SAP Alicante 320/2007, 13 de Septiembre de 2007

PonenteLUIS ANTONIO SOLER PASCUAL
ECLIES:APA:2007:2171
Número de Recurso40/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución320/2007
Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 8ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALICANTE

SECCION OCTAVA.

TRIBUNAL DE MARCA COMUNITARIA

ROLLO DE SALA Nº 40 (35) 07

PROCEDIMIENTO J Verbal 261/06

JUZGADO de Instancia e Instrucción nº 1 Novelda

SENTENCIA Nº320/07

Ilmos.

Presidente: D. Enrique García Chamón Cervera

Magistrado: D. Luis Antonio Soler Pascual

Magistrado: D. Francisco José Soriano Guzmán

En la ciudad de Alicante, a trece de septiembre del año dos mil siete

La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de Juicio Verbal sobre reclamación de cantidad, seguido en instancia ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Novelda con el número 261/06, y de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por las partes co-demandadas, la Asociación Europea de Arbitraje de Derecho y Equidad (AEADE), representada por el Procurador D. Emilio Rico Pérez y dirigida por el Letrado D. Higinio A. García Pi; y la mercantil Retevisión Móvil S.A., ahora, tras la operación mercantil de fusión por absorción, France Telecom España S.A., representada ante este Tribunal por el Procurador Dª. Virginia Saura Estruch y dirigida por el Letrado D. Santiago Alvarez Sala; y como partes apeladas la parte actora, Dª. Ángela, dirigida por el Letrado Dª: María Jesús Alvarez Pérez, que no ha presentado escrito de oposición.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Novelda, en los referidos autos tramitados con el núm. 261/06, se dictó sentencia con fecha 12 de septiembre de 2006, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Estimando la demanda presentada por Doña Ángela, frente a Amena Auna, Aseguradores y Financieros del Atlántico S.A. y Asociación Europea de Arbitraje de derecho y equidad, declaro la nulidad de la cláusula de sometimiento al arbitraje de Aeade contenida en el contrato suscrito con Afa el 18 de enero de 2005 por ser abusiva, teniéndola por no puesta; y condeno a las demandadas solidariamente, al abono a la actora de la suma de 900 euros por pagos indebidos efectuados, todo ello, con expresa condena en costas a las demandadas".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se preparó recurso de apelación por la parte arriba referenciada; y tras tenerlo por preparado, presentaron el escrito de interposición del recurso, del que se dio traslado a las demás partes, presentándose los correspondientes escritos de oposición. Seguidamente, tras emplazar a las partes, se elevaron los autos a este Tribunal con fecha 24 de enero de 2007 donde fue formado el Rollo número 40/35/07, en el que, tras acordarse la devolución de los autos al Juzgado de origen hasta en dos ocasiones, para subsanación de defectos procesales, subsanados y devueltos definitivamente en fecha 2 de julio de 2007, se señaló para la deliberación, votación y fallo el día 13 de septiembre de 2007, en el que tuvo lugar.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo Sr. D. Luis Antonio Soler Pascual.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Una cuestión previa de orden procesal debe de ser examinada por el Tribunal, en cuanto que de apreciarse impediría entrar a conocer del fondo del recurso. Tal cuestión no es otra que la adecuación o inadecuación del procedimiento seguido para resolver el litigio surgido entre las partes, tal cual ha sido planteada en la instancia y ahora en la impugnación por la co-...

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