Orden de la Consejería de Administración Pública y Hacienda 9/2012, de 9 de agosto, por la que se actualiza la codificación de las tasas de La Comunidad Autónoma de La Rioja afectadas por la extinción del Instituto Riojano de la Juventud y del Servicio Riojano de Empleo

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de AdministraciÓN PÚBlica y Hacienda
Rango de LeyOrden

El artículo 15 de la Ley 6/2002, de 18 de octubre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, determina que las tasas se identifican con un código numérico, formado sucesivamente por los dígitos que correspondan a la propia tasa y a la subsiguiente tarifa, precedidos ambos por el código presupuestario asignado a la Consejería competente.

La modificación de la estructura administrativa efectuada mediante sucesivos Decretos a lo largo de los últimos meses ha supuesto la supresión de dos organismos públicos el Instituto Riojano de la Juventud y el Servicio Riojano de Empleo- que tenían asignadas tasas por la venta de bienes y por la prestación de servicios. Las funciones que efectuaban tales organismos han sido asumidas por sendas Direcciones Generales dentro de las Consejerías de Presidencia y Justicia y de Industria, Innovación y Empleo.

La Orden de la Consejería de Administración Pública y Hacienda 8/2012, de 9 de agosto, por la que se determinan la estructura presupuestaria orgánica y la operativa contable a seguir como consecuencia de los Decretos que modifican las estructuras orgánicas y funcionales de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y la supresión de Organismos Públicos, ha establecido los códigos presupuestarios correspondientes a la nueva estructura administrativa. Por lo tanto, se hace necesario modificar también los códigos de identificación de las tasas afectadas por el citado cambio.

Los apartados 5 y 6 del artículo 15 de la Ley 6/2002 facultan a la Consejería de Administración Pública y Hacienda a establecer mediante Orden la nueva codificación de las tasas, e indican que la modificación tendrá efecto desde el punto de vista presupuestario desde el ejercicio siguiente a aquel en el que se produce la modificación.

La presente Orden establece la nueva codificación de las tasas afectadas, y contiene además en su anexo II una tabla de equivalencias con la...

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