Las cláusulas sociales y ambientales en las subvenciones públicas

AutorAlejandro Román Márquez
CargoAlejandro Román Márquez es licenciado en Derecho (2004), Doctor (2009) -Universidad de Granada- y máster en Patrimonio Cultural y Natural (2012) -Universidad Internacional de Andalucía-. Es profesor del Departamento de Derecho Administrativo de la Universidad de Sevilla y miembro del Instituto Universitario de Investigación Clavero Arévalo. Sus...
Páginas172-196
Creative Commons Reconocimiento-NoComercial 4.0 Internacional
Revista de Estudios de la Administración Local y Autonómica, número 19, abril de 2023
Sección: ARTÍCULOS
Recibido: 09-03-2023
Modicado: 20-03-2023
Aceptado: 20-03-2023
Prepublicado: 24-03-2023
Publicado: 26-04-2023
ISSN: 1989-8975 – DOI: https://doi.org/10.24965/reala.11202
Páginas: 172-196
Referencia: Román Márquez, A. (2023). Las cláusulas sociales y ambientales en las subvenciones públicas. Revista de Estudios de la
Administración Local y Autonómica, 19, 172-196. https://doi.org/10.24965/reala.11202
ARTÍCULOS 172
Las cláusulas sociales y ambientales en las subvenciones
públicas 1
Social and environmental clauses in public subsidies
Román Márquez, Alejandro
Universidad de Sevilla (España – Spain)
ORCID: https://orcid.org/0000-0002-5519-6616
aroman2@us.es
NOTA BIOGRÁFICA
Alejandro Román Márquez es licenciado en Derecho (2004), Doctor (2009) −Universidad de Granada− y
máster en Patrimonio Cultural y Natural (2012) −Universidad Internacional de Andalucía−. Es profesor del
Departamento de Derecho Administrativo de la Universidad de Sevilla y miembro del Instituto Universitario
de Investigación Clavero Arévalo. Sus principales líneas de investigación son el Derecho del turismo, la
contratación pública y el Derecho Administrativo económico.
RESUMEN
El presente trabajo tiene por objeto de estudio el uso de cláusulas sociales y ambientales en la actividad
subvencional de las Administraciones públicas, examinando su régimen jurídico, regulado principalmente
por normas autonómicas, y exponiendo las principales iniciativas llevadas a cabo en este ámbito. Una
vez presentado el estado actual de la ciencia, se reflexiona acerca de los bienes jurídicos potencialmente
afectados y sobre la existencia de límites aplicables a estos instrumentos de ambientalización y
socialización de las subvenciones pública.
PALABRAS CLAVE
Cláusulas sociales; cláusulas ambientales; fomento; subvenciones; contratos públicos.
ABSTRACT
The purpose of this work is to study the use of social and environmental clauses in the subsidy activity of
public administrations, examining their legal regime, mainly regulated by regional regulations, and exposing
the main initiatives carried out in this area. Once the current state of science has been presented, we reflect
on the legal assets potentially affected and on the existence of limits applicable to these instruments of
environmentalization and socialization of public subsidies.
KEYWORDS
Social clauses; environmental clauses; development policy; subsidies; public procurement.
1 Este trabajo ha sido realizado en el marco del proyecto de investigación del Ministerio de Ciencia e Innovación del Gobierno
de España “Retos jurídicos para un sistema energético 100 % renovable” (PID2021-124031NB-C41), coordinado por el proyecto de
investigación “Marco jurídico de la descarbonización” (MACODESCARB).
