1, del apartado A) del anexo 1, en los puntos 3.3, 4.5, 6.5, 6.6 y 6.7, y del apartado c) del anexo 2 de la Orden BES/12/2002, de 14 de enero.

ArtÌculo 2

Modificaciones del articulado

El artÌculo 1.1 de la Orden BES/12/2002, de 14 de enero, queda redactado de la manera siguiente:

"1.1††Se abre convocatoria para que las personas fÌsicas o jurÌdicas titulares de establecimientos de acogida residencial, centros de dÌa o viviendas tuteladas para personas mayores, o de viviendas con servicios comunes para personas con problem·tica social derivada de enfermedad mental presenten solicitudes para ser acreditadas como entidades colaboradoras de los correspondientes programas."

ArtÌculo 3

Modificaciones del apartado A) del anexo 1

Los puntos 3.3, 4.5, 6.5, 6.6 y 6.7 del apartado A) del anexo 1 de la...

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