Revista de Estudios de la Administración Local y Autonómica. 2023, (19), 172-196 – DOI: https://doi.org/10.24965/reala.11202
ARTÍCULOS 173
Román Márquez, Alejandro
Las cláusulas sociales y ambientales en las subvenciones públicas
SUMARIO
1. SIGUIENDO EL MODELO DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA: LA AMBIENTALIZACIÓN Y SOCIA-
LIZACIÓN DE LAS SUBVENCIONES PÚBLICAS. 2. LA INCLUSIÓN DE CLÁUSULAS SOCIALES Y
AMBIENTALES EN LAS SUBVENCIONES PÚBLICAS. 2.1. INTRODUCCIÓN. LA INCLUSIÓN DE
CLÁUSULAS SOCIALES Y AMBIENTALES EN LOS DIFERENTES MOMENTOS DE LA ACTIVIDAD
SUBVENCIONAL. 2.2. REQUISITOS SOCIALES Y AMBIENTALES PARA LA ADMISIBILIDAD DE CAN-
DIDATOS Y PROHIBICIONES PARA SER BENEFICIARIO DE SUBVENCIONES DE CARÁCTER SOCIAL
Y AMBIENTAL. 2.3. REQUISITOS SOCIALES RELATIVOS A LA COMPOSICIÓN DE LOS ÓRGANOS
DE SELECCIÓN DE LOS BENEFICIARIOS DE LAS SUBVENCIONES. 2.4. CRITERIOS SOCIALES Y
AMBIENTALES PARA LA SELECCIÓN DE LOS BENEFICIARIOS DE LA SUBVENCIÓN. 2.5. OBLIGA-
CIONES PARA EL BENEFICIARIO DE NATURALEZA SOCIAL Y AMBIENTAL. 2.6. SEGUIMIENTO DEL
CUMPLIMIENTO DE LAS CLÁUSULAS SOCIALES Y AMBIENTALES. PREVISIONES EN CASO DE IN-
CUMPLIMIENTO. 3. LA CONVENIENCIA DE ESTABLECER LIMITACIONES AL USO DE CLÁUSULAS
SOCIALES Y AMBIENTALES EN LAS SUBVENCIONES PÚBLICAS. CONCLUSIONES. REFEREN-
CIAS BIBLIOGRÁFICAS.
1. SIGUIENDO EL MODELO DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA: LA AMBIENTALIZACIÓN
Y SOCIALIZACIÓN DE LAS SUBVENCIONES PÚBLICAS.
Como recuerda Martínez Manzaneque (2020, p. 95), las tareas asumidas por las Administraciones pú-
blicas no son siempre las mismas, pues éstas deben adaptarse a distintas directrices y orientaciones polí-
ticas, económicas y sociales, y así ha ocurrido con la actividad subvencional, que ha ido incorporando los
objetivos perseguidos por los poderes públicos en cada momento. Diferentes cuestiones pertenecientes a
los ámbitos social y ambiental han permeado este instrumento de fomento, si bien con formas e intensidades
desiguales. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGSubv), y su
normativa de desarrollo tienen en cuenta aspectos sociales desde una perspectiva exclusivamente procedi-
mental: permiten sustituir el régimen general de concurrencia competitiva por un procedimiento de concesión
directa cuando existan razones excepcionales de interés público, social, económico o humanitario (art. 22.2
letra c LGSubv). También permiten exonerar de la obligación de constituir garantía a aquellas entidades no
lucrativas que desarrollen proyectos o programas de acción social (art. 42.2 letra d del Reglamento de la
LGSubv 2) y habilitan el pago anticipado de aquellas subvenciones destinadas a financiar proyectos o progra-
mas de acción social y cooperación internacional que sean concedidas a entidades sin fines lucrativos (art.
88.2 del mismo Reglamento). Por lo que se refiere a la finalidad de las subvenciones, la propia naturaleza
de este instrumento determina que el proyecto, la acción, conducta o situación financiada tenga por objeto
el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública,
lo que permite brindar apoyo financiero a una gran cantidad de iniciativas de carácter social y ambiental.
Sin embargo, cuando se hace alusión al empleo de cláusulas sociales y ambientales en las subvenciones
públicas no se tiene en cuenta el objeto o la finalidad de la actividad subvencionada, sino la existencia de
parámetros sociales o ambientales exigidos o valorados en las normas reguladores de la subvención para
seleccionar a sus beneficiarios o imponerles obligaciones durante la ejecución de la actividad subvencio-
nada, incluso en aquellos supuestos en los que la subvención no vaya dirigida a actividades de carácter
social o ambiental. El propósito de estas cláusulas es, por lo tanto, privilegiar a determinados solicitantes y a
determinadas actividades con el objetivo último de fomentar fines concretos de política ambiental y/o social,
y ello con independencia, como se ha señalado, de que el objeto principal de la subvención no posea natu-
raleza social o ambiental. Así ocurre, por ejemplo, cuando se subvencionan las obras de modernización de
establecimientos de alojamiento turístico, exigiéndose o valorándose una serie de mejoras en la eficiencia
energética de los inmuebles. El uso de cláusulas sociales y ambientales en la actividad subvencional de las
Administraciones públicas produce un fenómeno que podría denominarse ambientalización y socialización
de las subvenciones públicas.
Tal y como ocurre en el ámbito de la contratación pública, existen cláusulas conservadoras (Andrés
Pérez, 2016) o garantistas, que se limitan a verificar el cumplimiento de determinadas normas de conducta
2 Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones.

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